I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CULTURA. Subvenciones. (BOE-A-2024-17373)
Real Decreto 843/2024, de 27 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a diversas entidades para la promoción de las artes escénicas y musicales en el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de agosto de 2024

Sec. I. Pág. 108489

El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, O.A. (en adelante, INAEM),
lleva a cabo la ejecución de la política cultural conforme a la normativa aplicable, siendo
indispensable el apoyo a determinadas actuaciones y proyectos culturales ejecutados por
Administraciones Públicas e instituciones únicas en sus respectivos ámbitos de actuación
en el sector de las artes escénicas y la música de nuestro país, impulsando su desarrollo y
proyección internacional. En las entidades beneficiarias, así como en las actividades objeto
de las subvenciones reguladas en este real decreto, concurren las razones de interés
público, social y económico que justifican la concesión directa de estas subvenciones.
Asimismo, resulta indispensable acudir al procedimiento de concesión directa de las
subvenciones objeto de este real decreto, puesto que la convocatoria pública se ve
imposibilitada por el hecho de que las actuaciones e inversiones que se van a ejecutar son
de titularidad de las entidades beneficiarias.
Artículo 2. Régimen jurídico aplicable.
Estas subvenciones se regirán, además de por lo particularmente dispuesto en este
real decreto y en la resolución de concesión, por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, por el Reglamento de la citada Ley, aprobado por Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, salvo en lo que afecte a los principios de publicidad y concurrencia, así
como en las demás normas de derecho administrativo que resulten de aplicación.
Artículo 3. Entidades beneficiarias y actividades subvencionables.
1. A la Fundació Castell de Perelada, para el desarrollo del Festival Castell de
Perelada.
2. Al Instituto Canario de Desarrollo Cultural, SA, para el Festival Internacional de
Música de Canarias.
3. A la Fundación Archivo Manuel de Falla para sus actividades.
4. A la Fundación Isaac Albéniz, para sus actividades culturales.
5. A la Fundación privada Orfeó Catalá-Palau de la Música Catalana, para sus
actividades.
6. A la Fundación Instituto de Música de Cámara de Madrid, para sus actividades.
7. A la Fundación Pau Casals para sus actividades.
8. A la Fundación Antonio Gades para sus actividades.
9. A la Federació de Societats Musicals de la Comunitat Valenciana (FSMCV), para
sus actividades.
10. A la Fundación Privada Taller de Músics para sus actividades.
11. A la Fundació Privada Victoria de los Ángeles, para la conmemoración del
centenario de su nacimiento.
12. A la Asociación Cultural Red Española de Teatros, Auditorios y Circuitos de
Titularidad Pública, para circuitos de danza.
13. Al Circuito Estatal de Músicas Populares, para el desarrollo del circuito.
14. A la Asociación Bilbaína de Amigos de la Ópera, para el desarrollo de su
temporada.
15. A la Fundación del Festival de Ópera de Oviedo, para el desarrollo de su
temporada lírica.
16. A la Asociación de Amigos Canarios de la Ópera, para la temporada de Ópera
de Las Palmas.
17. A la Asociación de Amigos de la Ópera de A Coruña, para la temporada lírica
de A Coruña.
18. A la Fundació Òpera a Catalunya para el desarrollo de sus actividades
culturales.
19. Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Cádiz para el Festival
Iberoamericano de Teatro de Cádiz.
20. A la Diputación de Alicante para la Muestra de Teatro Español de Autores
Contemporáneos de Alicante.

cve: BOE-A-2024-17373
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Núm. 208