III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-17576)
Resolución de 20 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XXVI Convenio colectivo de Nokia Spain, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 210
Viernes 30 de agosto de 2024
3.
Sec. III. Pág. 109712
Grupo profesional 03.
a) Criterios generales. Tareas consistentes en la ejecución de operaciones que,
aun cuando se realicen bajo instrucciones precisas, requieran adecuados conocimientos
profesionales y aptitudes prácticas y cuya responsabilidad está limitada por una
supervisión directa o sistemática.
b) Formación. No se exige necesariamente titulación universitaria. Normalmente
se pide un certificado de ciclos formativos de grado superior de formación profesional o
experiencia equivalente.
c) Actividades. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas actividades
que, por analogía, son equiparables a las siguientes:
4.
Grupo profesional 04.
a) Criterios generales. Trabajos de ejecución autónoma que siguen pautas y
procedimientos establecidos. Pueden exigir iniciativa por parte de las personas
trabajadoras que los desempeñan, no obstante, comportando una supervisión derivada
de un proceso de aprendizaje.
b) Formación. Se considera como primer paso de un titulado universitario sin
experiencia, o profesional con experiencia equivalente a la titulación.
cve: BOE-A-2024-17576
Verificable en https://www.boe.es
– En un papel profesional, puede estar parcialmente cualificado, recibir formación
práctica además de continuar los estudios formales.
– Gana experiencia haciendo frente a una serie de proyectos y procesos.
– Aplica principios y conceptos teóricos aprendidos a través del estudio académico y
profesional a una serie de situaciones de trabajo, dentro de su disciplina, aprendiendo
sobre los temas y los resultados y comenzando a demostrar una competencia práctica.
– Aprende cómo mantener relaciones de trabajo eficaces con diferentes tipos de
contactos.
– Aprende a conocer los objetivos, sistemas y procesos empresariales de la
Empresa. En un papel de soporte/técnico, puede tener un conocimiento especializado de
herramientas, sistemas o procesos técnicos.
– Realiza una amplia variedad de tareas técnicas básicas.
– Es capaz de abordar hechos y problemas no ordinarios con carácter ocasional.
– Puede elaborar documentación escrita sobre pruebas, prototipos y otro tipo de
trabajos.
– Puede ejercer capacidades discrecionales sobre trabajos rutinarios; no obstante,
busca el asesoramiento de miembros de mayor rango cuando se producen desviaciones
de la norma y cuando se necesita más creatividad.
– Su atención se concentra en aprender a colaborar de forma eficaz a nivel básico;
colabora en la aportación de soluciones parciales a grandes proyectos o procesos.
– Desempeña un papel de soporte técnico en la facilitación de soluciones a
problemas en el ámbito de la organización técnica inmediata.
– Interactúa principalmente con su grupo de trabajo.
– Las interacciones implican la recogida de información, archivado e intercambio de
la misma.
– El impacto está limitado al grupo de trabajo.
– Trabaja de acuerdo con procedimientos e instrucciones muy detalladas, bajo la
supervisión regular de todas las actividades por parte de los colegas de rango superior.
– Las áreas de trabajo podrían ser variadas al efecto de que vaya ganando
experiencia.
– Funciona bajo la estrecha supervisión u orientación de un miembro experimentado
del personal técnico o de un jefe técnico.
– Los resultados del trabajo son revisados mientras este está siendo desarrollado.
– No gestiona personal de la Empresa.
Núm. 210
Viernes 30 de agosto de 2024
3.
Sec. III. Pág. 109712
Grupo profesional 03.
a) Criterios generales. Tareas consistentes en la ejecución de operaciones que,
aun cuando se realicen bajo instrucciones precisas, requieran adecuados conocimientos
profesionales y aptitudes prácticas y cuya responsabilidad está limitada por una
supervisión directa o sistemática.
b) Formación. No se exige necesariamente titulación universitaria. Normalmente
se pide un certificado de ciclos formativos de grado superior de formación profesional o
experiencia equivalente.
c) Actividades. En este grupo profesional se incluyen todas aquellas actividades
que, por analogía, son equiparables a las siguientes:
4.
Grupo profesional 04.
a) Criterios generales. Trabajos de ejecución autónoma que siguen pautas y
procedimientos establecidos. Pueden exigir iniciativa por parte de las personas
trabajadoras que los desempeñan, no obstante, comportando una supervisión derivada
de un proceso de aprendizaje.
b) Formación. Se considera como primer paso de un titulado universitario sin
experiencia, o profesional con experiencia equivalente a la titulación.
cve: BOE-A-2024-17576
Verificable en https://www.boe.es
– En un papel profesional, puede estar parcialmente cualificado, recibir formación
práctica además de continuar los estudios formales.
– Gana experiencia haciendo frente a una serie de proyectos y procesos.
– Aplica principios y conceptos teóricos aprendidos a través del estudio académico y
profesional a una serie de situaciones de trabajo, dentro de su disciplina, aprendiendo
sobre los temas y los resultados y comenzando a demostrar una competencia práctica.
– Aprende cómo mantener relaciones de trabajo eficaces con diferentes tipos de
contactos.
– Aprende a conocer los objetivos, sistemas y procesos empresariales de la
Empresa. En un papel de soporte/técnico, puede tener un conocimiento especializado de
herramientas, sistemas o procesos técnicos.
– Realiza una amplia variedad de tareas técnicas básicas.
– Es capaz de abordar hechos y problemas no ordinarios con carácter ocasional.
– Puede elaborar documentación escrita sobre pruebas, prototipos y otro tipo de
trabajos.
– Puede ejercer capacidades discrecionales sobre trabajos rutinarios; no obstante,
busca el asesoramiento de miembros de mayor rango cuando se producen desviaciones
de la norma y cuando se necesita más creatividad.
– Su atención se concentra en aprender a colaborar de forma eficaz a nivel básico;
colabora en la aportación de soluciones parciales a grandes proyectos o procesos.
– Desempeña un papel de soporte técnico en la facilitación de soluciones a
problemas en el ámbito de la organización técnica inmediata.
– Interactúa principalmente con su grupo de trabajo.
– Las interacciones implican la recogida de información, archivado e intercambio de
la misma.
– El impacto está limitado al grupo de trabajo.
– Trabaja de acuerdo con procedimientos e instrucciones muy detalladas, bajo la
supervisión regular de todas las actividades por parte de los colegas de rango superior.
– Las áreas de trabajo podrían ser variadas al efecto de que vaya ganando
experiencia.
– Funciona bajo la estrecha supervisión u orientación de un miembro experimentado
del personal técnico o de un jefe técnico.
– Los resultados del trabajo son revisados mientras este está siendo desarrollado.
– No gestiona personal de la Empresa.