II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-17617)
Resolución de 7 de agosto de 2024, de la Universidad de A Coruña, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 211

Sábado 31 de agosto de 2024
Cuarta.

Sec. II.B. Pág. 109852

Admisión de aspirantes.

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Rectoría de la Universidad de
A Coruña, en el plazo máximo de quince días, dictará una resolución aprobando la relación
provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, con indicación de las causas de
exclusión, en su caso, que será publicada en el tablón electrónico oficial de la Universidad de
A Coruña (https://sede.udc.gal/services/electronic_board) y a título divulgativo en la dirección
de Internet: (https://www.udc.es/gl/pdi/concursos/concursos_funcionarios/index.html).
4.2 Contra dicha resolución los/las interesados/as podrán presentar reclamación
ante el Rector, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de su
publicación, o bien subsanar, en el mismo plazo, el motivo de la exclusión. Resueltas
dichas reclamaciones, en el plazo máximo de quince días, se publicará una nueva
resolución para aprobar la relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as,
con indicación de las causas de exclusión, en la forma anteriormente establecida.
4.3 De acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, estas publicaciones surtirán los mismos efectos de la notificación personal a las
personas interesadas.
Quinta. Comisión de Acceso.

a) Todos los miembros titulares de la comisión y, de ser el caso, a los suplentes,
para efectuar acto de constitución de la misma y fijar a continuación y hacer públicos los
criterios específicos de selección. En la citación se indicará el día, hora y lugar para el
acto de constitución.
b) Todas las personas aspirantes a participar en el concurso, para realizar el acto
de presentación, con indicación de día, lugar y hora para la realización de dicho acto; a
estos efectos el plazo entre la fecha prevista para el acto de constitución de la comisión y
la fecha señalada para el acto de presentación no podrá exceder de dos días hábiles.
5.5 La constitución de la Comisión exigirá la asistencia de la totalidad de sus
miembros. Los miembros titulares que no concurrieran a este acto serán sustituidos por

cve: BOE-A-2024-17617
Verificable en https://www.boe.es

5.1 La composición de la Comisión es la que figura en el anexo II de esta
convocatoria y tendrá la categoría primera de las recogidas en el artículo 30 del Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
Conforme a lo establecido en el artículo 34.3 del RD 678/2023, los currículos de los
miembros de las comisiones de acceso serán públicos y podrán ser consultados en el
Servicio de Personal Docente e Investigador.
5.2 El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo
cuando concurra causa justificada, debidamente alegada por el/la interesado/a y así
apreciada por el Rector.
De cualquier forma, los miembros de las comisiones en que se dé alguna de las
causas señaladas en el artículo 23 de la Ley 40/2015 o presenten conflictos de interés
según lo establecido en el articulo 32.4 del Real Decreto 678/2023, deberán abstenerse
de intervenir y se lo comunicarán al Rector para la designación del/de la suplente.
5.3 La Comisión deberá constituirse en el plazo máximo de tres meses desde el día
siguiente a la fecha de publicación en el BOE la correspondiente convocatoria.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera constituido, el Rector procederá a la
sustitución da presidencia titular.
Previamente, el/la presidente/a de la Comisión de selección solicitará a todos los/as
miembros, tanto titulares como suplentes, la declaración de no incurrir en motivos de
abstención o posibles conflictos de interés.
5.4 Dentro de dicho plazo, el/la Presidente/a, después de consultar con los
restantes miembros dictará una resolución que se notificará a todas las personas
interesadas, con una antelación mínima de quince días naturales, respecto de la fecha
del acto para el que se les cita, convocando a: