II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-17758)
Resolución de 31 de julio de 2024, de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 213
Martes 3 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 110675
electrónica de la solicitud de inscripción en los procesos selectivos, en los términos del
artículo 68 de la Ley 39/2015, de1 de octubre.
3.9 En el caso de incidencia técnica a que se refiere el artículo 32.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, que imposibilite el funcionamiento ordinario del sistema o
aplicación que corresponda y hasta que aquella se solucione la Administración podrá
determinar una ampliación de los plazos no vencidos. Tanto la incidencia técnica
acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido deberán publicarse en la
sede electrónica del órgano convocante.
3.10 Los documentos expedidos en el extranjero deberán ser expedidos por las
autoridades competentes y legalizados cuando proceda. Los documentos deberán ir
acompañados, en su caso, de su correspondiente traducción oficial al español.
Cuarta.
Admisión de los aspirantes.
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de
quince días hábiles, el Rector dictará resolución aprobando la relación provisional de los
aspirantes admitidos y excluidos. Esta relación, así como las causas de exclusión, se
publicará en el tablón oficial electrónico de la Universidad Politécnica de Cartagena,
https://tablon.upct.es/
y
en
la
dirección
electrónica,
https://www.upct.es/
convocatorias/actpdi/listado.php?id_cat=1.
4.2 Contra esta resolución, las personas aspirantes podrán presentar reclamación
ante el Rector en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente
de la publicación de la Resolución, para alegar frente a la misma, o en su caso, subsanar
el defecto que haya motivado su exclusión de la relación de admitidos y excluidos.
Quien, dentro del plazo señalado, no subsane la exclusión o alegue la omisión,
justificando el derecho a ser admitido, será definitivamente excluido del proceso
selectivo.
4.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará
resolución aprobando la relación definitiva de las personas aspirantes admitidas y
excluidas, que se publicará en el tablón oficial electrónico de la Universidad. Contra esta
resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial
competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación
de la resolución. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante el
Rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no
se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo antes mencionado, hasta la
resolución expresa o desestimación presunta del de reposición.
Quinta.
Publicaciones.
A los efectos previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las
comunicaciones y notificaciones a las que dé lugar la presente convocatoria se
efectuarán mediante publicación del acto o resolución de que se trate en el tablón oficial
electrónico de la Universidad Politécnica de Cartagena https://tablon.upct.es/ y en la
dirección electrónica https://www.upct.es/convocatorias/actpdi/listado.php?id_cat=1.
Comisión de Selección.
6.1 Cada concurso de acceso será juzgado por una Comisión nombrada por el Rector
en la forma establecida en el Reglamento por el que se regulan los concursos de acceso a las
plazas de profesorado de los cuerpos docentes universitarios y de profesorado permanente
laboral de la Universidad Politécnica de Cartagena aprobado en Consejo de Gobierno de 6 de
febrero de 2024, que se encuentra disponible en la dirección electrónica https://lex.upct.es/
download/681c33a3-f2cd-47f9-b28a-0a1337574eb2.
cve: BOE-A-2024-17758
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.
Núm. 213
Martes 3 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 110675
electrónica de la solicitud de inscripción en los procesos selectivos, en los términos del
artículo 68 de la Ley 39/2015, de1 de octubre.
3.9 En el caso de incidencia técnica a que se refiere el artículo 32.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, que imposibilite el funcionamiento ordinario del sistema o
aplicación que corresponda y hasta que aquella se solucione la Administración podrá
determinar una ampliación de los plazos no vencidos. Tanto la incidencia técnica
acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido deberán publicarse en la
sede electrónica del órgano convocante.
3.10 Los documentos expedidos en el extranjero deberán ser expedidos por las
autoridades competentes y legalizados cuando proceda. Los documentos deberán ir
acompañados, en su caso, de su correspondiente traducción oficial al español.
Cuarta.
Admisión de los aspirantes.
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de
quince días hábiles, el Rector dictará resolución aprobando la relación provisional de los
aspirantes admitidos y excluidos. Esta relación, así como las causas de exclusión, se
publicará en el tablón oficial electrónico de la Universidad Politécnica de Cartagena,
https://tablon.upct.es/
y
en
la
dirección
electrónica,
https://www.upct.es/
convocatorias/actpdi/listado.php?id_cat=1.
4.2 Contra esta resolución, las personas aspirantes podrán presentar reclamación
ante el Rector en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente
de la publicación de la Resolución, para alegar frente a la misma, o en su caso, subsanar
el defecto que haya motivado su exclusión de la relación de admitidos y excluidos.
Quien, dentro del plazo señalado, no subsane la exclusión o alegue la omisión,
justificando el derecho a ser admitido, será definitivamente excluido del proceso
selectivo.
4.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará
resolución aprobando la relación definitiva de las personas aspirantes admitidas y
excluidas, que se publicará en el tablón oficial electrónico de la Universidad. Contra esta
resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial
competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación
de la resolución. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante el
Rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no
se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo antes mencionado, hasta la
resolución expresa o desestimación presunta del de reposición.
Quinta.
Publicaciones.
A los efectos previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las
comunicaciones y notificaciones a las que dé lugar la presente convocatoria se
efectuarán mediante publicación del acto o resolución de que se trate en el tablón oficial
electrónico de la Universidad Politécnica de Cartagena https://tablon.upct.es/ y en la
dirección electrónica https://www.upct.es/convocatorias/actpdi/listado.php?id_cat=1.
Comisión de Selección.
6.1 Cada concurso de acceso será juzgado por una Comisión nombrada por el Rector
en la forma establecida en el Reglamento por el que se regulan los concursos de acceso a las
plazas de profesorado de los cuerpos docentes universitarios y de profesorado permanente
laboral de la Universidad Politécnica de Cartagena aprobado en Consejo de Gobierno de 6 de
febrero de 2024, que se encuentra disponible en la dirección electrónica https://lex.upct.es/
download/681c33a3-f2cd-47f9-b28a-0a1337574eb2.
cve: BOE-A-2024-17758
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.