I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE SANIDAD. Subvenciones. (BOE-A-2024-17784)
Real Decreto 874/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a universidades públicas para la financiación del incremento y del mantenimiento de plazas de Grado en Medicina en el curso académico 2024-2025.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 214
Miércoles 4 de septiembre de 2024
Sec. I. Pág. 110956
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE SANIDAD
Real Decreto 874/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula la
concesión directa de subvenciones a universidades públicas para la
financiación del incremento y del mantenimiento de plazas de Grado en
Medicina en el curso académico 2024-2025.
La Administración General de Estado desarrolla, a través de la Dirección General de
Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, la función de ordenar la formación de
las profesiones sanitarias, entre las que se encuentra la profesión de Medicina, a la que
se accede a través de los títulos que habilitan para el ejercicio de la profesión, según lo
regulado en la Orden ECI/332/2008, de 13 de febrero, por la que se establecen los
requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el
ejercicio de la profesión de Médico.
De conformidad con artículo 13.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de
ordenación de las profesiones sanitarias, la determinación del número de alumnos
admitidos a la formación pre graduada responderá a las necesidades de profesionales
sanitarios y a la capacidad existente para su formación. Los estudios de oferta-necesidad
de especialistas médicos y médicas publicados por el Ministerio de Sanidad, y
específicamente, el informe publicado en marzo de 2021 con horizonte
temporal 2021-2035, han constatado una insuficiencia del número de estudiantes
egresados de las facultades de Medicina en relación con la oferta de plazas de
Formación Sanitaria Especializada y con las necesidades de especialistas de algunas
especialidades, como es el caso de la Medicina Familiar y Comunitaria. Es necesario,
por tanto, incrementar la oferta de plazas del Grado en Medicina y mejorar la calidad de
su formación para lograr un incremento en el número de egresados de las facultades
españolas.
El Real Decreto 698/2023, de 25 de julio, por el que se regula la concesión directa de
subvenciones a universidades públicas para la financiación del incremento de plazas de
Grado en Medicina y de las inversiones destinadas a mejorar la calidad docente, inició
una medida que perseguía, por un lado, el incremento de plazas de primer curso de
Grado en Medicina en el curso académico 2023-2024, con una financiación de un
máximo de 706 plazas (148 plazas dentro de la memoria de verificación y 558 plazas por
encima de la memoria de verificación); y, por otro lado, el establecimiento de inversiones
destinadas a mejorar la calidad docente con horizonte temporal 2023-2025.
La iniciativa relativa al incremento de plazas de Grado en Medicina requiere de
continuidad para contribuir al incremento a medio plazo del número de Médicos y
Médicas egresados de las universidades españolas para fomentar el acceso a la
Formación Sanitaria Especializada en la titulación de Medicina, y con ello favorecer el
incremento a largo plazo de la disponibilidad de profesionales de la Medicina como
medida parcial frente al déficit de profesionales sanitarios de determinadas
especialidades. Dicha continuidad se pretende realizar con la presente norma mediante
la financiación del incremento por las universidades públicas de plazas de primer curso
de Grado en Medicina en el curso académico 2024-2025 y del mantenimiento de plazas
de segundo curso de Grado en Medicina incrementadas en el curso
académico 2023-2024 en la misma universidad.
Esta iniciativa permite financiar en las universidades públicas para el curso
académico 2024-2025 un máximo de 1.548 plazas, de las cuales 922 corresponden a
plazas de primer curso incrementadas dentro del límite máximo del quince por ciento
para cada universidad, aprobado por la Conferencia General de Política Universitaria;
y 626 a plazas de segundo curso de Grado en Medicina incrementadas por encima de la
cve: BOE-A-2024-17784
Verificable en https://www.boe.es
17784
Núm. 214
Miércoles 4 de septiembre de 2024
Sec. I. Pág. 110956
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE SANIDAD
Real Decreto 874/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula la
concesión directa de subvenciones a universidades públicas para la
financiación del incremento y del mantenimiento de plazas de Grado en
Medicina en el curso académico 2024-2025.
La Administración General de Estado desarrolla, a través de la Dirección General de
Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, la función de ordenar la formación de
las profesiones sanitarias, entre las que se encuentra la profesión de Medicina, a la que
se accede a través de los títulos que habilitan para el ejercicio de la profesión, según lo
regulado en la Orden ECI/332/2008, de 13 de febrero, por la que se establecen los
requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el
ejercicio de la profesión de Médico.
De conformidad con artículo 13.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de
ordenación de las profesiones sanitarias, la determinación del número de alumnos
admitidos a la formación pre graduada responderá a las necesidades de profesionales
sanitarios y a la capacidad existente para su formación. Los estudios de oferta-necesidad
de especialistas médicos y médicas publicados por el Ministerio de Sanidad, y
específicamente, el informe publicado en marzo de 2021 con horizonte
temporal 2021-2035, han constatado una insuficiencia del número de estudiantes
egresados de las facultades de Medicina en relación con la oferta de plazas de
Formación Sanitaria Especializada y con las necesidades de especialistas de algunas
especialidades, como es el caso de la Medicina Familiar y Comunitaria. Es necesario,
por tanto, incrementar la oferta de plazas del Grado en Medicina y mejorar la calidad de
su formación para lograr un incremento en el número de egresados de las facultades
españolas.
El Real Decreto 698/2023, de 25 de julio, por el que se regula la concesión directa de
subvenciones a universidades públicas para la financiación del incremento de plazas de
Grado en Medicina y de las inversiones destinadas a mejorar la calidad docente, inició
una medida que perseguía, por un lado, el incremento de plazas de primer curso de
Grado en Medicina en el curso académico 2023-2024, con una financiación de un
máximo de 706 plazas (148 plazas dentro de la memoria de verificación y 558 plazas por
encima de la memoria de verificación); y, por otro lado, el establecimiento de inversiones
destinadas a mejorar la calidad docente con horizonte temporal 2023-2025.
La iniciativa relativa al incremento de plazas de Grado en Medicina requiere de
continuidad para contribuir al incremento a medio plazo del número de Médicos y
Médicas egresados de las universidades españolas para fomentar el acceso a la
Formación Sanitaria Especializada en la titulación de Medicina, y con ello favorecer el
incremento a largo plazo de la disponibilidad de profesionales de la Medicina como
medida parcial frente al déficit de profesionales sanitarios de determinadas
especialidades. Dicha continuidad se pretende realizar con la presente norma mediante
la financiación del incremento por las universidades públicas de plazas de primer curso
de Grado en Medicina en el curso académico 2024-2025 y del mantenimiento de plazas
de segundo curso de Grado en Medicina incrementadas en el curso
académico 2023-2024 en la misma universidad.
Esta iniciativa permite financiar en las universidades públicas para el curso
académico 2024-2025 un máximo de 1.548 plazas, de las cuales 922 corresponden a
plazas de primer curso incrementadas dentro del límite máximo del quince por ciento
para cada universidad, aprobado por la Conferencia General de Política Universitaria;
y 626 a plazas de segundo curso de Grado en Medicina incrementadas por encima de la
cve: BOE-A-2024-17784
Verificable en https://www.boe.es
17784