III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2024-16829)
Resolución de 26 de julio de 2024, del Consorcio para el Diseño, la Construcción, el Equipamiento y la Explotación de la Plataforma Oceánica de Canarias, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, para la cooperación educativa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 195
Martes 13 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105742
colaboradora. Los horarios serán compatibles con la actividad académica, formativa y de
representación y participación desarrollada por el estudiante en la ULPGC.
2. Los estudiantes deberán cumplir las normas de régimen interno de PLOCAN y
seguir las indicaciones de la persona designada por la entidad para las funciones de
tutorización. Deberán aplicarse con diligencia a las tareas que se les encomienden, de
las cuales guardarán secreto profesional y deber de confidencialidad durante su estancia
y una vez finalizada esta. En caso de ausencia será necesario comunicarlo y justificarlo
al Centro responsable de la ULPGC. El régimen de permisos del estudiante será
consensuado por los tutores de ambas partes con respeto en todo caso a los permisos a
los que el estudiante tenga derecho con arreglo a la normativa vigente.
3. Por causas debidamente justificadas, de acuerdo con lo indicado en el artículo 24
del Reglamento de Prácticas Académicas Externas de la ULPGC, cualquiera de las partes
podrá rescindir el período de prácticas. Si PLOCAN lo considera conveniente, la ULPGC
gestionará la incorporación de un nuevo estudiante que iniciará su período de formación a
la mayor brevedad posible.
4. Si alguna de las partes firmantes de este convenio o los estudiantes, desearan
utilizar los resultados parciales o finales de su actividad en la entidad colaboradora, en
parte o en su totalidad para su publicación como artículo, conferencia, tesis, memoria, etc.
deberá solicitar la conformidad de la otra parte por escrito, quien deberá responder en un
plazo máximo de cuarenta y cinco días, comunicando su autorización, sus reservas o su
disconformidad. Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta se entenderá que el
silencio es la tácita autorización para su difusión.
5. Los derechos de propiedad industrial registrables que se puedan derivar de los
resultados de la práctica llevada a cabo por el estudiante corresponderán a la entidad
colaboradora. En lo referente a la propiedad intelectual, se respetará siempre el
reconocimiento de la autoría del trabajo por el estudiante, pudiendo pactarse directamente
entre el mismo y la entidad una excepción a este principio general.
Seguro de responsabilidad civil y de accidentes.
Todos los estudiantes de la ULPGC que estén matriculados en alguna de sus
enseñanzas oficiales o propias están cubiertos por un seguro de responsabilidad civil de
daños a terceros que pueda ocasionar el estudiante en la entidad colaboradora, mediante
póliza que la ULPGC tiene suscrita a tales efectos.
La ULPGC garantiza también la cobertura de accidentes personales que puedan
sufrir los estudiantes durante las prácticas académicas externas mediante una póliza
colectiva suscrita a tal efecto.
El seguro escolar cubre la asistencia sanitaria a los menores de 28 años
matriculados en enseñanzas oficiales de los respectivos centros de la ULPGC y al
corriente de la cuota correspondiente. El ámbito temporal de cobertura es el año escolar.
El marco de aplicación es el territorio nacional, de acuerdo con el principio de
territorialidad recogido en la Ley General de la Seguridad Social. En el caso de los
estudiantes mayores de 28 años o de aquellos matriculados en enseñanzas propias de
la ULPGC, corresponderá a la Coordinación de Prácticas de la Titulación asegurarse de
que el estudiante esté cubierto por el correspondiente seguro de accidente y cuantos
puedan resultar obligatorios, en el caso de realización de prácticas académicas externas.
En el caso de prácticas internacionales, y con independencia de la modalidad de
prácticas, los estudiantes deberán suscribir un seguro de accidente que incluya la
repatriación y un seguro de responsabilidad civil, si la entidad colaboradora extranjera no
garantiza dichas coberturas con las correspondientes pólizas.
F.
Ayudas al estudio.
1. En las prácticas curriculares, PLOCAN podrá abonar mensualmente al estudiante
una cantidad en concepto de bolsa o ayuda al estudio.
cve: BOE-A-2024-16829
Verificable en https://www.boe.es
E.
Núm. 195
Martes 13 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105742
colaboradora. Los horarios serán compatibles con la actividad académica, formativa y de
representación y participación desarrollada por el estudiante en la ULPGC.
2. Los estudiantes deberán cumplir las normas de régimen interno de PLOCAN y
seguir las indicaciones de la persona designada por la entidad para las funciones de
tutorización. Deberán aplicarse con diligencia a las tareas que se les encomienden, de
las cuales guardarán secreto profesional y deber de confidencialidad durante su estancia
y una vez finalizada esta. En caso de ausencia será necesario comunicarlo y justificarlo
al Centro responsable de la ULPGC. El régimen de permisos del estudiante será
consensuado por los tutores de ambas partes con respeto en todo caso a los permisos a
los que el estudiante tenga derecho con arreglo a la normativa vigente.
3. Por causas debidamente justificadas, de acuerdo con lo indicado en el artículo 24
del Reglamento de Prácticas Académicas Externas de la ULPGC, cualquiera de las partes
podrá rescindir el período de prácticas. Si PLOCAN lo considera conveniente, la ULPGC
gestionará la incorporación de un nuevo estudiante que iniciará su período de formación a
la mayor brevedad posible.
4. Si alguna de las partes firmantes de este convenio o los estudiantes, desearan
utilizar los resultados parciales o finales de su actividad en la entidad colaboradora, en
parte o en su totalidad para su publicación como artículo, conferencia, tesis, memoria, etc.
deberá solicitar la conformidad de la otra parte por escrito, quien deberá responder en un
plazo máximo de cuarenta y cinco días, comunicando su autorización, sus reservas o su
disconformidad. Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta se entenderá que el
silencio es la tácita autorización para su difusión.
5. Los derechos de propiedad industrial registrables que se puedan derivar de los
resultados de la práctica llevada a cabo por el estudiante corresponderán a la entidad
colaboradora. En lo referente a la propiedad intelectual, se respetará siempre el
reconocimiento de la autoría del trabajo por el estudiante, pudiendo pactarse directamente
entre el mismo y la entidad una excepción a este principio general.
Seguro de responsabilidad civil y de accidentes.
Todos los estudiantes de la ULPGC que estén matriculados en alguna de sus
enseñanzas oficiales o propias están cubiertos por un seguro de responsabilidad civil de
daños a terceros que pueda ocasionar el estudiante en la entidad colaboradora, mediante
póliza que la ULPGC tiene suscrita a tales efectos.
La ULPGC garantiza también la cobertura de accidentes personales que puedan
sufrir los estudiantes durante las prácticas académicas externas mediante una póliza
colectiva suscrita a tal efecto.
El seguro escolar cubre la asistencia sanitaria a los menores de 28 años
matriculados en enseñanzas oficiales de los respectivos centros de la ULPGC y al
corriente de la cuota correspondiente. El ámbito temporal de cobertura es el año escolar.
El marco de aplicación es el territorio nacional, de acuerdo con el principio de
territorialidad recogido en la Ley General de la Seguridad Social. En el caso de los
estudiantes mayores de 28 años o de aquellos matriculados en enseñanzas propias de
la ULPGC, corresponderá a la Coordinación de Prácticas de la Titulación asegurarse de
que el estudiante esté cubierto por el correspondiente seguro de accidente y cuantos
puedan resultar obligatorios, en el caso de realización de prácticas académicas externas.
En el caso de prácticas internacionales, y con independencia de la modalidad de
prácticas, los estudiantes deberán suscribir un seguro de accidente que incluya la
repatriación y un seguro de responsabilidad civil, si la entidad colaboradora extranjera no
garantiza dichas coberturas con las correspondientes pólizas.
F.
Ayudas al estudio.
1. En las prácticas curriculares, PLOCAN podrá abonar mensualmente al estudiante
una cantidad en concepto de bolsa o ayuda al estudio.
cve: BOE-A-2024-16829
Verificable en https://www.boe.es
E.