I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE SANIDAD. Subvenciones. (BOE-A-2024-17784)
Real Decreto 874/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a universidades públicas para la financiación del incremento y del mantenimiento de plazas de Grado en Medicina en el curso académico 2024-2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 4 de septiembre de 2024

Sec. I. Pág. 110957

memoria de verificación en el curso académico 2023-2024. De este modo, solo son
objeto de financiación por este real decreto las plazas incrementadas o mantenidas con
respecto al curso anterior que se encuentren por encima de la memoria de verificación.
Por tanto, no son objeto de financiación las plazas incrementadas o mantenidas con
respecto al curso anterior que se encuentren dentro de la memoria de verificación.
La memoria de verificación del plan de estudios del título de grado de cada
universidad que se ha utilizado para el cálculo del número máximo de plazas
incrementadas a financiar con el presente real decreto ha sido la que se tomó como
referencia, a 22 de marzo de 2023, por la Comisión Delegada de la Conferencia General
de Política Universitaria para informar favorablemente la distribución de fondos para el
incremento de plazas del curso académico 2023-2024. Ello con el objetivo de evitar el
riesgo de una eventual modificación de la memoria de verificación con el fin exclusivo de
obtener una financiación superior sin realizar un mayor incremento de plazas.
Este real decreto establece una financiación máxima de veintitrés millones
doscientos veinte mil euros de los presupuestos de gastos del Ministerio de Sanidad
para el impulso del Grado en Medicina a través de subvenciones dirigidas a incrementar
la oferta y la cobertura de plazas del grado en las universidades públicas que faciliten el
incremento de las plazas de esta titulación, atendiendo a las necesidades de
profesionales del Sistema Nacional de Salud.
Estas subvenciones contemplan la concesión de fondos a las universidades públicas
españolas que imparten estudios de Grado en Medicina por un importe máximo total de
veintitrés millones doscientos veinte mil euros para el período 2024-2025, de los cuales
se destinan, trece millones ochocientos treinta mil euros a la financiación del gasto
corriente de las plazas incrementadas por encima de la memoria de verificación en el
primer curso del curso académico 2024-2025. Por otro lado, se destinan nueve millones
trescientos noventa mil euros para la financiación de los gastos corrientes para el
mantenimiento de plazas de segundo curso de Grado en Medicina incrementadas por
encima de la memoria de verificación en el primer curso de 2023-2024.
Dado que el objetivo del presente real decreto es incrementar globalmente el número
de médicos y médicas egresados de las universidades españolas, el mantenimiento en
el curso académico 2024-2025 de plazas incrementadas en 2023-2024, se certificará a
través de los datos identificativos de las personas que ocupan y ocupaban dichas plazas,
por lo que las plazas de segundo curso ocupadas por alumnado trasladado de otras
universidades o estudios o que accede por otras vías, no serán computables a efectos
del mantenimiento de las plazas incrementadas en 2023-2024.
Asimismo, de conformidad con el principio de racionalidad del gasto público, se
establecen determinados criterios objetivos, condiciones y límites a las presentes
subvenciones. De este modo, en el presente real decreto se financia el coste estimado
de gastos corrientes de quince mil euros por plaza incrementada para el primer curso del
curso académico 2024-2025, sin que las mismas puedan suponer un incremento
superior al quince por ciento de dicha memoria, así como quince mil euros por cada
plaza de segundo curso de Grado en Medicina incrementada por encima de la memoria
de verificación en el curso académico 2023-2024.
De esta forma, se promueve beneficiar a las universidades públicas que imparten
estudios de Grado en Medicina e incrementan el número de plazas, revirtiendo a medio
plazo en la disponibilidad de profesionales en el conjunto del Sistema Nacional de Salud.
A través de la Conferencia General de Política Universitaria se debe acordar, para
cada una de las universidades públicas, el número de plazas de primer curso ofertadas
en el curso académico 2024-2025. El número de plazas a ofertar reflejado en dicho
acuerdo, condicionará la primera solicitud de pago anticipado.
De este modo, el presente real decreto establece que el Ministerio de Sanidad
desembolsará los fondos mediante dos pagos. El primero de ellos constituirá, como
máximo, el gasto correspondiente al 80 % del número máximo de plazas a incrementar y
mantener conforme al anexo I para cada universidad. Si la universidad beneficiaria
posee un compromiso de incremento y mantenimiento de plazas inferior al 80 % de las

cve: BOE-A-2024-17784
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Núm. 214