III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-17296)
Resolución de 14 de agosto de 2024, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con la Fundación Mutua Madrileña, para el mecenazgo del Programa de Atención al Visitante del Museo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 24 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 107877
relacionada con Fundación Mutua Madrileña que vaya más allá de las prácticas
comerciales o de cortesía habituales.
– Cumplimiento legal. MNCARS cumplirá con toda aquella normativa que le resulte
de aplicación, a nivel estatal, autonómico, provincial o local.
– Relación con empleados. MNCARS cumplirá con toda la normativa laboral que le
resulte de aplicación. A modo enunciativo, pero no limitativo, MNCARS se abstendrá del
uso de mano de obra infantil, debiendo cumplir en todo momento los estándares
marcados por la Organización Internacional del Trabajo. Cumplirá con las obligaciones
derivadas de la normativa en materia de seguridad, higiene y salud laboral. A tal fin
deberá facilitar unas condiciones laborales saludables y seguras para todos sus
empleados. Deberá respetar y promocionar la conciliación de la vida personal y laboral.
Deberá respetar los principios básicos de igualdad de oportunidades y no discriminación.
Deberá promover la integración de personas con discapacidad y deberá contar con
mecanismos que impidan la comisión de cualquier situación de acoso físico o psíquico,
agresión, o cualquier otra situación de acoso, que pueda suponer la vulneración de los
derechos de sus trabajadores. No se tolera bajo ningún concepto ninguna clase de
discriminación, directa o indirecta, por raza, ideología, religión, credo, nacionalidad,
lengua, sexo, orientación sexual, discapacidad, edad, condición de representación legal
o sindical de los trabajadores, ni ningún otro motivo.
– Seguridad y salud. MNCARS debe cumplir con las obligaciones derivadas de la
normativa en materia de seguridad y salud laboral, así como de los requisitos que se han
comunicado en relación con el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo
que tiene implantado Mutua Madrileña. A tal fin deberá facilitar unas condiciones
laborales saludables y seguras para todos sus empleados.
– Medioambiente. MNCARS deberá actuar de un modo responsable con el entorno
que les rodea. A tal fin, MNCARS deberá fomentar iniciativas que promuevan una mayor
responsabilidad ambiental y el desarrollo de prácticas y tecnologías respetuosas con el
medio ambiente. Deberá cumplir con toda la legislación medioambiental que le resulte de
aplicación en función de su actividad.
– Protección de datos. MNCARS para la colaboración recogida en el presente
Convenio deberá cumplir estrictamente con todos los criterios exigibles relativos a
calidad, seguridad y protección de datos de carácter personal.
– Calidad del servicio. MNCARS deberá garantizar la máxima calidad en todos los
servicios ofrecidos, cumpliendo con los estándares y parámetros de calidad y seguridad
requeridos por las leyes, normas o reglamentos de aplicación.
– Propiedad intelectual e industrial. MNCARS debe respetar toda la regulación
relativa a propiedad intelectual e industrial en sus relaciones con nuestra entidad. No
permitimos la utilización de ninguna herramienta o información que no cumpla o que no
cuente con las licencias exigidas por la normativa que resulta de aplicación.
En la misma línea de lo indicado anteriormente, se exige de MNCARS que ponga
especial atención a la prevención y lucha frente a cualquier conducta que pudiera incurrir
en cualquier comportamiento que pueda derivar en cualquier clase de responsabilidad
administrativa y/o penal. Desde el punto de vista penal, MNCARS deberá contar con un
sistema de control y detección que evite la comisión de actos que puedan ser
considerados ilícitos penales tales como: delitos de descubrimiento y revelación de
secretos, cohecho, tráfico de influencias, delitos contra la integridad moral, estafa,
espionaje industrial, insolvencias punibles, propiedad industrial e intelectual, publicidad
engañosa, manipulación de precios en el mercado, abuso de información privilegiada,
corrupción en los negocios o en transacciones internacionales, receptación y blanqueo
de capitales, hacienda pública, fraude a la seguridad social, fraude de subvenciones,
delitos contra los recursos naturales y medioambiente, incumplimiento de obligaciones
contables, financiación del terrorismo, acoso, societarios, falsedades, derechos de los
trabajadores, etc.
cve: BOE-A-2024-17296
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 205
Sábado 24 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 107877
relacionada con Fundación Mutua Madrileña que vaya más allá de las prácticas
comerciales o de cortesía habituales.
– Cumplimiento legal. MNCARS cumplirá con toda aquella normativa que le resulte
de aplicación, a nivel estatal, autonómico, provincial o local.
– Relación con empleados. MNCARS cumplirá con toda la normativa laboral que le
resulte de aplicación. A modo enunciativo, pero no limitativo, MNCARS se abstendrá del
uso de mano de obra infantil, debiendo cumplir en todo momento los estándares
marcados por la Organización Internacional del Trabajo. Cumplirá con las obligaciones
derivadas de la normativa en materia de seguridad, higiene y salud laboral. A tal fin
deberá facilitar unas condiciones laborales saludables y seguras para todos sus
empleados. Deberá respetar y promocionar la conciliación de la vida personal y laboral.
Deberá respetar los principios básicos de igualdad de oportunidades y no discriminación.
Deberá promover la integración de personas con discapacidad y deberá contar con
mecanismos que impidan la comisión de cualquier situación de acoso físico o psíquico,
agresión, o cualquier otra situación de acoso, que pueda suponer la vulneración de los
derechos de sus trabajadores. No se tolera bajo ningún concepto ninguna clase de
discriminación, directa o indirecta, por raza, ideología, religión, credo, nacionalidad,
lengua, sexo, orientación sexual, discapacidad, edad, condición de representación legal
o sindical de los trabajadores, ni ningún otro motivo.
– Seguridad y salud. MNCARS debe cumplir con las obligaciones derivadas de la
normativa en materia de seguridad y salud laboral, así como de los requisitos que se han
comunicado en relación con el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo
que tiene implantado Mutua Madrileña. A tal fin deberá facilitar unas condiciones
laborales saludables y seguras para todos sus empleados.
– Medioambiente. MNCARS deberá actuar de un modo responsable con el entorno
que les rodea. A tal fin, MNCARS deberá fomentar iniciativas que promuevan una mayor
responsabilidad ambiental y el desarrollo de prácticas y tecnologías respetuosas con el
medio ambiente. Deberá cumplir con toda la legislación medioambiental que le resulte de
aplicación en función de su actividad.
– Protección de datos. MNCARS para la colaboración recogida en el presente
Convenio deberá cumplir estrictamente con todos los criterios exigibles relativos a
calidad, seguridad y protección de datos de carácter personal.
– Calidad del servicio. MNCARS deberá garantizar la máxima calidad en todos los
servicios ofrecidos, cumpliendo con los estándares y parámetros de calidad y seguridad
requeridos por las leyes, normas o reglamentos de aplicación.
– Propiedad intelectual e industrial. MNCARS debe respetar toda la regulación
relativa a propiedad intelectual e industrial en sus relaciones con nuestra entidad. No
permitimos la utilización de ninguna herramienta o información que no cumpla o que no
cuente con las licencias exigidas por la normativa que resulta de aplicación.
En la misma línea de lo indicado anteriormente, se exige de MNCARS que ponga
especial atención a la prevención y lucha frente a cualquier conducta que pudiera incurrir
en cualquier comportamiento que pueda derivar en cualquier clase de responsabilidad
administrativa y/o penal. Desde el punto de vista penal, MNCARS deberá contar con un
sistema de control y detección que evite la comisión de actos que puedan ser
considerados ilícitos penales tales como: delitos de descubrimiento y revelación de
secretos, cohecho, tráfico de influencias, delitos contra la integridad moral, estafa,
espionaje industrial, insolvencias punibles, propiedad industrial e intelectual, publicidad
engañosa, manipulación de precios en el mercado, abuso de información privilegiada,
corrupción en los negocios o en transacciones internacionales, receptación y blanqueo
de capitales, hacienda pública, fraude a la seguridad social, fraude de subvenciones,
delitos contra los recursos naturales y medioambiente, incumplimiento de obligaciones
contables, financiación del terrorismo, acoso, societarios, falsedades, derechos de los
trabajadores, etc.
cve: BOE-A-2024-17296
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 205