III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-17277)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación "Mantia Solar 3", de 24,06 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Yunclillos (Toledo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 23 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 107783

ejecución y declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le
es de aplicación, conforme al artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico, así como declaración, en concreto, de utilidad pública, para la planta
fotovoltaica «Mantia Solar 3», de 29,795 MW de potencia instalada, y su infraestructura
de evacuación, en el término municipal de Yunclillos, en la provincia de Toledo.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno de Toledo (AIE
Toledo) remite, con fecha 23 de octubre de 2023, al Área Funcional de Industria y
Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, solicitud para la tramitación parcial de
modificación de la Autorización Administrativa Previa, Autorización Administrativa de
Construcción y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública en los proyectos de
evacuación conjunta de las Plantas Solares Fotovoltaicas «La Sagra 1» (195,02 MWins;
expediente: PFot-433), «Mantia Solar 2» (109,98 MWins; expediente PFot-447)
«Mantia 3» (24,06 MWins; expediente: PFot-448), en las provincias de Toledo y Madrid.
El Área Funcional de Industria y Energía de Madrid realiza la tramitación de información
pública y consultas en la parte de dicha infraestructura de evacuación que afecta a la
Comunidad de Madrid. Emitiendo el correspondiente informe que es analizado en el
expediente SGEE/PFot-447.
El expediente, por tanto, ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la
Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha y se ha tramitado de conformidad con lo
previsto en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones,
organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte
que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación, de la que no se desprende oposición, del Ayuntamiento
de Yunclillos. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, quien expresa su
conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha en el
que emiten informe mostrando conformidad con el proyecto salvo con algunos cruzamientos
cuya conformidad no puede ser acreditada con la documentación aportada por lo que
solicita documentación adicional al promotor. Así mismo, el organismo también establece
una serie de condiciones generales y condicionados técnicos generales. El promotor, por su
parte, muestra conformidad con el informe del organismo y los condicionados establecidos
por este y aporta documentación adicional con el objetivo de acreditar la conformidad de los
cruzamientos. Se da traslado al organismo de la última respuesta del promotor y no emite
nueva respuesta, por lo que se entiende su conformidad en virtud de los artículos 127.4
y 131.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación del Área de Vías Pecuarias de la Delegación Provincial
de Desarrollo Sostenible en Toledo y del Servicio de Infraestructuras Viarias y Urbanas
de la Diputación de Toledo, en las que solicitan información en relación con el proyecto.
El promotor responde aportando la documentación técnica correspondiente. Se da
traslado a los organismos, los cuales no emiten nueva respuesta, por lo que se entiende
su conformidad en virtud de los artículos 127.4 y 131.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Preguntados la Confederación Hidrográfica del Tajo y la Diputación de Toledo, no se
ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los
mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2 y 131.1 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la
publicación el 16 de noviembre de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado» y los días 2 y 3
de noviembre de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Toledo» y los días 30 y 31
de octubre de 2023 en el diario «ABC», y con la exposición al público en los tablones de
edictos de los Ayuntamientos de Cedillo del Condado, Villaluenga de la Sagra, Yuncler y
Yuncos, en la provincia de Toledo. Se han recibido alegaciones, que han sido
contestadas por el promotor.

cve: BOE-A-2024-17277
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Núm. 204