III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-17460)
Resolución de 22 de agosto de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Proyecto actualizado de demolición de la escuela de vela de Laredo e instalaciones anejas en el Club Náutico de Laredo, término municipal de Laredo (Cantabria)".
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 208
Miércoles 28 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 108765
periódicos previstos, y el correcto mantenimiento y control del ruido de la maquinaria a
utilizar. Debería realizarse una medición del ruido de las distintas máquinas para
comprobar que cumplen los umbrales establecidos por la legislación vigente, y en caso
contrario, proceder a su sustitución o establecer los correspondientes sistemas
silenciadores. El promotor incorpora en el documento ambiental subsanado la
recomendación de utilizar aguas pluviales recicladas y comprobar que toda la maquinaria
estará al día en cuanto a la inspección técnica de vehículos (ITV) se refiere, así como el
correcto mantenimiento de esta. En el plan de vigilancia ambiental (PVA) se incluye la
realización de mediciones acústicas.
La Oficina Española de Cambio Climático del MITECO informa que se deberá
completar la evaluación sobre el cambio climático, tanto en su vertiente de adaptación
como de mitigación, teniendo en cuenta el informe de riesgos costeros debidos al cambio
climático, elaborado por la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco del PIMA
Adapta Costas, así como el correspondiente visor online. Cuestión no contemplada por
el promotor por lo que se incluye en el apartado «e. Prescripciones adicionales» de esta
resolución.
c.5
Población y salud humana.
Aparte de las afecciones sobre la calidad del aire y el confort sonoro ya indicadas,
que generarán molestias sobre la población, las demoliciones de la escuela de vela, el
pantalán y la terraza del restaurante, pueden tener una repercusión negativa sobre la
socioeconomía local, al afectar puestos de trabajo relacionados con estos elementos.
La Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático del
Gobierno de Cantabria recomienda la paralización de las obras durante la época estival,
con el fin de evitar molestias a los usuarios de la playa. Por otro lado, considera
conveniente evaluar el impacto que la actuación generará sobre el sector turístico,
teniendo en cuenta que la zona es utilizada por el servicio de transporte marítimo entre el
puntal de Laredo y Santoña.
El documento ambiental subsanado incorpora un apartado donde se evalúa esta
cuestión. Indica específicamente que el pasillo balizado para el tránsito de camiones y
maquinaria interferirá directamente el paso de los usuarios del barco utilizado para este
servicio de transporte durante el tiempo que duren las labores de demolición de las
estructuras. Para evitarlo, se habilitará un acceso que interrumpirá dicho jalonamiento
con el fin de permitir el acceso de entrada y salida a la zona de atraque del servicio de
transporte marítimo. Además, se ha propuesto como medida adicional la instalación de
una pasarela formada por láminas de plástico reciclado que sustituya la actual pasarela
de madera que se encuentra muy deteriorada. Respecto al cronograma de obra, se
incluye una condición en el apartado «e. Prescripciones adicionales» de esta resolución.
La Dirección General de Salud Pública del Gobierno de Cantabria informa que las
actuaciones no implican modificaciones sustanciales en las zonas de baño, dentro del
ámbito de aplicación del Real Decreto 1341/2007, sobre la gestión de la calidad de las
aguas de baño.
Patrimonio histórico y cultural.
El proyecto coincide con el recorrido del Camino de Santiago que pasa por la zona
donde se encuentra el pantalán actual. No obstante, el documento ambiental asegura
que este camino no se verá afectado, ya que las demoliciones previstas se llevarán a
cabo sin dañar dicha estructura, mediante la confección de un caballón de arena.
La Dirección General de Patrimonio Cultural y Memoria Histórica del Gobierno de
Cantabria informa de la importancia de la bahía de Santoña y de los innumerables restos
que contiene, incluida la presencia de varios pecios de gran importancia histórica. Por
esta razón, se deberá realizar una prospección arqueológica subacuática, sin remoción
de arenas o lodos, que deberá ir precedida de su correspondiente solicitud en la que se
informe y se evalúe el posible impacto y la propuesta de medidas preventivas y
cve: BOE-A-2024-17460
Verificable en https://www.boe.es
c.6
Núm. 208
Miércoles 28 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 108765
periódicos previstos, y el correcto mantenimiento y control del ruido de la maquinaria a
utilizar. Debería realizarse una medición del ruido de las distintas máquinas para
comprobar que cumplen los umbrales establecidos por la legislación vigente, y en caso
contrario, proceder a su sustitución o establecer los correspondientes sistemas
silenciadores. El promotor incorpora en el documento ambiental subsanado la
recomendación de utilizar aguas pluviales recicladas y comprobar que toda la maquinaria
estará al día en cuanto a la inspección técnica de vehículos (ITV) se refiere, así como el
correcto mantenimiento de esta. En el plan de vigilancia ambiental (PVA) se incluye la
realización de mediciones acústicas.
La Oficina Española de Cambio Climático del MITECO informa que se deberá
completar la evaluación sobre el cambio climático, tanto en su vertiente de adaptación
como de mitigación, teniendo en cuenta el informe de riesgos costeros debidos al cambio
climático, elaborado por la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco del PIMA
Adapta Costas, así como el correspondiente visor online. Cuestión no contemplada por
el promotor por lo que se incluye en el apartado «e. Prescripciones adicionales» de esta
resolución.
c.5
Población y salud humana.
Aparte de las afecciones sobre la calidad del aire y el confort sonoro ya indicadas,
que generarán molestias sobre la población, las demoliciones de la escuela de vela, el
pantalán y la terraza del restaurante, pueden tener una repercusión negativa sobre la
socioeconomía local, al afectar puestos de trabajo relacionados con estos elementos.
La Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático del
Gobierno de Cantabria recomienda la paralización de las obras durante la época estival,
con el fin de evitar molestias a los usuarios de la playa. Por otro lado, considera
conveniente evaluar el impacto que la actuación generará sobre el sector turístico,
teniendo en cuenta que la zona es utilizada por el servicio de transporte marítimo entre el
puntal de Laredo y Santoña.
El documento ambiental subsanado incorpora un apartado donde se evalúa esta
cuestión. Indica específicamente que el pasillo balizado para el tránsito de camiones y
maquinaria interferirá directamente el paso de los usuarios del barco utilizado para este
servicio de transporte durante el tiempo que duren las labores de demolición de las
estructuras. Para evitarlo, se habilitará un acceso que interrumpirá dicho jalonamiento
con el fin de permitir el acceso de entrada y salida a la zona de atraque del servicio de
transporte marítimo. Además, se ha propuesto como medida adicional la instalación de
una pasarela formada por láminas de plástico reciclado que sustituya la actual pasarela
de madera que se encuentra muy deteriorada. Respecto al cronograma de obra, se
incluye una condición en el apartado «e. Prescripciones adicionales» de esta resolución.
La Dirección General de Salud Pública del Gobierno de Cantabria informa que las
actuaciones no implican modificaciones sustanciales en las zonas de baño, dentro del
ámbito de aplicación del Real Decreto 1341/2007, sobre la gestión de la calidad de las
aguas de baño.
Patrimonio histórico y cultural.
El proyecto coincide con el recorrido del Camino de Santiago que pasa por la zona
donde se encuentra el pantalán actual. No obstante, el documento ambiental asegura
que este camino no se verá afectado, ya que las demoliciones previstas se llevarán a
cabo sin dañar dicha estructura, mediante la confección de un caballón de arena.
La Dirección General de Patrimonio Cultural y Memoria Histórica del Gobierno de
Cantabria informa de la importancia de la bahía de Santoña y de los innumerables restos
que contiene, incluida la presencia de varios pecios de gran importancia histórica. Por
esta razón, se deberá realizar una prospección arqueológica subacuática, sin remoción
de arenas o lodos, que deberá ir precedida de su correspondiente solicitud en la que se
informe y se evalúe el posible impacto y la propuesta de medidas preventivas y
cve: BOE-A-2024-17460
Verificable en https://www.boe.es
c.6