III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-17272)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Aluvión Solar, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Aluvión Solar, de 45,04 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Guadalajara y Horche (Guadalajara), y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 204

Viernes 23 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 107733

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
17272

Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Aluvión Solar, SLU, autorización
administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de
construcción para la instalación fotovoltaica Aluvión Solar, de 45,04 MW de
potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Guadalajara y
Horche (Guadalajara), y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Aluvión Solar, SLU, con fecha 28 de abril de 2021, subsanada con fecha 3 de junio
de 2021, presentó solicitud de Autorización Administrativa Previa de la planta solar
fotovoltaica Aluvión Solar de 50 MWp, en el término municipal de Guadalajara
(Guadalajara), y su infraestructura de evacuación en 30 kV.
Mediante Resolución de 21 de abril de 2023 de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se otorgó a Aluvión Solar, SLU, autorización administrativa previa
para el parque fotovoltaico Aluvión Solar, de 45 MW de potencia instalada y su
infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Guadalajara y Horche, en
la provincia de Guadalajara (en adelante, Resolución de autorización administrativa
previa), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 129, de 31 de mayo de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización
administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes
al proyecto establecidos en la Resolución de 20 de enero de 2023 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable
para el proyecto (en adelante, DIA), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 29,
de 03 de febrero de 2023, para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a
cabo, en particular y entre otras, las siguientes modificaciones:
(i) en cuanto a la generación, la redefinición de los límites de la planta solar
fotovoltaica para no afectar a áreas relevantes para el sisón, según la condición 1. ii). 8.
(Fauna), que supone:

En consecuencia, en la Resolución de autorización administrativa previa del
proyecto, se recogía expresamente que sería necesario obtener autorización
administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los
supuestos del artículo 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que
se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Aluvión Solar, SLU, (en adelante, el promotor) solicita, con fecha 27 de abril de 2023,
autorización administrativa previa de las modificaciones, autorización administrativa de
construcción, aportando el correspondiente proyecto de ejecución y declaración
responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación,
conforme al artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, así
como declaración, en concreto, de utilidad pública, para el parque fotovoltaico Aluvión

cve: BOE-A-2024-17272
Verificable en https://www.boe.es

– Una reducción de la superficie de la planta, de 67,72 hectáreas proyectadas
inicialmente hasta 66,72 hectáreas, sin exceder la poligonal definida en el proyecto
original, no afectando a nuevas parcelas.
– La modificación de las potencias pico, desde los 50,00 MWp proyectados
inicialmente hasta los 50,01 MWp.