I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Suelos agrarios. (BOE-A-2024-17371)
Real Decreto 840/2024, de 27 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 208

Miércoles 28 de agosto de 2024

Sec. I. Pág. 108462

coherencia con el resto del ordenamiento jurídico. A su vez, en aplicación del principio de
transparencia han sido consultadas durante la tramitación de la norma las entidades
representativas de los sectores afectados, y se ha sustanciado el trámite de audiencia e
información pública. Finalmente, el principio de eficiencia se considera cumplido toda vez
que no se imponen nuevas cargas administrativas frente a la regulación actual.
Lo dispuesto en este real decreto tiene carácter de normativa básica y se dicta al
amparo del artículo 149.1, reglas 13.ª, 16.ª y 23.ª, de la Constitución Española, que
atribuyen al Estado las competencias exclusivas en materia de, respectivamente, bases
y coordinación de la planificación general de la actividad económica, bases y
coordinación general de la sanidad, y legislación básica sobre protección del medio
ambiente sin perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de establecer
normas adicionales de protección.
La presente norma se dicta en virtud de lo dispuesto en la disposición final décimo
sexta de la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión
de la Política Agrícola Común y otras materias conexas.
La norma se ha sometido al trámite de consulta de las comunidades autónomas y las
ciudades de Ceuta y Melilla, con base en el deber general de cooperación entre las
Administraciones Públicas impuesto por el artículo 3.1.k) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
También se ha sometido al procedimiento de información en materia de normas y
reglamentaciones técnicas previsto en la Directiva (UE) 2015/1535 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre de 2015, por la que se establece un
procedimiento de información en materia de reglamentaciones técnicas y de reglas
relativas a los servicios de la sociedad de la información, regulado en el Real
Decreto 1337/1999, de 31 de julio, por el que se regula la remisión de información en
materia de normas y reglamentaciones técnicas y reglamentos relativos a los servicios
de la sociedad de la información.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de
acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su
reunión del día 27 de agosto de 2024,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el
que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios.
El Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas
para la nutrición sostenible en los suelos agrarios, queda modificado como sigue:
La letra d) del artículo 3 queda redactada como sigue:

«d) Compost: material obtenido a partir del tratamiento biológico aerobio y
termófilo de residuos biodegradables recogidos separadamente, que cuando se
obtiene por compostaje aerobio conforme a los requisitos de la Categoría de
Material Componente 3 (CMC3) del anexo II del Reglamento (UE) 2019/1009 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, alcanza el fin de
condición de residuo si cumple también las exigencias de la normativa de
producto.»
Dos.

La letra a) del artículo 5 queda redactada como sigue:

«a) Los siguientes datos del plan de abonado previsto en el artículo 6,
cuando sea obligatoria su elaboración, al inicio de la campaña agrícola:
rendimiento esperado, cultivo precedente, necesidades de N, de P2O5 y de K2O y
fecha de elaboración del plan.»

cve: BOE-A-2024-17371
Verificable en https://www.boe.es

Uno.