III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-16773)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Green Capital Power, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica "Dalia", de 107,54 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de El Burgo Ranero, Valdepolo y Santas Martas (León).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 105555

General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y León
informa favorablemente el trazado.
– El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con los aspectos
adicionales que se incorporan en el condicionado de la DIA y, en particular, lo indicado
en el apartado iii).
Igualmente, cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la
DIA debían estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una
adenda al mismo, con el desglose para la identificación de cada una de las medidas
definidas en la citada DIA, previamente a su aprobación.
A los efectos de la obtención de la presente autorización administrativa previa de las
modificaciones sobre el proyecto y autorización administrativa de construcción, con
fechas 5 de mayo y 17 de noviembre de 2023, el promotor presentó documentación
acreditativa del cumplimiento de los requisitos impuestos en la declaración de impacto
ambiental y en la citada Resolución de autorización administrativa previa, incluyendo
declaración responsable en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53.4 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Red subterránea a 30 kV, que conectará los centros de transformación de la planta
con la subestación eléctrica «SET Ranero 30/132 kV».
– Subestación eléctrica «SET Ranero 30/132 kV».
– Línea eléctrica subterránea a 132 kV «SET Ranero-SET Promotores».
– Subestación eléctrica transformadora «SET Promotores 132/400 kV».
– Línea eléctrica aérea a 400 kV «SET Promotores-SET Luengos 400 kV REE».
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, con fechas 11 de mayo de 2021, 8 de noviembre de 2023 y 17
de noviembre de 2023, declaraciones responsables que acreditan el cumplimiento de la
normativa que le es de aplicación.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo con alegaciones, que han sido analizadas e incorporadas en la
resolución.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa
previa y autorización administrativa de construcción del proyecto.
Esta autorización se va a conceder sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones
que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a
cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin
perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución
de la obra.

cve: BOE-A-2024-16773
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Núm. 194