I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2024-17782)
Real Decreto 872/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la empresa Cobra Solutions, S.L.U., para la ejecución del proyecto Green Cobra, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 214

Miércoles 4 de septiembre de 2024

Sec. I. Pág. 110940

ANEXO VII
Mecanismo de reembolso
El presente mecanismo de reembolso está basado en el definido en la Decisión de la
Comisión Europea C(2022) 6847 final por la que se aprueban las ayudas Hy2Use.
La ayuda regulada en este real decreto está limitada en términos nominales por los
costes subvencionables notificados y reales. El valor descontado en términos de la
ayuda para 2024 (utilizando el WACC notificado como factor de descuento) no superará
el déficit de financiación («funding gap») notificado y autorizado por la Decisión
SA.104361 (2022/N) de la Comisión, de 13 de octubre de 2022.
La base para el mecanismo de reembolso serán las cifras ex post, que estarán
sujetas a la aprobación anual de un auditor independiente. A tal fin, se requerirá una
contabilidad analítica separada del beneficiario de la ayuda.
A partir del segundo año después de la finalización de la inversión, y luego, cada
año, hasta una «Fecha de finalización», se realizará una prueba («la prueba»),
calculando el Superávit i para el año i, como se indica en el siguiente apartado.
Determinación del Superávit
Consideraciones:
– Fecha de Finalización: únicamente a los efectos de este mecanismo de reembolso,
se fija en el año correspondiente al último año que se haya considerado para el
respectivo análisis del «funding gap». En caso de retrasos, la Fecha de Finalización se
ampliará en consecuencia.
– Precios de mercado: para insumos y productos en los que se puede calcular un
precio de mercado, si las cifras ex post del proyecto, que han estado sujetas a la
aprobación anual de un auditor independiente, difieren significativamente de los precios
de mercado, el beneficiario de la ayuda deberá aportar pruebas que justifiquen
debidamente la diferencia entre el precio de mercado y las cifras del proyecto. En caso
de evidencia insuficiente, se utilizará el precio de mercado relevante para computar el
superávit del proyecto, y así aplicar el reembolso.
Se calculará el superávit como la suma (positiva o negativa) del valor actual neto
ajustado al año «i» (utilizando el WACC –Coste promedio ponderado de capital–
notificado como factor de ajuste de intereses) de los flujos de caja reales auditados
después de impuestos (incluidos CAPEX, desembolsos de ayuda estatal; excluyendo los
flujos de caja de financiación), desde 2024 hasta el año «i», de la siguiente manera:
𝑖

𝑆𝑢𝑝𝑒𝑟á𝑣𝑖𝑡𝑖 = ∑ 𝐶𝐹𝑘 × (1 + 𝑊𝐴𝐶𝐶)(𝑖−𝑘)
𝑘

CFk = flujo de caja real después de impuestos auditado ex post en el año k (incluidos
CAPEX, pagos de ayuda estatal y subsidios indirectos; excluyendo flujos de caja de
financiación).
i = año de prueba ϵ {2028,..., fecha de finalización}.
k = [2024, 2026, …, i].
El superávit se calculará en intervalos regulares (años i), y finalmente, después del
final de la vida útil correspondiente.

cve: BOE-A-2024-17782
Verificable en https://www.boe.es

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