III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-17272)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Aluvión Solar, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Aluvión Solar, de 45,04 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Guadalajara y Horche (Guadalajara), y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 23 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 107734
Solar, de 45,04 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los
términos municipales de Guadalajara y Horche, en la provincia de Guadalajara.
El expediente ha sido incoado en la Dependencia Provincial de Industria y Energía
de la Subdelegación del Gobierno en Guadalajara y se ha tramitado de conformidad con
lo previsto en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas
administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés
general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación de la que no se desprende oposición de la Delegación
Provincial (Vías Pecuarias) de la Consejería de Desarrollo Sostenible de Guadalajara de
la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Se ha dado traslado al promotor de
dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la misma.
Se han recibido contestaciones de la Demarcación de Carreteras del Estado en CastillaLa Mancha del de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible; de Infraestructuras del Agua Castilla-La Mancha; y de Telefónica de
España, SAU, en las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad
de solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la
instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de
dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica España, SAU (REE), en la que
manifiesta su oposición, en relación con el proyecto del asunto, a la planta fotovoltaica al
no cumplir ésta las distancias establecidas en el Real Decreto 1995/2000 en relación con
la línea a 400 kV D/C Fuentes de la Alcarria-Loeches/Fuentes de la Alcarria-Trillo,
propiedad de Red Eléctrica, y establece condicionados técnicos y, en su caso, la
necesidad de solicitar autorización ante REE por la ocupación o el cruzamiento de la
instalación con bienes o servicios de sus competencias. Asimismo, muestra su no
oposición a la línea de evacuación subterránea a 30 kV. Se ha dado traslado al promotor,
el cual justifica el cumplimiento de las distancias requeridas por la normativa de
aplicación y manifiesta su conformidad respecto al resto del informe. Se ha da traslado al
organismo de la respuesta del promotor, el cual emite una segunda contestación
indicando su no oposición al proyecto.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad
de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, de acuerdo con la condición i.4 de la DIA, la cual emite informe desfavorable en
relación con las medidas compensatorias de los proyectos FV Pañol Solar de 100 MWp,
FV Bichero Solar de 75,00 MWp, FV Bruma Solar de 75 MWp, FV Montería Solar
de 65,00 MWp, FV Ojeador Solar de 65,00 MWp, FV Aluvión Solar de 50 MWp y FV
Broza Solar de 50 MWp, con sus respectivas líneas de evacuación. Se ha dado traslado
al promotor, el cual se comprometió a adoptar las medidas indicadas en el informe del
organismo, incluyéndolas en una nueva versión del Plan de Vigilancia Ambiental y
Programa de Medidas Compensatorias que presentaría ante la Dirección General en la
misma fecha. Se da traslado a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de
la respuesta del promotor y del mencionado Plan de Vigilancia Ambiental y Programa de
Medidas Compensatorias, emitiendo en esta ocasión informe favorable para todos los
proyectos arriba mencionados y dando el visto bueno al Plan en su versión actualizada
de febrero de 2024.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Horche, el cual emite informe
favorable e indica que resulta necesario el promotor aporte los informes sectoriales
favorables sobre los distintos aspectos tratados en el mismo. Se ha dado traslado al
promotor, el cual muestra su conformidad con la respuesta en calidad de informe
favorable, manifestando que los mencionados informes sectoriales serán remitidos en el
trámite de solicitud de licencia de obra al ayuntamiento. Se da traslado al Ayuntamiento
de Horche de la respuesta del promotor, el cual no emite nueva respuesta, por lo que se
entiende su conformidad en virtud del artículo 127.4, 131.4 y 147.2 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
cve: BOE-A-2024-17272
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 204
Viernes 23 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 107734
Solar, de 45,04 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los
términos municipales de Guadalajara y Horche, en la provincia de Guadalajara.
El expediente ha sido incoado en la Dependencia Provincial de Industria y Energía
de la Subdelegación del Gobierno en Guadalajara y se ha tramitado de conformidad con
lo previsto en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas
administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés
general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación de la que no se desprende oposición de la Delegación
Provincial (Vías Pecuarias) de la Consejería de Desarrollo Sostenible de Guadalajara de
la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Se ha dado traslado al promotor de
dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la misma.
Se han recibido contestaciones de la Demarcación de Carreteras del Estado en CastillaLa Mancha del de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible; de Infraestructuras del Agua Castilla-La Mancha; y de Telefónica de
España, SAU, en las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad
de solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la
instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de
dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica España, SAU (REE), en la que
manifiesta su oposición, en relación con el proyecto del asunto, a la planta fotovoltaica al
no cumplir ésta las distancias establecidas en el Real Decreto 1995/2000 en relación con
la línea a 400 kV D/C Fuentes de la Alcarria-Loeches/Fuentes de la Alcarria-Trillo,
propiedad de Red Eléctrica, y establece condicionados técnicos y, en su caso, la
necesidad de solicitar autorización ante REE por la ocupación o el cruzamiento de la
instalación con bienes o servicios de sus competencias. Asimismo, muestra su no
oposición a la línea de evacuación subterránea a 30 kV. Se ha dado traslado al promotor,
el cual justifica el cumplimiento de las distancias requeridas por la normativa de
aplicación y manifiesta su conformidad respecto al resto del informe. Se ha da traslado al
organismo de la respuesta del promotor, el cual emite una segunda contestación
indicando su no oposición al proyecto.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad
de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, de acuerdo con la condición i.4 de la DIA, la cual emite informe desfavorable en
relación con las medidas compensatorias de los proyectos FV Pañol Solar de 100 MWp,
FV Bichero Solar de 75,00 MWp, FV Bruma Solar de 75 MWp, FV Montería Solar
de 65,00 MWp, FV Ojeador Solar de 65,00 MWp, FV Aluvión Solar de 50 MWp y FV
Broza Solar de 50 MWp, con sus respectivas líneas de evacuación. Se ha dado traslado
al promotor, el cual se comprometió a adoptar las medidas indicadas en el informe del
organismo, incluyéndolas en una nueva versión del Plan de Vigilancia Ambiental y
Programa de Medidas Compensatorias que presentaría ante la Dirección General en la
misma fecha. Se da traslado a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de
la respuesta del promotor y del mencionado Plan de Vigilancia Ambiental y Programa de
Medidas Compensatorias, emitiendo en esta ocasión informe favorable para todos los
proyectos arriba mencionados y dando el visto bueno al Plan en su versión actualizada
de febrero de 2024.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Horche, el cual emite informe
favorable e indica que resulta necesario el promotor aporte los informes sectoriales
favorables sobre los distintos aspectos tratados en el mismo. Se ha dado traslado al
promotor, el cual muestra su conformidad con la respuesta en calidad de informe
favorable, manifestando que los mencionados informes sectoriales serán remitidos en el
trámite de solicitud de licencia de obra al ayuntamiento. Se da traslado al Ayuntamiento
de Horche de la respuesta del promotor, el cual no emite nueva respuesta, por lo que se
entiende su conformidad en virtud del artículo 127.4, 131.4 y 147.2 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
cve: BOE-A-2024-17272
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Núm. 204