III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-17358)
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de empresas vinculadas Bolsas y Mercados Españoles.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 207

Martes 27 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 108115

(iii) y, en su caso, certificado expedido por la entidad gestora que acredite que la
persona trabajadora puede jubilarse, al objeto de verificar su situación respecto de las
condiciones que dan derecho a la percepción del 100 % de la pensión de jubilación.
El Requerimiento de Información se realizará mediante formulario diseñado al efecto
en el que se hará constar:







Fecha solicitud.
Nombre de la persona trabajadora.
Compañía.
Unidad de Negocio/Área Corporativa.
Departamento.
Otra documentación que pueda resultar necesaria.

El Requerimiento de Información se enviará con copia a la representación legal de
las personas trabajadoras y al Director o a la Directora de la Unidad de Negocio/Área
Corporativa y deberá ir firmada por el Director o la Directora del Área de Recursos
Humanos, así como por la persona trabajadora a modo de recibí.
La persona trabajadora tendrá un plazo para remitir la información requerida, no
superior a quince días, contados a partir de la fecha en que se le envíe el requerimiento
por parte del Área de Recursos Humanos.
2. Recepción y análisis de la información solicitada y verificación de requisitos por
parte del Área de Recursos Humanos.
3. Envío de comunicación a la persona trabajadora sobre el cumplimiento de los
requisitos legalmente exigidos para tener derecho al 100 % de la pensión ordinaria de
jubilación en su modalidad contributiva.
La comunicación se realizará mediante formulario en el que se hará constar:
Fecha solicitud.
Nombre de la persona trabajadora.
Compañía.
Unidad de Negocio/Área Corporativa.
Departamento.
Fecha de jubilación obligatoria.

La comunicación se enviará con copia a la representación legal de las personas
trabajadoras y al Director o la Directora de la Unidad de Negocio/Área Corporativa, y
deberá ir firmada por el Director o la Directora de Recursos Humanos, así como por la
persona trabajadora a modo de recibí.
En caso de retraso de la fecha de extinción del contrato de trabajo por jubilación
obligatoria, se reenviará la comunicación en los mismos términos que los señalados
anteriormente.
4. Realización de los trámites necesarios para proceder a la extinción de la relación
laboral de la persona trabajadora por jubilación obligatoria. Fecha en la que se realizan
los trámites necesarios para que ésta surja efecto.
5. El Área de Recursos Humanos comunicará a la representación legal de las
personas trabajadoras tan pronto como tenga constancia y en un plazo máximo de seis
meses, los datos relativos a la contratación de la nueva persona trabajadora de manera
indefinida y a tiempo completo.






Fecha de incorporación.
Nombre y apellidos.
Compañía.
Unidad de Negocio/Área Corporativa.
Departamento.

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