I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Medidas urgentes. (BOE-A-2024-16938)
Decreto-ley 7/2024, de 2 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes en materias de financiación de los sistemas públicos de saneamiento y regeneración de aguas residuales, y de servicios sociales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de agosto de 2024

Sec. I. Pág. 106048

Esta modificación fue necesaria para adaptar la actualización de los importes a las
necesidades reales de financiación de los entes gestores de los sistemas públicos de
saneamiento en alta, pero no fue suficiente, ya que a consecuencia de la escalada de
precios que se produjo en verano del año 2021, que afectó al precio del gas natural, del
petróleo, de la energía y de las materias primas y bienes intermedios, resultó
imprescindible una intervención normativa urgente para asegurar el mantenimiento de la
prestación del sistema público de saneamiento en alta en Cataluña y garantizar su
viabilidad económica Así, el Decreto-ley 11/2022, de 30 de agosto, de autorización de
atribuciones extraordinarias de recursos para hacer frente al incremento de los gastos
directos de explotación de los sistemas públicos de saneamiento en alta durante los
ejercicios 2022 y 2023, autorizó a la Agencia Catalana del Agua para realizar
atribuciones de recursos de carácter extraordinario con esta finalidad, si bien las acotó a
los ejercicios 2022 y 2023, y dispuso de forma expresa que las referidas atribuciones de
recursos no se debían tomarse en consideración en la determinación del coste directo de
explotación correspondiente a los ejercicios 2024 y siguientes. Esta temporalidad se
apoyaba en la consideración de que la variabilidad de los precios energéticos, de
reactivos y bienes inmuebles sería temporal y que el mercado se normalizaría a precios
anteriores. La realidad económica muestra que, a pesar de producirse cierta
estabilización en los incrementos de precios, éstos no han devuelto a los valores
anteriores a 2021.
Así las cosas, las actuales circunstancias del mercado y el incremento generalizado
de los precios así como el impacto de la inflación, ha causado una paulatina disminución
de la capacidad económica y de actuación de los entes gestores de los sistemas
públicos de saneamiento en alta. Esta situación, que se ha mantenido sostenida en el
tiempo, está generando un riesgo concreto de grave afectación a la prestación del
servicio. El incremento de coste de operación experimentado queda justificado, por un
lado, por la variación experimentada por el IPC entre mayo de 2020 y mayo de 2024 que
se concreta en Cataluña en un 19,7 % y, por otro lado, en el incremento del coste
observado en pujas de servicios de operación realizadas por otras administraciones que
presentan valores cercanos al 30 %.
Este incremento de coste de operación es especialmente grave si se tiene en cuenta
que los sistemas públicos de saneamiento afectados son 133 depuradoras de aguas
residuales, de un total de 554 que existen en Cataluña, que afecta a 2.420.359
habitantes equivalentes y que son gestionados por 32 entes gestores. Además, buena
parte de los sistemas públicos de saneamiento en alta afectados se encuentran en zonas
costeras y en zonas especialmente afectadas por la sequía, por lo que resulta
imprescindible e inaplazable que su vertido se produce en las condiciones adecuadas sin
afectar a la calidad de un recurso imprescindible como el agua, lo que a día de hoy no
puede garantizarse sin corregir el desequilibrio económico de dichos entes gestores.
Asimismo, en determinados sistemas que vierten a cauces especialmente afectados por
la sequía ya aquellos que pueden afectar a posteriores captaciones de agua para uso de
boca se les pidió un esfuerzo suplementario para garantizar la calidad de las masas de
agua y el suministro de agua potable.
El adecuado tratamiento de las aguas residuales, además, es requisito para no
frustrar las posibilidades de reutilización del agua tratada y regenerada. La posibilidad de
uso de esta agua permite liberar agua de mejor calidad para atender a usos prioritarios y
que requieren de mayor calidad como es el agua de consumo humano y baño. El agua
es un bien escaso, por lo que no se puede derrochar menos en un contexto de cambio
climático.
Estos datos evidencian la vinculación existente entre disponer de los fondos
indispensables por la prestación eficiente del servicio y su insuficiencia con el
correspondiente colapso del servicio y las correlativas consecuencias negativas por la
salud de las personas en el medio ambiente. Por tanto, este riesgo de quiebra en la
prestación de servicio mencionado y las consecuencias que se pueden derivar,
constituye, por tanto, el presupuesto de urgente y extraordinaria necesidad para la

cve: BOE-A-2024-16938
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Núm. 198