III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-17358)
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de empresas vinculadas Bolsas y Mercados Españoles.
57 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 207
Martes 27 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 108129
Comunicación Corporativa.
– Coordinación de la identidad corporativa y definición de las estrategias de
comunicación.
Comercial y Marketing.
– Realización de servicios comerciales y de marketing y gestión de proyectos de
promoción.
Coordinación Internacional.
– Responsable de las relaciones internaciones e institucionales de BME en los
organismos internacionales.
Servicios Generales-Funciones Principales.
–
–
–
–
–
–
Recepción/registro.
Mantenimiento.
Logística.
Seguridad física.
Transporte.
Otras labores auxiliares.
ANEXO III
Competencias y Funciones de los Grupos Profesionales
Las definiciones que a continuación recogen los rasgos fundamentales de los Grupos
Profesionales como contenido genérico.
Grupo A.
Las personas adscritas al Grupo A pertenecerán a la dirección de primer nivel de la
compañía.
Grupo B.
Son puestos que deben programar y organizar su trabajo con gran autonomía
personal. Elaboran y adoptan decisiones que alcanzan un alto nivel de dificultad a causa
de la complejidad y multiplicidad de factores que entran en juego. Personas trabajadoras
que desempeñan funciones de coordinación, supervisión y evaluación de las actividades
programadas de un equipo de colaboradores/as manteniendo la responsabilidad sobre el
rendimiento del grupo en su área de competencia.
Realizan su actividad en diversos contextos a menudo cambiantes y aunque los
procedimientos y sistemas establecidos ejercen influencia sobre la solución de
problemas, no proporcionan todas las respuestas necesarias, por lo que la solución
requiere de una extrapolación basada en el conjunto de cosas aprendidas.
Están adscritas a este Grupo Profesional las personas trabajadoras que desempeñan
puestos a los que se les encomienda la ejecución de actividades complejas y
heterogéneas con objetivos globales definidos y alto grado de exigencia en autonomía,
iniciativa y responsabilidad dentro de la unidad organizativa donde estén encuadradas.
Requieren poseer conocimientos especializados sobre los principios y formas de
hacer su trabajo o en el desarrollo de habilidades especializadas tanto teóricas como
prácticas.
cve: BOE-A-2024-17358
Verificable en https://www.boe.es
Grupo C.
Núm. 207
Martes 27 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 108129
Comunicación Corporativa.
– Coordinación de la identidad corporativa y definición de las estrategias de
comunicación.
Comercial y Marketing.
– Realización de servicios comerciales y de marketing y gestión de proyectos de
promoción.
Coordinación Internacional.
– Responsable de las relaciones internaciones e institucionales de BME en los
organismos internacionales.
Servicios Generales-Funciones Principales.
–
–
–
–
–
–
Recepción/registro.
Mantenimiento.
Logística.
Seguridad física.
Transporte.
Otras labores auxiliares.
ANEXO III
Competencias y Funciones de los Grupos Profesionales
Las definiciones que a continuación recogen los rasgos fundamentales de los Grupos
Profesionales como contenido genérico.
Grupo A.
Las personas adscritas al Grupo A pertenecerán a la dirección de primer nivel de la
compañía.
Grupo B.
Son puestos que deben programar y organizar su trabajo con gran autonomía
personal. Elaboran y adoptan decisiones que alcanzan un alto nivel de dificultad a causa
de la complejidad y multiplicidad de factores que entran en juego. Personas trabajadoras
que desempeñan funciones de coordinación, supervisión y evaluación de las actividades
programadas de un equipo de colaboradores/as manteniendo la responsabilidad sobre el
rendimiento del grupo en su área de competencia.
Realizan su actividad en diversos contextos a menudo cambiantes y aunque los
procedimientos y sistemas establecidos ejercen influencia sobre la solución de
problemas, no proporcionan todas las respuestas necesarias, por lo que la solución
requiere de una extrapolación basada en el conjunto de cosas aprendidas.
Están adscritas a este Grupo Profesional las personas trabajadoras que desempeñan
puestos a los que se les encomienda la ejecución de actividades complejas y
heterogéneas con objetivos globales definidos y alto grado de exigencia en autonomía,
iniciativa y responsabilidad dentro de la unidad organizativa donde estén encuadradas.
Requieren poseer conocimientos especializados sobre los principios y formas de
hacer su trabajo o en el desarrollo de habilidades especializadas tanto teóricas como
prácticas.
cve: BOE-A-2024-17358
Verificable en https://www.boe.es
Grupo C.