III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-17577)
Resolución de 20 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la modificación del III Convenio colectivo de Evolutio Cloud Enabler, SAU.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 109748
Efectividad
Esta Norma entrará en vigor el día 1 de julio de 2012. Por tanto, las
condiciones aquí descritas se aplicarán a partir de dicha fecha. La compañía se
reserva el derecho de revisar, modificar todas o algunas de las condiciones aquí
descritas o de cancelar esta política, cuando las necesidades del trabajo, de
proyectos concretos o los requerimientos de la compañía así lo aconsejen, previa
consulta con los representantes de los trabajadores. La entrada en vigor de las
actualizaciones que, en su caso, se realicen, serán las indicadas para cada una de
las situaciones descritas en esta política. La actualización de las cantidades a
compensar viene recogida en cada uno de los apartados y tendrán efectividad
desde el 1 de enero de 2023.
Aplicabilidad
Esta política nace de las necesidades de cobertura de servicio demandadas
actualmente por el mercado, en relación con las instalaciones, servicio y soporte a
nuestros clientes. Por tanto, en principio, esta norma será de aplicación a los
Grupos de Trabajo que se determinen en cada momento según la estructura
organizativa de la Compañía.
Las características especiales de los servicios y contratos con clientes pueden
dar lugar a ajustes temporales de la política aquí definida hasta una nueva revisión
del contrato que permita negociar condiciones acordes a las prácticas y normas
definidas en Evolutio.
Herramientas
Para recibir consultas y/o avisos de avería el/la empleado/a en servicio de
guardias o de intervenciones planificadas dispondrá de un teléfono móvil, según
elección de la compañía en cada momento. El emplead@ que tenga asignado
dicho teléfono será responsable del adecuado uso del mismo, debiendo a la
compañía cualquier anomalía o sustracción del mismo acorde a las políticas de
seguridad de Evolutio.
Igualmente, el emplead@ en servicio de guardias dispondrá del servicio
gratuito de conexión a Internet, bien a través de ADSL, 4G o cualquier otro
dispositivo que la empresa pueda decidir y que le permita acceder en remoto a las
herramientas necesarias para el desempeño de su trabajo.
El emplead@ es responsable de utilizar esta herramienta de trabajo para fines
estrictamente profesionales y no personales o particulares.
Periodicidad
Los Supervisores/as inmediatos/as de los emplead@s a los que es aplicable
esta Política, prepararán turnos rotativos para cada uno de sus grupos,
identificando los emplead@s que prestarán dicho servicio, así como los períodos
semanales asignados a cada uno.
El período máximo de guardias o de disponibilidad asignado a cada emplead@
será de tres semanas por mes; no obstante, si las condiciones del trabajo y los
compromisos con los clientes lo aconsejasen, el número de turnos, período
máximo de guardias o disponibilidades, así como el número de personas
asignadas a cada turno podría cambiar.
El Director/a del área que ha de prestar tal servicio, propondrá a la dirección
de la compañía las nuevas condiciones a fin de que el servicio pueda
proporcionarse adecuadamente. De igual forma, los períodos de guardia o
disponibilidad superiores al indicado anteriormente podrán ser aceptados
cve: BOE-A-2024-17577
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 210
Viernes 30 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 109748
Efectividad
Esta Norma entrará en vigor el día 1 de julio de 2012. Por tanto, las
condiciones aquí descritas se aplicarán a partir de dicha fecha. La compañía se
reserva el derecho de revisar, modificar todas o algunas de las condiciones aquí
descritas o de cancelar esta política, cuando las necesidades del trabajo, de
proyectos concretos o los requerimientos de la compañía así lo aconsejen, previa
consulta con los representantes de los trabajadores. La entrada en vigor de las
actualizaciones que, en su caso, se realicen, serán las indicadas para cada una de
las situaciones descritas en esta política. La actualización de las cantidades a
compensar viene recogida en cada uno de los apartados y tendrán efectividad
desde el 1 de enero de 2023.
Aplicabilidad
Esta política nace de las necesidades de cobertura de servicio demandadas
actualmente por el mercado, en relación con las instalaciones, servicio y soporte a
nuestros clientes. Por tanto, en principio, esta norma será de aplicación a los
Grupos de Trabajo que se determinen en cada momento según la estructura
organizativa de la Compañía.
Las características especiales de los servicios y contratos con clientes pueden
dar lugar a ajustes temporales de la política aquí definida hasta una nueva revisión
del contrato que permita negociar condiciones acordes a las prácticas y normas
definidas en Evolutio.
Herramientas
Para recibir consultas y/o avisos de avería el/la empleado/a en servicio de
guardias o de intervenciones planificadas dispondrá de un teléfono móvil, según
elección de la compañía en cada momento. El emplead@ que tenga asignado
dicho teléfono será responsable del adecuado uso del mismo, debiendo a la
compañía cualquier anomalía o sustracción del mismo acorde a las políticas de
seguridad de Evolutio.
Igualmente, el emplead@ en servicio de guardias dispondrá del servicio
gratuito de conexión a Internet, bien a través de ADSL, 4G o cualquier otro
dispositivo que la empresa pueda decidir y que le permita acceder en remoto a las
herramientas necesarias para el desempeño de su trabajo.
El emplead@ es responsable de utilizar esta herramienta de trabajo para fines
estrictamente profesionales y no personales o particulares.
Periodicidad
Los Supervisores/as inmediatos/as de los emplead@s a los que es aplicable
esta Política, prepararán turnos rotativos para cada uno de sus grupos,
identificando los emplead@s que prestarán dicho servicio, así como los períodos
semanales asignados a cada uno.
El período máximo de guardias o de disponibilidad asignado a cada emplead@
será de tres semanas por mes; no obstante, si las condiciones del trabajo y los
compromisos con los clientes lo aconsejasen, el número de turnos, período
máximo de guardias o disponibilidades, así como el número de personas
asignadas a cada turno podría cambiar.
El Director/a del área que ha de prestar tal servicio, propondrá a la dirección
de la compañía las nuevas condiciones a fin de que el servicio pueda
proporcionarse adecuadamente. De igual forma, los períodos de guardia o
disponibilidad superiores al indicado anteriormente podrán ser aceptados
cve: BOE-A-2024-17577
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 210