I. Disposiciones generales. MINISTERIO DEL INTERIOR. Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. (BOE-A-2024-17780)
Orden INT/914/2024, de 2 de septiembre, por la que se regulan los cursos de sensibilización y reeducación vial para los titulares de un permiso o licencia de conducción.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 214

Miércoles 4 de septiembre de 2024

Sec. I. Pág. 110886

6.º La importancia del buen estado de la motocicleta (los neumáticos: Desgaste,
presión y frenos).
7.º La posición en la motocicleta, regulación de los mandos.
8.º La problemática de la circulación en grupo: conductores de diferentes niveles.
9.º Situaciones susceptibles de ser peligrosas: circular detrás de vehículos,
detenciones en el centro de un carril, cambios de rasante, ciclistas, giros a la izquierda.
l)

La velocidad como factor de riesgo en la motocicleta.

1.º La especial vulnerabilidad de la motocicleta como vehículo con un alto
componente físico por su inestabilidad. Tipos de motocicleta.
2.º La peligrosidad de la velocidad en la motocicleta.
3.º Circulación con otros usuarios de las vías. Visibilidad de los motoristas.
4.º Estado de las vías para circular en motocicleta.
5.º Circulación en motocicleta en condiciones meteorológicas adversas.
6.º Circulación ante situaciones imprevisibles (objetos en la calzada, irrupciones en
la vía de animales u otros).
m)

La importancia del cumplimiento de las normas de tráfico con las motocicletas.

1.º La velocidad.
2.º Conducción agresiva (zigzagueo entre vehículos, falta de cumplimiento de las
distancias de seguridad).
3.º Circulación por espacios excluidos de la circulación (arcenes, cebreados, etc.).
4.º Circulación antirreglamentaria en sentido contrario.
5.º Circulación en poblado, glorietas y filtrados.
ANEXO II
Contenido de la parte común de los cursos

a) Ayudar al conductor infractor a tomar conciencia de las implicaciones de las
conductas de riesgo por las que fueron sancionadas.
b) Procurar que el conductor supere la negación habitual respecto a que su
comportamiento pueda suponer un riesgo.
c) Ayudar al conductor a reconocer los motivos que le llevaron a asumir el
comportamiento sancionado.
d) Valorar con el conductor el balance entre riesgo y recompensa personal derivado
de su comportamiento infractor.
e) Incentivar en los conductores la motivación para el cambio de actitudes
arriesgadas (creencias, afectos asociados y tendencias), a fin de conseguir modificar el
comportamiento derivado de las mismas.
Con un enfoque práctico y, con vistas a alcanzar los objetivos mencionados, se
trabajarán además de las áreas temáticas del anexo I, las siguientes:
a)
1.º
2.º

La conducción: una tarea de toma de decisiones.
Situaciones peligrosas al volante como consecuencia de decisiones incorrectas.
Características del proceso de toma de decisiones en la conducción.

cve: BOE-A-2024-17780
Verificable en https://www.boe.es

1. En la formación general de la parte común se impartirán los temas comprendidos
entre las letras a) y j) del anexo I.
Con el fin de poder profundizar en la parte común en los objetivos asociados a las
carencias de cada persona, aumentando así la eficacia de los cursos, se procurará que
los perfiles de los asistentes a cada curso sean lo más homogéneos posible.
2. En la parte dedicada a la realización de dinámicas de grupo se perseguirán los
siguientes objetivos: