I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Subvenciones. (BOE-A-2024-17781)
Real Decreto 871/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a administraciones públicas e instituciones para la ejecución de actuaciones de interés deportivo durante el ejercicio 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 214

Miércoles 4 de septiembre de 2024

Sec. I. Pág. 110893

jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con las previsiones del artículo 123
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
9. Las subvenciones concedidas al amparo de este real decreto serán objeto de
publicidad en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido
en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional
de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
Artículo 4.

Entidades beneficiarias y actividades subvencionables.

Serán beneficiarias de la correspondiente subvención las siguientes administraciones
públicas y entidades, que habrán de destinarlas a las actuaciones que se indica en cada
caso:
1. A Circuits de Catalunya, SL, para gastos de funcionamiento y posicionamiento
del Gran Premio de España del Campeonato del Mundo de Fórmula 1.
2. A la Comunidad Autónoma de Illes Balears, para desplazamientos de deportistas.
3. A la Comunidad Autónoma de Canarias, para desplazamientos de deportistas.
4. A la Ciudad Autónoma de Ceuta, para desplazamientos de deportistas.
5. A la Ciudad Autónoma de Melilla, para desplazamientos de deportistas.
6. Al Centro de Alto Rendimiento Deportivo de San Cugat (Barcelona), para gastos
de funcionamiento.
7. A la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para gastos de la unidad de
deporte de alto nivel en el Hospital de Parapléjicos de Toledo, actuaciones de apoyo para
tratamientos, control y seguimiento de deportistas.
8. A la Fundació Barcelona Capital Náutica-AC24, para la celebración de la XXXVII
Copa América en Barcelona.
9. A Unipublic, SAU, para la organización de la vuelta ciclista a España 2024 femenina.
10. A la Real Federación Española de Golf, para la preparación y celebración de la
Ryder Cup.
11. A la Real Federación Española de Automovilismo, para la celebración de las
FIA Motorsport Games.
12. A la Federación Española de Baloncesto, para la profesionalización del
baloncesto femenino español.
13. Al Grupo Recreativo y Cultural del Consejo Superior de Deportes, para
actividades deportivas y culturales relacionadas con el mantenimiento, mejora o
rehabilitación de la salud física y bienestar.
14. A la Fundación Deporte Joven, para la organización de competiciones,
encuentros y eventos deportivos.
15. Al Centro de Alto Rendimiento Deportivo de San Cugat (Barcelona), para la
construcción de nuevas instalaciones deportivas y modernización.
16. A la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la mejora de las
instalaciones deportivas de la unidad de deporte de alto nivel en el Hospital de Parapléjicos
de Toledo.
Gastos subvencionables.

1. Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada
respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente
necesarios para la ejecución de cada proyecto y se realicen en el plazo establecido. En
ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al
valor de mercado. Los gastos de desplazamientos, alojamiento y manutención que se
produzcan en el desarrollo de los proyectos subvencionados tendrán como límite las
cuantías establecidas en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre
indemnizaciones por razón de servicio.
2. En el supuesto de que a través de la subvención se financien gastos de
personal, deberá requerirse al beneficiario la entrega de partes horarios firmados por los

cve: BOE-A-2024-17781
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Artículo 5.