III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16742)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con la Moción relativa a las medidas para promover la rendición de las cuentas generales y la reducción de los plazos de rendición de cuentas en el sector público local.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105342
accidentales (el 21 %) y por acumulación (el 19 %), correspondiendo el resto a los demás
sistemas de provisión. En relación con el elevado porcentaje que representan los puestos
ocupados mediante nombramientos interinos, cabe reseñar que se desempeñan por
personal que no tiene la condición de funcionario con habilitación nacional y al que se exige
únicamente estar en posesión de la titulación exigida para el acceso al subgrupo A1, lo que
implica que no existen garantías suficientes de disponer de la formación adecuada para el
desempeño de las funciones que corresponden al órgano de Intervención.
Asimismo, una de las formas de provisión definitiva, el concurso, da lugar a la adjudicación
de un número significativo de puestos de intervención a través del concurso unitario anual,
cuya resolución suele producirse justo antes del proceso de formación de la cuenta general,
lo que puede repercutir en una demora en la realización de los trámites conducentes a dicha
formación en aquellas entidades en las que se adjudiquen puestos convocados mediante el
citado procedimiento. Aunque está prevista la posibilidad de diferimiento del cese del
funcionario anterior durante un periodo máximo de tres meses, por necesidades del servicio,
ello requiere la conformidad de los presidentes de las entidades locales en que haya de
cesar y tomar posesión, lo cual no garantiza que se hayan finalizado las tareas de formación
de la cuenta general en el momento del cese.
En consecuencia, debería preverse como requisito para la toma de posesión en un puesto
adjudicado en el mencionado concurso unitario, que se hayan culminado los trabajos
relativos a la formación de la cuenta general en el puesto anterior; exigencia que sería
susceptible de extenderse a otras formas de adjudicación de un nuevo puesto, como la libre
designación o la comisión de servicios, así como al cumplimiento de otras obligaciones,
como la remisión de la información en materia de control interno.
Por otra parte, entre la información general que deben comunicar anualmente los
interventores locales, a través de la Plataforma de Rendición de Cuentas, se incluye una
evaluación acerca de si el órgano de Intervención dispone, a su juicio, de medios personales
y materiales suficientes para llevar a cabo sus funciones, en aplicación de lo dispuesto en el
artículo 4.3 del citado Real Decreto 424/2017, que prevé que “el órgano interventor dispondrá
de un modelo de control eficaz y para ello se le deberán habilitar los medios necesarios y
suficientes”. En caso de manifestarse que los citados medios no son suficientes, también se
solicita información acerca de si han comunicado dicha circunstancia al Pleno de la
Corporación, con objeto de que se le habiliten los recursos que sean precisos.
De acuerdo con la información remitida por los órganos de Intervención local a través de la
Plataforma de Rendición de Cuentas, correspondiente al ejercicio 2019, el 61 % de los
titulares de la Intervención consideraban no disponer de medios personales y materiales
suficientes, frente al 39 % que sí apreciaban la suficiencia de medios. En el caso de los
primeros, a su vez, el 46 % de los interventores indicaron haber comunicado dicha
insuficiencia al Pleno, mientras que el 54 % restante no lo había efectuado.
En las entidades cuyos órganos de Intervención manifestaban no disponer de medios
suficientes, los niveles de rendición de cuentas son inferiores a los de las entidades que sí
disponían de dichos medios. Así, en relación con las cuentas generales de 2018, frente a un
grado medio de rendición del 82 %, para el grupo de entidades que carecían de medios
suficientes, el de aquellas que sí disponían de medios se elevaba al 87 %, según los datos
referidos a 31 de diciembre de 2019; mientras que, para las cuentas generales de 2019, el
porcentaje de rendición, a 7 de abril de 2021, pasaba del 86 % para las entidades que no
tenían medios suficientes, al 91 % para las restantes, que sí disponían de ellos.
cve: BOE-A-2024-16742
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105342
accidentales (el 21 %) y por acumulación (el 19 %), correspondiendo el resto a los demás
sistemas de provisión. En relación con el elevado porcentaje que representan los puestos
ocupados mediante nombramientos interinos, cabe reseñar que se desempeñan por
personal que no tiene la condición de funcionario con habilitación nacional y al que se exige
únicamente estar en posesión de la titulación exigida para el acceso al subgrupo A1, lo que
implica que no existen garantías suficientes de disponer de la formación adecuada para el
desempeño de las funciones que corresponden al órgano de Intervención.
Asimismo, una de las formas de provisión definitiva, el concurso, da lugar a la adjudicación
de un número significativo de puestos de intervención a través del concurso unitario anual,
cuya resolución suele producirse justo antes del proceso de formación de la cuenta general,
lo que puede repercutir en una demora en la realización de los trámites conducentes a dicha
formación en aquellas entidades en las que se adjudiquen puestos convocados mediante el
citado procedimiento. Aunque está prevista la posibilidad de diferimiento del cese del
funcionario anterior durante un periodo máximo de tres meses, por necesidades del servicio,
ello requiere la conformidad de los presidentes de las entidades locales en que haya de
cesar y tomar posesión, lo cual no garantiza que se hayan finalizado las tareas de formación
de la cuenta general en el momento del cese.
En consecuencia, debería preverse como requisito para la toma de posesión en un puesto
adjudicado en el mencionado concurso unitario, que se hayan culminado los trabajos
relativos a la formación de la cuenta general en el puesto anterior; exigencia que sería
susceptible de extenderse a otras formas de adjudicación de un nuevo puesto, como la libre
designación o la comisión de servicios, así como al cumplimiento de otras obligaciones,
como la remisión de la información en materia de control interno.
Por otra parte, entre la información general que deben comunicar anualmente los
interventores locales, a través de la Plataforma de Rendición de Cuentas, se incluye una
evaluación acerca de si el órgano de Intervención dispone, a su juicio, de medios personales
y materiales suficientes para llevar a cabo sus funciones, en aplicación de lo dispuesto en el
artículo 4.3 del citado Real Decreto 424/2017, que prevé que “el órgano interventor dispondrá
de un modelo de control eficaz y para ello se le deberán habilitar los medios necesarios y
suficientes”. En caso de manifestarse que los citados medios no son suficientes, también se
solicita información acerca de si han comunicado dicha circunstancia al Pleno de la
Corporación, con objeto de que se le habiliten los recursos que sean precisos.
De acuerdo con la información remitida por los órganos de Intervención local a través de la
Plataforma de Rendición de Cuentas, correspondiente al ejercicio 2019, el 61 % de los
titulares de la Intervención consideraban no disponer de medios personales y materiales
suficientes, frente al 39 % que sí apreciaban la suficiencia de medios. En el caso de los
primeros, a su vez, el 46 % de los interventores indicaron haber comunicado dicha
insuficiencia al Pleno, mientras que el 54 % restante no lo había efectuado.
En las entidades cuyos órganos de Intervención manifestaban no disponer de medios
suficientes, los niveles de rendición de cuentas son inferiores a los de las entidades que sí
disponían de dichos medios. Así, en relación con las cuentas generales de 2018, frente a un
grado medio de rendición del 82 %, para el grupo de entidades que carecían de medios
suficientes, el de aquellas que sí disponían de medios se elevaba al 87 %, según los datos
referidos a 31 de diciembre de 2019; mientras que, para las cuentas generales de 2019, el
porcentaje de rendición, a 7 de abril de 2021, pasaba del 86 % para las entidades que no
tenían medios suficientes, al 91 % para las restantes, que sí disponían de ellos.
cve: BOE-A-2024-16742
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