III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-17298)
Resolución de 19 de agosto de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la conexión a la red Infraestructura de Comunicaciones Cuánticas MadQCI mediante punto de presencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 24 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 107895
● En caso de subcontratar parte o toda la actividad financiada con cargo al
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, la entidad beneficiaria de la ayuda habrá de
prever mecanismos para asegurar que los subcontratistas cumplan con el principio de
«no causar un perjuicio significativo al medio ambiente».
– Las entidades subcontratistas deberán cumplimentar una Declaración de Ausencia
de Conflicto de Intereses (DACI).
– Las entidades subcontratistas deberán cumplir con las obligaciones derivadas de
la financiación con el MRR descritas.
– Los participantes que sean entidades del sector público tendrán la consideración
de entidades ejecutoras del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
– De conformidad con el artículo 2.8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, las entidades ejecutoras serán responsables de registrar en el sistema
informático CoFFEE, la comprobación de que los proyectos que integran las medidas del
Plan cumplen con los criterios establecidos en la evaluación inicial o, en su caso, se han
corregido las deficiencias detectadas. Para ello, una vez cumplido un hito u objetivo,
crítico o no crítico, la entidad ejecutora del proyecto o subproyecto registrará en el
sistema el cumplimiento formalizando un certificado e incorporando la documentación
acreditativa, atendiendo a los requerimiento del acuerdo operacional o a los que se
reflejen en el sistema de información, en su caso, manifestando la veracidad de la
información en él contenida en relación con el cumplimiento de los hitos y objetivos, y
formará parte de la información que soporta los Informes de gestión.
– Asimismo, de acuerdo con el artículo 8.3 de la Orden 1031/2021, de 29 de
septiembre, a partir de la información contenida en el sistema, cada entidad ejecutora
deberá elaborar el correspondiente informe de gestión, con la estructura, formato y
periodicidad requeridos a efectos del sistema de información de gestión y seguimiento.
Los informes de gestión serán firmados por los responsables de los distintos órganos
conforme al ámbito de competencias que tengan atribuido. Por su parte, las entidades
ejecutoras, deberán formalizar su respectivo informe de gestión antes del 10 de julio y
del 20 de enero de cada año.
– En la documentación administrativa para la gestión de expedientes
correspondientes a las actuaciones recogidas en este convenio se deberá incluir una
mención a que el expediente está financiado por el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia.
– Las partes deberán cumplir con las obligaciones de información y publicidad que
las autoridades competentes establezcan relativas a la financiación del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia. En las medidas de información y comunicación del convenio,
se deberán incluir los siguientes logos:
● El emblema de la Unión.
● Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU».
● Se usará también el logo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
disponible en el enlace https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
● Se tendrán en cuenta las normas gráficas del emblema de la Unión y los colores
normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014. También
se puede consultar la siguiente página web: http://publications.europa.eu/code/es/
es-5000100.htm y descargar distintos ejemplos del emblema en: https://europa.eu/
european-union/about-eu/symbols/flag_es#download.
– Los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien visible y de
acceso al público.
cve: BOE-A-2024-17298
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 205
Sábado 24 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 107895
● En caso de subcontratar parte o toda la actividad financiada con cargo al
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, la entidad beneficiaria de la ayuda habrá de
prever mecanismos para asegurar que los subcontratistas cumplan con el principio de
«no causar un perjuicio significativo al medio ambiente».
– Las entidades subcontratistas deberán cumplimentar una Declaración de Ausencia
de Conflicto de Intereses (DACI).
– Las entidades subcontratistas deberán cumplir con las obligaciones derivadas de
la financiación con el MRR descritas.
– Los participantes que sean entidades del sector público tendrán la consideración
de entidades ejecutoras del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
– De conformidad con el artículo 2.8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, las entidades ejecutoras serán responsables de registrar en el sistema
informático CoFFEE, la comprobación de que los proyectos que integran las medidas del
Plan cumplen con los criterios establecidos en la evaluación inicial o, en su caso, se han
corregido las deficiencias detectadas. Para ello, una vez cumplido un hito u objetivo,
crítico o no crítico, la entidad ejecutora del proyecto o subproyecto registrará en el
sistema el cumplimiento formalizando un certificado e incorporando la documentación
acreditativa, atendiendo a los requerimiento del acuerdo operacional o a los que se
reflejen en el sistema de información, en su caso, manifestando la veracidad de la
información en él contenida en relación con el cumplimiento de los hitos y objetivos, y
formará parte de la información que soporta los Informes de gestión.
– Asimismo, de acuerdo con el artículo 8.3 de la Orden 1031/2021, de 29 de
septiembre, a partir de la información contenida en el sistema, cada entidad ejecutora
deberá elaborar el correspondiente informe de gestión, con la estructura, formato y
periodicidad requeridos a efectos del sistema de información de gestión y seguimiento.
Los informes de gestión serán firmados por los responsables de los distintos órganos
conforme al ámbito de competencias que tengan atribuido. Por su parte, las entidades
ejecutoras, deberán formalizar su respectivo informe de gestión antes del 10 de julio y
del 20 de enero de cada año.
– En la documentación administrativa para la gestión de expedientes
correspondientes a las actuaciones recogidas en este convenio se deberá incluir una
mención a que el expediente está financiado por el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia.
– Las partes deberán cumplir con las obligaciones de información y publicidad que
las autoridades competentes establezcan relativas a la financiación del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia. En las medidas de información y comunicación del convenio,
se deberán incluir los siguientes logos:
● El emblema de la Unión.
● Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU».
● Se usará también el logo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
disponible en el enlace https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
● Se tendrán en cuenta las normas gráficas del emblema de la Unión y los colores
normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014. También
se puede consultar la siguiente página web: http://publications.europa.eu/code/es/
es-5000100.htm y descargar distintos ejemplos del emblema en: https://europa.eu/
european-union/about-eu/symbols/flag_es#download.
– Los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien visible y de
acceso al público.
cve: BOE-A-2024-17298
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 205