III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-17015)
Resolución de 2 de agosto de 2024, del Instituto de Astrofísica de Canarias, por la que se publica el Convenio con el Cabildo Insular de Tenerife, para el desarrollo del programa "Desarrollo Tecnológico de Tenerife".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 199

Sábado 17 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 106431

g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de
comprobación y control.
h) Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la actividad
financiada, en los términos que se disponen en la estipulación 2.2.i) del convenio.
i) Obligación de publicidad. El IAC deberá hacer mención expresa de la financiación
por parte del CIT incluyendo la imagen de ésta Corporación en la difusión realizada en
los medios de comunicación, web, redes sociales, etc. Así como en la realización de las
actividades de los proyectos financiados.
j) La presentación, a requerimiento de esta Corporación, de un Certificado o
informe de ejecución del proyecto, hasta la fecha que se indique, debidamente firmado
por el órgano competente de la entidad que asevere la ejecución de los gastos y sus
correspondientes fases contables (gastos ejecutados/gastos pagados), de cara a
justificar, en su caso, ante la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de
Canarias, la financiación de los fondos FDCAN de anualidad que corresponda.
Tercera.

Gastos financiables.

3.1 Se podrán imputar los gastos relacionados con la planificación, organización,
gestión y realización del proyecto, según los conceptos de gastos que se detallan en el
apartado siguiente. En ningún caso el coste de estos gastos podrá ser superior al valor
de mercado.
3.2 La previsión de distribución del gasto de cada anualidad es la siguiente:
Concepto de gasto

Importe

Euros

Tecnólogos (Gastos de salarios y Seguridad Social).

790.000

Fungibles, gastos de viajes, cursos de formación, licencias de software y coordinación.

60.000

Fungibles (50 %).

30.000

Viajes (20 %).

12.000

Cursos (10 %).

6.000

Licencias (15 %).

9.000

Coordinación (5 %).

3.000

Importe total anual.

850.000

a) En caso que dicha reestructuración suponga la alteración de cada concepto de
gastos, en menos de un 30 % tanto al alza o a la baja del peso que inicialmente
representa cada concepto en el importe total a financiar en cada anualidad, será
requisito necesario la comunicación previa al Cabildo Insular de Tenerife, a través de la
Comisión de Seguimiento, vigilancia y control.
b) En caso que dicha reestructuración suponga la alteración de cada concepto de
gastos, en más de un 30 % tanto al alza o a la baja del peso que inicialmente representa

cve: BOE-A-2024-17015
Verificable en https://www.boe.es

Dicho presupuesto tiene el carácter de previsión. Las partes, por acuerdo de la
Comisión de Seguimiento, vigilancia y control, podrán aprobar una restructuración,
utilizando el sobrante no ejecutado de uno de los conceptos de gastos para aumentar la
financiación de otro/s concepto/s de los detallados como gastos elegibles, en función de
la evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones asumidas, siempre y cuando
dichos reajustes no supongan un aumento de la financiación total, ni un aumento del
plazo global, y se cumplan los correspondientes requisitos, dentro del periodo de
ejecución de los proyectos, todo ello conforme a las siguientes condiciones: