III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Subvenciones. (BOE-A-2024-17269)
Orden TES/889/2024, de 19 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las actividades de promoción de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento de los entes representativos de la economía social de ámbito estatal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 204
Viernes 23 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 107706
4.º El descenso de los niveles de desigualdad en el acceso al mercado de trabajo
de mujeres, personas con discapacidad y de aquellos colectivos que presentan mayores
dificultades de acceso y/o permanencia en el empleo como jóvenes, personas paradas
de larga duración, mayores de 45 años y colectivos en situación o riesgo de exclusión
social.
5.º Desarrollo de las medidas contenidas en la Estrategia Española de Economía
Social, que se incorporó como una de las denominadas «políticas palanca» en el «Plan
de Acción para la implementación de la Agenda 2030, hacia una Estrategia Española de
Desarrollo Sostenible».
b) De la línea de subvención 2 para sufragar parcialmente los gastos de
funcionamiento de las asociaciones de ámbito estatal de cooperativas, de sociedades
laborales, de empresas de inserción, de centros especiales de empleo de iniciativa
social, de mutualidades, de cofradías de pescadores y de otros entes representativos de
la economía social: contribuir a la financiación de las actividades desarrolladas por las
entidades asociativas y entes representativos de la economía social para el cumplimiento
de sus fines.
2.
Serán actividades subvencionables:
a) En las líneas de subvenciones 1 y 3 para acciones de ámbito estatal de
formación, difusión y fomento de la economía social y de la responsabilidad social de las
empresas, así como para el desarrollo de las medidas contenidas en la Estrategia
Española de Economía Social:
A estos efectos, se considerarán como una sola actividad aquellas actuaciones que
sean idénticas en cuanto a su formato, ejecución y finalidad, y sean realizadas en
distintos lugares y/o fechas.
b) En línea de subvenciones 2 para sufragar parcialmente los gastos de
funcionamiento de las asociaciones de ámbito estatal de cooperativas, de sociedades
laborales, de empresas de inserción, centros especiales de empleo de iniciativa social,
de mutualidades, de cofradías de pescadores y de otros entes representativos de la
economía social: actuaciones necesarias para la consecución de los fines que le son
propios a estas entidades y que generen gastos de funcionamiento.
cve: BOE-A-2024-17269
Verificable en https://www.boe.es
1.º Impulso de actuaciones que promuevan el acompañamiento al emprendimiento
colectivo en el ámbito de la economía social durante las distintas etapas que constituyen
el ciclo de vida del proyecto, incluyendo procesos de relevo generacional, segunda
oportunidad o transiciones derivadas de crisis económicas.
2.º Realización de actividades de difusión y promoción dirigidas a la visibilización y
al fomento de la cultura emprendedora colectiva, de la economía social y de la
responsabilidad social de las empresas.
3.º Elaboración y publicación de estudios, trabajos de documentación, análisis
académicos e investigaciones, así como actividades análogas, que contribuyan a la
promoción de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y
refuercen el conocimiento colectivo y el capital intelectual del sector para la mejor toma
de decisiones.
4.º Implementación de acciones formativas, didácticas y de especialización en
economía social y la responsabilidad social de las empresas, incluidas aquellas dirigidas
al desarrollo de competencias en materia de gestión y dirección de la actividad
emprendedora colectiva.
5.º Organización de espacios de intercambio de buenas prácticas, puntos de
encuentro y otras actividades de naturaleza similar (congresos, seminarios, jornadas)
con convocatoria pública de la realización de la actividad, cuyo fin principal sea la
promoción de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas.
Núm. 204
Viernes 23 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 107706
4.º El descenso de los niveles de desigualdad en el acceso al mercado de trabajo
de mujeres, personas con discapacidad y de aquellos colectivos que presentan mayores
dificultades de acceso y/o permanencia en el empleo como jóvenes, personas paradas
de larga duración, mayores de 45 años y colectivos en situación o riesgo de exclusión
social.
5.º Desarrollo de las medidas contenidas en la Estrategia Española de Economía
Social, que se incorporó como una de las denominadas «políticas palanca» en el «Plan
de Acción para la implementación de la Agenda 2030, hacia una Estrategia Española de
Desarrollo Sostenible».
b) De la línea de subvención 2 para sufragar parcialmente los gastos de
funcionamiento de las asociaciones de ámbito estatal de cooperativas, de sociedades
laborales, de empresas de inserción, de centros especiales de empleo de iniciativa
social, de mutualidades, de cofradías de pescadores y de otros entes representativos de
la economía social: contribuir a la financiación de las actividades desarrolladas por las
entidades asociativas y entes representativos de la economía social para el cumplimiento
de sus fines.
2.
Serán actividades subvencionables:
a) En las líneas de subvenciones 1 y 3 para acciones de ámbito estatal de
formación, difusión y fomento de la economía social y de la responsabilidad social de las
empresas, así como para el desarrollo de las medidas contenidas en la Estrategia
Española de Economía Social:
A estos efectos, se considerarán como una sola actividad aquellas actuaciones que
sean idénticas en cuanto a su formato, ejecución y finalidad, y sean realizadas en
distintos lugares y/o fechas.
b) En línea de subvenciones 2 para sufragar parcialmente los gastos de
funcionamiento de las asociaciones de ámbito estatal de cooperativas, de sociedades
laborales, de empresas de inserción, centros especiales de empleo de iniciativa social,
de mutualidades, de cofradías de pescadores y de otros entes representativos de la
economía social: actuaciones necesarias para la consecución de los fines que le son
propios a estas entidades y que generen gastos de funcionamiento.
cve: BOE-A-2024-17269
Verificable en https://www.boe.es
1.º Impulso de actuaciones que promuevan el acompañamiento al emprendimiento
colectivo en el ámbito de la economía social durante las distintas etapas que constituyen
el ciclo de vida del proyecto, incluyendo procesos de relevo generacional, segunda
oportunidad o transiciones derivadas de crisis económicas.
2.º Realización de actividades de difusión y promoción dirigidas a la visibilización y
al fomento de la cultura emprendedora colectiva, de la economía social y de la
responsabilidad social de las empresas.
3.º Elaboración y publicación de estudios, trabajos de documentación, análisis
académicos e investigaciones, así como actividades análogas, que contribuyan a la
promoción de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y
refuercen el conocimiento colectivo y el capital intelectual del sector para la mejor toma
de decisiones.
4.º Implementación de acciones formativas, didácticas y de especialización en
economía social y la responsabilidad social de las empresas, incluidas aquellas dirigidas
al desarrollo de competencias en materia de gestión y dirección de la actividad
emprendedora colectiva.
5.º Organización de espacios de intercambio de buenas prácticas, puntos de
encuentro y otras actividades de naturaleza similar (congresos, seminarios, jornadas)
con convocatoria pública de la realización de la actividad, cuyo fin principal sea la
promoción de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas.