III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-17013)
Resolución de 23 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Miram Solar, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación solar fotovoltaica Villameca Solar 1-2, de 92,3 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Quintana del Castillo y Villamejil (León).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 17 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 106411
Con fecha 3 de diciembre de 2021, finalizada la fase de información pública y
consultas, y motivado por los informes y alegaciones recibidas, el promotor presentó
diversas modificaciones que implican adendas a los proyectos y estudio de impacto
ambiental inicialmente presentados, dando lugar a un segundo trámite de información
pública e información a otras Administraciones, de conformidad con los artículos 124,
125 y 127 del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Entre los cambios
presentados, se destacan los siguientes:
– Se soterra la totalidad de la línea de evacuación de 30 kV de la planta Villameca
Solar 1-2, anteriormente aérea.
– La línea aérea de alta tensión de 132 kV, que une la SET Villameca Solar con la
SET Cepeda Renovables, se soterrará en la mayor parte de su trazado inicial, excepto el
último tramo de 0,994 km, que se mantendrá aéreo.
Se han recibido contestaciones para el segundo proceso de información pública, de
las que no se desprende oposición, de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Se ha
dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la
misma.
Se ha recibido contestación de la Confederación Hidrográfica del Duero, donde se
muestran condicionantes a la ejecución de las actuaciones a llevar a cabo por el
promotor. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual manifiesta su
conformidad con la misma.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Energía y Minas de la Junta
de Castilla y León, donde enumera otros proyectos similares en la zona, destacando las
posibles afecciones de la línea de evacuación subterránea de 30 kV de la planta
Villameca Solar 3 con el proyecto FV Bierzo 3. Trasladado este escrito al promotor, este
respondió manifestando que el diseño definitivo de la línea soterrada tendrá en cuenta el
posible cruzamiento y que negociará con promotor de la citada planta para que el
cruzamiento de ambas líneas se lleve a cabo de la mejor forma posible.
Preguntados la Dirección General Ordenación del Territorio y Planificación de la
Junta de Castilla y León, la Diputación Provincial de León, el Ayuntamiento de Villamejil,
el Ayuntamiento de Quintana del Castillo, Red Eléctrica de España, SAU, la Junta
Vecinal de Sueros de Cepeda, la Junta Vecinal de Donillas de Cepeda, la Junta Vecinal
de Abano de Cepeda, la Junta Vecinal de Ferreras de Cepeda, la Junta Vecinal de
Morriondo de Cepeda, la Junta Vecinal de Vegullina de Cepeda y la Junta Vecinal de
Riofrío, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 131.2 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Cumplidos los preceptivos trámites del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y
de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en León emitió informe en fecha 6 de mayo de 2022.
En lo que respecta a la solicitud de modificación de autorización administrativa previa
y autorización administrativa de construcción para la línea a 132 kV entre SET Villameca
Solar 132/30 kV y SET Cepeda Renovables 400/132 kV, el expediente fue incoado el
expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en León y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los artículos 127
y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de Red Eléctrica de España, SAU y de la Dirección
de Carreteras e infraestructuras de la Junta de Castilla y León, en las que se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos
organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
cve: BOE-A-2024-17013
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 199
Sábado 17 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 106411
Con fecha 3 de diciembre de 2021, finalizada la fase de información pública y
consultas, y motivado por los informes y alegaciones recibidas, el promotor presentó
diversas modificaciones que implican adendas a los proyectos y estudio de impacto
ambiental inicialmente presentados, dando lugar a un segundo trámite de información
pública e información a otras Administraciones, de conformidad con los artículos 124,
125 y 127 del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Entre los cambios
presentados, se destacan los siguientes:
– Se soterra la totalidad de la línea de evacuación de 30 kV de la planta Villameca
Solar 1-2, anteriormente aérea.
– La línea aérea de alta tensión de 132 kV, que une la SET Villameca Solar con la
SET Cepeda Renovables, se soterrará en la mayor parte de su trazado inicial, excepto el
último tramo de 0,994 km, que se mantendrá aéreo.
Se han recibido contestaciones para el segundo proceso de información pública, de
las que no se desprende oposición, de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Se ha
dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la
misma.
Se ha recibido contestación de la Confederación Hidrográfica del Duero, donde se
muestran condicionantes a la ejecución de las actuaciones a llevar a cabo por el
promotor. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual manifiesta su
conformidad con la misma.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Energía y Minas de la Junta
de Castilla y León, donde enumera otros proyectos similares en la zona, destacando las
posibles afecciones de la línea de evacuación subterránea de 30 kV de la planta
Villameca Solar 3 con el proyecto FV Bierzo 3. Trasladado este escrito al promotor, este
respondió manifestando que el diseño definitivo de la línea soterrada tendrá en cuenta el
posible cruzamiento y que negociará con promotor de la citada planta para que el
cruzamiento de ambas líneas se lleve a cabo de la mejor forma posible.
Preguntados la Dirección General Ordenación del Territorio y Planificación de la
Junta de Castilla y León, la Diputación Provincial de León, el Ayuntamiento de Villamejil,
el Ayuntamiento de Quintana del Castillo, Red Eléctrica de España, SAU, la Junta
Vecinal de Sueros de Cepeda, la Junta Vecinal de Donillas de Cepeda, la Junta Vecinal
de Abano de Cepeda, la Junta Vecinal de Ferreras de Cepeda, la Junta Vecinal de
Morriondo de Cepeda, la Junta Vecinal de Vegullina de Cepeda y la Junta Vecinal de
Riofrío, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 131.2 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Cumplidos los preceptivos trámites del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y
de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en León emitió informe en fecha 6 de mayo de 2022.
En lo que respecta a la solicitud de modificación de autorización administrativa previa
y autorización administrativa de construcción para la línea a 132 kV entre SET Villameca
Solar 132/30 kV y SET Cepeda Renovables 400/132 kV, el expediente fue incoado el
expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en León y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los artículos 127
y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de Red Eléctrica de España, SAU y de la Dirección
de Carreteras e infraestructuras de la Junta de Castilla y León, en las que se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos
organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
cve: BOE-A-2024-17013
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Núm. 199