III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-17223)
Orden ITU/885/2024, de 14 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos industriales en el sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la convocatoria de estas ayudas del año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 107009
incorporaron un instrumento europeo para la recuperación (Next Generation EU), cuyo
elemento central es el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Para acceder a los
recursos financieros de este mecanismo, los Estados miembros elaboraron un plan
orientado a la recuperación. España presentó a la Comisión Europea su Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, en adelante Plan de Recuperación, que fue
aprobado por Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la
evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España del pasado 13 de julio
de 2021 (en adelante, «CID» por sus siglas en inglés). Esta Decisión ha sido modificada
recientemente por la Decisión de Ejecución del Consejo de 17 de octubre de 2023 (la
denominada «adenda» al Plan de Recuperación).
El Plan de Recuperación traza la hoja de ruta para la modernización de la economía
española para una recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo,
para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la
pandemia de COVID-19, y para responder a los retos de la próxima década. Este Plan
recibe la financiación de los fondos Next Generation EU provenientes del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia (MRR) y de la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y
los Territorios de Europa (REACT-EU).
Los proyectos que constituyen dicho Plan de Recuperación están alineados con los
objetivos del MRR, la transición verde y digital y permiten la realización de reformas
estructurales, mediante cambios normativos e inversiones que habilitan, por un lado, un
cambio del modelo productivo para la recuperación de la economía tras la crisis
ocasionada por la pandemia de COVID-19 y, por otro, una transformación hacia una
estructura más resiliente, que permita que nuestro modelo sepa enfrentar con éxito otras
posibles crisis o desafíos en el futuro.
El Plan de Recuperación contempla diez políticas palanca y 31 componentes,
recogiendo un conjunto coherente de inversiones y reformas orientadas a la
recuperación y al impulso de un cambio de modelo económico, productivo y social para
abordar de forma equilibrada los retos futuros, hacia una España más sostenible,
digitalizada, en igualdad y con mayor cohesión social.
De las diez políticas palanca, la quinta, «Modernización y digitalización del tejido
industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación
emprendedora», se centra esencialmente en la competitividad industrial y de las pymes.
Las ayudas objeto de esta orden que, conforme a sus correspondientes
convocatorias, se financien en el ámbito del Plan de Recuperación, se incardinan en el
marco del componente 12 (Política Industrial) Inversión 2 (C12.I2) «Programa de Impulso
de la Competitividad y Sostenibilidad Industrial» del Plan de Recuperación, en el cual se
incluye la Línea de apoyo a proyectos estratégicos para la transición industrial, cuyo
objetivo principal es impulsar la transformación de las cadenas de valor estratégicas de
sectores industriales con gran efecto tractor en la economía y alineadas con la Estrategia
Europea de ecosistemas industriales.
Asimismo, como ya se ha señalado, el 6 de junio de 2023, el Consejo de Ministros
aprobó el documento final de la adenda de ampliación del Plan de Recuperación, la cual
sería aprobada por la Comisión Europea en octubre de 2023. Esta adenda recoge la
segunda fase del Plan de Recuperación, estableciendo una actualización del calendario
de desembolsos, incluyendo transferencias adicionales y préstamos que permitirán
movilizar hasta 163.000 millones de euros en el periodo 2021-2026.
Por otro lado, en cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, en el
Reglamento (UE) n.º 2021/241, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, en particular la
Comunicación de la Comisión Guía técnica (C/2023/111) sobre la aplicación del principio
de «no causar un perjuicio significativo», con lo requerido en la Decisión de Ejecución del
Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia de España (CID) y su documento anexo, así como en la
Decisión sobre los Acuerdos Operativos (OA), todas las actuaciones que se lleven a
cabo en cumplimiento de la presente orden, deben respetar el llamado principio de no
cve: BOE-A-2024-17223
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 203
Jueves 22 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 107009
incorporaron un instrumento europeo para la recuperación (Next Generation EU), cuyo
elemento central es el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Para acceder a los
recursos financieros de este mecanismo, los Estados miembros elaboraron un plan
orientado a la recuperación. España presentó a la Comisión Europea su Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, en adelante Plan de Recuperación, que fue
aprobado por Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la
evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España del pasado 13 de julio
de 2021 (en adelante, «CID» por sus siglas en inglés). Esta Decisión ha sido modificada
recientemente por la Decisión de Ejecución del Consejo de 17 de octubre de 2023 (la
denominada «adenda» al Plan de Recuperación).
El Plan de Recuperación traza la hoja de ruta para la modernización de la economía
española para una recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo,
para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la
pandemia de COVID-19, y para responder a los retos de la próxima década. Este Plan
recibe la financiación de los fondos Next Generation EU provenientes del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia (MRR) y de la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y
los Territorios de Europa (REACT-EU).
Los proyectos que constituyen dicho Plan de Recuperación están alineados con los
objetivos del MRR, la transición verde y digital y permiten la realización de reformas
estructurales, mediante cambios normativos e inversiones que habilitan, por un lado, un
cambio del modelo productivo para la recuperación de la economía tras la crisis
ocasionada por la pandemia de COVID-19 y, por otro, una transformación hacia una
estructura más resiliente, que permita que nuestro modelo sepa enfrentar con éxito otras
posibles crisis o desafíos en el futuro.
El Plan de Recuperación contempla diez políticas palanca y 31 componentes,
recogiendo un conjunto coherente de inversiones y reformas orientadas a la
recuperación y al impulso de un cambio de modelo económico, productivo y social para
abordar de forma equilibrada los retos futuros, hacia una España más sostenible,
digitalizada, en igualdad y con mayor cohesión social.
De las diez políticas palanca, la quinta, «Modernización y digitalización del tejido
industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación
emprendedora», se centra esencialmente en la competitividad industrial y de las pymes.
Las ayudas objeto de esta orden que, conforme a sus correspondientes
convocatorias, se financien en el ámbito del Plan de Recuperación, se incardinan en el
marco del componente 12 (Política Industrial) Inversión 2 (C12.I2) «Programa de Impulso
de la Competitividad y Sostenibilidad Industrial» del Plan de Recuperación, en el cual se
incluye la Línea de apoyo a proyectos estratégicos para la transición industrial, cuyo
objetivo principal es impulsar la transformación de las cadenas de valor estratégicas de
sectores industriales con gran efecto tractor en la economía y alineadas con la Estrategia
Europea de ecosistemas industriales.
Asimismo, como ya se ha señalado, el 6 de junio de 2023, el Consejo de Ministros
aprobó el documento final de la adenda de ampliación del Plan de Recuperación, la cual
sería aprobada por la Comisión Europea en octubre de 2023. Esta adenda recoge la
segunda fase del Plan de Recuperación, estableciendo una actualización del calendario
de desembolsos, incluyendo transferencias adicionales y préstamos que permitirán
movilizar hasta 163.000 millones de euros en el periodo 2021-2026.
Por otro lado, en cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, en el
Reglamento (UE) n.º 2021/241, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, en particular la
Comunicación de la Comisión Guía técnica (C/2023/111) sobre la aplicación del principio
de «no causar un perjuicio significativo», con lo requerido en la Decisión de Ejecución del
Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia de España (CID) y su documento anexo, así como en la
Decisión sobre los Acuerdos Operativos (OA), todas las actuaciones que se lleven a
cabo en cumplimiento de la presente orden, deben respetar el llamado principio de no
cve: BOE-A-2024-17223
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Núm. 203