III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-17277)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación "Mantia Solar 3", de 24,06 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Yunclillos (Toledo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 204

Viernes 23 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 107782

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
17277

Resolución de 26 de julio de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Solaria Promoción y Desarrollo
Fotovoltaico, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y
autorización administrativa de construcción para la instalación «Mantia Solar
3», de 24,06 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación,
en Yunclillos (Toledo).

Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU (en adelante, el promotor) solicitó,
con fecha 5 de diciembre de 2020, autorización administrativa previa de la instalación
fotovoltaica «Mantia Solar 3», de 29,975 MWp y las líneas subterráneas a 30 kV.
Mediante Resolución de 21 de abril de 2023 de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se otorgó a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU, la
autorización administrativa para la instalación «Mantia Solar 3» de 29,98 MW de
potencia pico y 24,06 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en
el término municipal de Yunclillos, en la provincia de Toledo (en adelante, Resolución de
autorización administrativa previa), publicada en el «Boletín Oficial del Estado»
núm. 127, de 29 de mayo de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización
administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes
al proyecto establecidos en la Resolución de 19 de enero de 2023 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable
para el proyecto (en adelante, DIA), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 28,
de 2 de febrero de 2023, y en la Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se corrigen errores en la
Resolución de 19 de enero de 2023, por la que se formula declaración de impacto
ambiental del proyecto, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 140, de 13 de
junio de 2023, para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a cabo, en
particular y entre otras, las siguientes modificaciones:

Las modificaciones descritas suponen nuevas afecciones a los terrenos ubicados
dentro de la poligonal de la instalación, lo que ha motivado la tramitación de la
autorización administrativa previa de las modificaciones.
En consecuencia, en la Resolución de autorización administrativa previa del
proyecto, se recogía expresamente que sería necesario obtener autorización
administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los
supuestos del artículo 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que
se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU, solicita, con fecha 10 de mayo
de 2023, subsanada en fechas 13 de junio y 13 de septiembre de 2023 autorización
administrativa previa respecto de las modificaciones descritas anteriormente,
autorización administrativa de construcción, aportando el correspondiente proyecto de

cve: BOE-A-2024-17277
Verificable en https://www.boe.es

– Eliminación de la implantación de la instalación de generación de la parte sur, que
supone reducción de la superficie de la instalación de un 38 %, según lo recogido en la
DIA ante la afección significativa a territorios de interés para avifauna catalogada
(condicionante i.1.a relativo al apartado de la DIA Condiciones Generales).