III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-17575)
Resolución de 20 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IX Convenio colectivo estatal de gestorías administrativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 109661

Integran este grupo aquellas personas trabajadoras que desarrollan labores de
naturaleza técnica, informática, tecnológica, de I+D+I, marketing, ventas o de naturaleza
análoga, accesorias al propio ciclo productivo de la empresa y que dan soporte técnico,
informático, tecnológico y posicionamiento a la empresa.
Se divide en los siguientes subgrupos profesionales:
– Coordinador/a y/o Jefe/a Técnico/a: en esta subgrupo profesional se incluyen a
título enunciativo y no limitativo aquellas actividades que por analogía son asimilables a
las siguientes: Son responsables directos de la integración, coordinación y supervisión
de funciones realizadas por un conjunto de personas trabajadoras dentro de un mismo
departamento. Cuentan con autonomía para ejecutar o realizar, procesos de trabajo de
diversa complejidad, así como para proceder a la resolución de problemas técnicos o
prácticos propios de su campo de actuación, siguiendo las distintas normas, directrices o
procedimientos ordinarios de uso regular de la empresa. Realizan funciones que
suponen la responsabilidad de ordenar, coordinar y supervisar la ejecución de tareas
heterogéneas dentro de un mismo departamento, siguiendo las directrices marcadas por
el Gestor/a Administrativo/a, socios profesionales o titular de la Gestoría o por el
personal titulado responsable del área de actividad donde radica el departamento.
– Técnico/a Senior: en este subgrupo profesional se incluyen a título enunciativo y
no limitativo aquellas actividades que por analogía son asimilables a cualquiera de las
siguientes: Tareas técnicas de I+D+I de proyectos completos según instrucciones
facilitadas por un mando superior. Asistencia Técnica. Tareas de codificación de
programas de ordenador e instalación de paquetes informáticos bajo instrucciones
directas del analista de la explotación de la aplicación informática. Tareas de regulación
automática eligiendo el programa adecuado, introduciendo las variantes precisas en
instalaciones de producción, centralizados o no, llevando el control a través de los
medios adecuados (terminales, microordenadores, etc.). Tareas técnicas de codificación
de programas de ordenador en el lenguaje apropiados, verificando su correcta ejecución
y documentándolos adecuadamente. Tareas de traducción, corresponsalía y atención de
comunicaciones personales con suficiente dominio de un idioma extranjero y alta
confidencialidad. Tareas técnicas de toda clase de proyectos, reproducciones o detalles
bajo la dirección de un mando superior, ordenando, vigilando y dirigiendo la ejecución
práctica de las mismas, pudiendo dirigir montajes, levantar planos topográficos, etcétera.
– Técnico/a Junior: en este subgrupo profesional se incluyen a título enunciativo y no
limitativo aquellas actividades que por analogía son asimilables a cualquiera de las
siguientes: Tareas de soporte y apoyo a la codificación de programas de ordenador e
instalación de paquetes informáticos bajo instrucciones directas del analista de la
explotación de la aplicación de la informática. Tareas de regulación automática básica
eligiendo el programa adecuado, introduciendo las variantes precisas en instalaciones de
producción, centralizados o no, llevando el control a través de los medios adecuados
(terminales, microordenadores, etc.). Tareas técnicas de apoyo y soporte a la
codificación de programas de ordenador en el lenguaje apropiados, verificando su
correcta ejecución y documentándolos adecuadamente. Tareas de traducción,
corresponsalía y atención de comunicaciones personales con suficiente dominio de un
idioma extranjero, de menor complejidad y transcripción y revisión de los de mayor
complejidad. Tareas técnicas de toda clase de proyectos, reproducciones o detalles de
menor complejidad bajo la dirección de un mando superior, levantar planos topográficos,
etcétera.
– Auxiliar o Ayudante/a Técnico/a: desempeñan cometidos de contenido
instrumental y altamente previsibles con arreglo a instrucciones previamente
establecidas, o ejecutan, de acuerdo con las normas, directrices o procedimientos
ordinarios de uso regular en la empresa, diferentes tareas técnicas para las que cuentan
con la supervisión directa y cercana del superior/a o responsable del servicio. Cuentan
para el desempeño de su trabajo con un nivel de iniciativa bajo, requiriendo
conocimientos más básicas de su profesión. Ayudan a los/as técnicos/as de categorías
superiores en las tareas más mecánicas, repetitivas y de menor responsabilidad.

cve: BOE-A-2024-17575
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Núm. 210