III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-17223)
Orden ITU/885/2024, de 14 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos industriales en el sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la convocatoria de estas ayudas del año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 203

Jueves 22 de agosto de 2024

Criterio

a.2)

Valor

Presupuesto financiable/Deuda total.

a.3) Presupuesto financiable/Fondos
propios.

Sec. III. Pág. 107065

Puntuación

Mayor que 0,8.

0,5

Menor o igual que 0,8 y mayor que 0,6.

2,3

Menor o igual que 0,6 y mayor que 0,5.

4,6

Menor o igual que 0,5.

7

Mayor o igual que 5.

7,2

Menor que 5 y mayor que 3.

10,9

Menor o igual que 3 y mayor que 2.

14,5

Menor o igual que 2.

18

En caso de indeterminación en cualquiera de los criterios anteriores, el valor
asignado será el mayor, y la puntuación la que corresponda en cada caso.
Cálculo del criterio «Coeficiente de valoración del riesgo económico-financiero»:
El criterio c.4) Coeficiente de valoración del riesgo económico-financiero, es un factor
entre 0 y 1 que ponderará el riesgo asociado a la devolución del préstamo en el largo
plazo.
Se calculará mediante la multiplicación sucesiva de los valores obtenidos en los
siguientes parámetros, redondeando el cálculo a dos decimales:
ID

R1

Descripción

Riesgo por cuota vencida con antigüedad superior a 39 meses, o cuyo titular esté declarado en quiebra, concurso de
acreedores o presente un deterioro notorio e irrecuperable de su solvencia según informe CIRBE presentado.

Valor del factor

0-1

R2 Riesgo por cuota vencida con antigüedad superior a tres meses según informe CIRBE.

0,8 - 1

R3 Riesgo por excesiva exposición de la DGPI como acreedor principal

0,8 - 1

R1: Riesgo por cuota vencida con antigüedad superior a 39 meses, o cuyo titular esté
declarado en quiebra, concurso de acreedores o presente un deterioro notorio e
irrecuperable de su solvencia según informe CIRBE presentado.
Se aplicará un factor de multiplicación 0 si hay alguna operación en situación I20 o
I21 en el informe CIRBE. En el resto de casos, el factor multiplicador será 1.
I20

Otras situaciones con incumplimiento de más de cuatro años: operación no incluida en otros valores con importes impagados o incumplidos,
siempre que desde el primer incumplimiento hasta la fecha a que se refieren los datos hayan transcurrido más de cuatro años.

I21

Operación en suspenso: operación calificada como fallida que se ha dado de baja del activo por razón de insolvencia del cliente conforme a la
normativa contable.

Otras situaciones con incumplimiento entre más de 90 días y hasta cuatro años: operación no incluida en otros valores con importes
I19 impagados o incumplidos, siempre que desde el primer incumplimiento hasta la fecha a que se refieren los datos hayan transcurrido entre más
de 90 días y hasta cuatro años.

cve: BOE-A-2024-17223
Verificable en https://www.boe.es

R2: Riesgo por cuota vencida con antigüedad superior a tres meses según informe
CIRBE.
Se aplicará un factor de multiplicación 0,9 si hay alguna operación en situación I19
en el informe CIRBE. En el resto de casos, el factor multiplicador será 1.