II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-17617)
Resolución de 7 de agosto de 2024, de la Universidad de A Coruña, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 31 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 109851
funcionario y se dirigirán al Rector de la Universidad de A Coruña en el plazo de quince
días, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado» (BOE). Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá
prorrogado al primer día hábil siguiente, según el artículo 30.5 de la Ley 39/2015.
3.2 Las solicitudes se presentarán en el Registro Electrónico de la Universidad de A
Coruña (https://sede.udc.gal/) o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el
artículo 16 de la Ley 39/2015. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas
de Correos deberán ir en sobre abierto para que el empleado de Correos pueda
estampar en ellas el sello de fechas antes de su certificación. Las solicitudes que se
hagan en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas y
consulares españolas correspondientes.
Los derechos de examen serán de 44,17 euros y se ingresarán en la cuenta corriente
ES76 0049-5030-15-2516011262, concursos-oposiciones, en el Banco Santander
Central Hispano de A Coruña. El pago se realizará directamente en las oficinas de la
citada entidad o mediante transferencia bancaria en la que deberá constar
obligatoriamente el nombre y apellidos de la persona interesada y la referencia de la
plaza a la que concursa. En ningún caso la mera presentación de la solicitud y el pago
en la entidad bancaria supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y
forma de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.1.
3.3 Con la solicitud se adjuntarán necesariamente los siguientes documentos,
siendo causa de exclusión la falta de alguno de ellos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad. Los aspirantes que no posean
nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán presentar fotocopia del
documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el
vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro
Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada
o promesa de no estar separados de derecho de su cónyuge y, si es el caso, del hecho
de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
b) Copia compulsada de los documentos que acrediten el cumplimiento de los
requisitos que se señalan en la base 2.2.
c) Justificante acreditativo de haber abonado los derechos de examen.
Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen las personas que
tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 33 %. También estarán exentas
del pago las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la
categoría especial. Asimismo, disfrutarán de una bonificación del 50 % de la tasa, los
miembros de familias numerosas de categoría general. Estas circunstancias deberán ser
acreditadas documentalmente junto con la solicitud, presentando copia original o
compulsada de la calificación de la minusvalía o del documento acreditativo de familia
numerosa según corresponda.
Asimismo, tendrán una bonificación del 50 % de la tasa, las personas que figurasen
como demandantes de empleo desde, al menos, seis meses anteriores a la fecha de
publicación de la presente convocatoria, y no estén percibiendo prestación o subsidio por
desempleo, aspectos que deberán ser certificados por la oficina de los servicios públicos
de empleo.
3.4 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hiciesen constar en
sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito
motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.1 para la presentación de solicitudes.
Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, excepto
causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por la
Universidad.
cve: BOE-A-2024-17617
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 211
Sábado 31 de agosto de 2024
Sec. II.B. Pág. 109851
funcionario y se dirigirán al Rector de la Universidad de A Coruña en el plazo de quince
días, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado» (BOE). Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá
prorrogado al primer día hábil siguiente, según el artículo 30.5 de la Ley 39/2015.
3.2 Las solicitudes se presentarán en el Registro Electrónico de la Universidad de A
Coruña (https://sede.udc.gal/) o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el
artículo 16 de la Ley 39/2015. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas
de Correos deberán ir en sobre abierto para que el empleado de Correos pueda
estampar en ellas el sello de fechas antes de su certificación. Las solicitudes que se
hagan en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas y
consulares españolas correspondientes.
Los derechos de examen serán de 44,17 euros y se ingresarán en la cuenta corriente
ES76 0049-5030-15-2516011262, concursos-oposiciones, en el Banco Santander
Central Hispano de A Coruña. El pago se realizará directamente en las oficinas de la
citada entidad o mediante transferencia bancaria en la que deberá constar
obligatoriamente el nombre y apellidos de la persona interesada y la referencia de la
plaza a la que concursa. En ningún caso la mera presentación de la solicitud y el pago
en la entidad bancaria supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y
forma de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.1.
3.3 Con la solicitud se adjuntarán necesariamente los siguientes documentos,
siendo causa de exclusión la falta de alguno de ellos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad. Los aspirantes que no posean
nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán presentar fotocopia del
documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el
vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro
Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada
o promesa de no estar separados de derecho de su cónyuge y, si es el caso, del hecho
de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
b) Copia compulsada de los documentos que acrediten el cumplimiento de los
requisitos que se señalan en la base 2.2.
c) Justificante acreditativo de haber abonado los derechos de examen.
Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen las personas que
tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 33 %. También estarán exentas
del pago las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la
categoría especial. Asimismo, disfrutarán de una bonificación del 50 % de la tasa, los
miembros de familias numerosas de categoría general. Estas circunstancias deberán ser
acreditadas documentalmente junto con la solicitud, presentando copia original o
compulsada de la calificación de la minusvalía o del documento acreditativo de familia
numerosa según corresponda.
Asimismo, tendrán una bonificación del 50 % de la tasa, las personas que figurasen
como demandantes de empleo desde, al menos, seis meses anteriores a la fecha de
publicación de la presente convocatoria, y no estén percibiendo prestación o subsidio por
desempleo, aspectos que deberán ser certificados por la oficina de los servicios públicos
de empleo.
3.4 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hiciesen constar en
sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito
motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.1 para la presentación de solicitudes.
Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, excepto
causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por la
Universidad.
cve: BOE-A-2024-17617
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 211