III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-17358)
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de empresas vinculadas Bolsas y Mercados Españoles.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 207
Martes 27 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 108130
Estos conocimientos y habilidades habrán de ser adquiridos a través de la
capacitación especializada mediante titulación universitaria de ciclo superior, ejerciendo
las actividades o funciones para las cuales les habilita la referida titulación, o bien,
mediante la experiencia demostrada en el trabajo.
Grupo D.
Están adscritas a este Grupo Profesional las personas trabajadoras que
desempeñan trabajos que exigen eficacia en los procedimientos y sujeción a
instrucciones de trabajo precisas y constantes con la finalidad de prestar soporte en las
áreas y unidades de negocio de la compañía.
Se trata de trabajos bajo supervisión, siguiendo métodos concretos y
preestablecidos, aunque en ocasiones deben elegir el procedimiento adecuado entre
varios, por lo que deben distinguir la información que les es útil para su trabajo.
El desempeño de los trabajos asociados a este Grupo Profesional requiere poseer
conocimientos especializados sobre los principios y formas de hacer su trabajo o en el
desarrollo de habilidades especializadas tanto teóricas como prácticas pudiendo ser
necesario para el desempeño del puesto poseer una titulación universitaria, o bien,
mediante la experiencia o el entrenamiento formal en una actividad determinada.
Grupo E.
Están adscritas a este Grupo Profesional las personas trabajadoras que desempeñan
puestos a los que se les encomiendan trabajos en un plano operativo proporcionando,
servicios auxiliares y soporte a otros puestos, debiendo ser capaces de ejecutar
actividades específicas en cuanto a objetivo y contenido. Se trata de puestos
generalmente sujetos a una continua o estrecha supervisión sobre el trabajo que realizan
y se les establecen las instrucciones y procedimientos de trabajo que deben seguir,
aunque, en ocasiones, deban elegir el procedimiento adecuado entre varios. En este
caso, la información que reciben consiste en indicaciones ligadas entre sí, fáciles de
deducir y con posibilidad constante de apoyarse en situaciones parecidas.
ANEXO IV
Tablas Salariales Grupos Profesionales (2024)
2024
A
38.434,93
2.402,18 2.562,33 2.745,35 3.202,91
B1
37.474,05
2.342,13 2.498,27 2.676,72 3.122,84
B2
36.513,20
2.282,08 2.434,21 2.608,09 3.042,77
B3
35.552,32
2.222,02 2.370,15 2.539,45 2.962,69
B4
34.591,44
2.161,97 2.306,10 2.470,82 2.882,62
C1
33.630,56
2.101,91 2.242,04 2.402,18 2.802,55
C2
32.669,70
2.041,86 2.177,98 2.333,55 2.722,48
C3
31.708,83
1.981,80 2.113,92 2.264,92 2.642,40
C4
30.747,94
1.921,75 2.049,86 2.196,28 2.562,33
D1
29.787,08
1.861,69 1.985,81 2.127,65 2.482,26
D2
27.865,32
1.741,58 1.857,69 1.990,38 2.322,11
D3
21.139,21
1.321,20 1.409,28 1.509,94 1.761,60
cve: BOE-A-2024-17358
Verificable en https://www.boe.es
Grupo Profesional S. Base Anual 16 Pagas 15 Pagas 14 Pagas 12 Pagas
Núm. 207
Martes 27 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 108130
Estos conocimientos y habilidades habrán de ser adquiridos a través de la
capacitación especializada mediante titulación universitaria de ciclo superior, ejerciendo
las actividades o funciones para las cuales les habilita la referida titulación, o bien,
mediante la experiencia demostrada en el trabajo.
Grupo D.
Están adscritas a este Grupo Profesional las personas trabajadoras que
desempeñan trabajos que exigen eficacia en los procedimientos y sujeción a
instrucciones de trabajo precisas y constantes con la finalidad de prestar soporte en las
áreas y unidades de negocio de la compañía.
Se trata de trabajos bajo supervisión, siguiendo métodos concretos y
preestablecidos, aunque en ocasiones deben elegir el procedimiento adecuado entre
varios, por lo que deben distinguir la información que les es útil para su trabajo.
El desempeño de los trabajos asociados a este Grupo Profesional requiere poseer
conocimientos especializados sobre los principios y formas de hacer su trabajo o en el
desarrollo de habilidades especializadas tanto teóricas como prácticas pudiendo ser
necesario para el desempeño del puesto poseer una titulación universitaria, o bien,
mediante la experiencia o el entrenamiento formal en una actividad determinada.
Grupo E.
Están adscritas a este Grupo Profesional las personas trabajadoras que desempeñan
puestos a los que se les encomiendan trabajos en un plano operativo proporcionando,
servicios auxiliares y soporte a otros puestos, debiendo ser capaces de ejecutar
actividades específicas en cuanto a objetivo y contenido. Se trata de puestos
generalmente sujetos a una continua o estrecha supervisión sobre el trabajo que realizan
y se les establecen las instrucciones y procedimientos de trabajo que deben seguir,
aunque, en ocasiones, deban elegir el procedimiento adecuado entre varios. En este
caso, la información que reciben consiste en indicaciones ligadas entre sí, fáciles de
deducir y con posibilidad constante de apoyarse en situaciones parecidas.
ANEXO IV
Tablas Salariales Grupos Profesionales (2024)
2024
A
38.434,93
2.402,18 2.562,33 2.745,35 3.202,91
B1
37.474,05
2.342,13 2.498,27 2.676,72 3.122,84
B2
36.513,20
2.282,08 2.434,21 2.608,09 3.042,77
B3
35.552,32
2.222,02 2.370,15 2.539,45 2.962,69
B4
34.591,44
2.161,97 2.306,10 2.470,82 2.882,62
C1
33.630,56
2.101,91 2.242,04 2.402,18 2.802,55
C2
32.669,70
2.041,86 2.177,98 2.333,55 2.722,48
C3
31.708,83
1.981,80 2.113,92 2.264,92 2.642,40
C4
30.747,94
1.921,75 2.049,86 2.196,28 2.562,33
D1
29.787,08
1.861,69 1.985,81 2.127,65 2.482,26
D2
27.865,32
1.741,58 1.857,69 1.990,38 2.322,11
D3
21.139,21
1.321,20 1.409,28 1.509,94 1.761,60
cve: BOE-A-2024-17358
Verificable en https://www.boe.es
Grupo Profesional S. Base Anual 16 Pagas 15 Pagas 14 Pagas 12 Pagas