III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16734)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las Subvenciones relacionadas con el COVID-19 convocadas por las comunidades autónomas y ciudades autónomas sin órgano de control externo propio, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 104114
subvenciones analizadas se establecieron planes que previeran dicha verificación y, en todo caso,
si se realizaron las comprobaciones posteriores previstas en las BBRR o en las convocatorias.
Por último, se han analizado algunas cuestiones asociadas a la eficacia de las subvenciones en el
cumplimiento de los fines perseguidos. En concreto, y teniendo en cuenta la naturaleza
excepcional de las convocatorias analizadas, que se materializó en el empleo de la concesión
directa como procedimiento más habitual, se ha analizado el grado de ejecución de las
convocatorias durante 2020 así como los plazos transcurridos desde la publicación de las BBRR
hasta el pago de las subvenciones.
II.4.1. Concesión, justificación y pago de las ayudas
Teniendo en cuenta que algunas de las 78 convocatorias de la muestra tenían un plazo de
presentación de solicitudes que incluía meses de 2021, el análisis de la documentación formal
relativa a la concesión, justificación y pago se ha realizado sobre las 72 tramitadas en 2020. De
cada una de ellas se ha seleccionado una muestra de expedientes a los efectos de verificar tanto
la documentación presentada junto con las solicitudes como la emitida por los distintos órganos
responsables de la verificación, concesión y pago de la subvención.
Verificación formal de la documentación relativa a la concesión, justificación y pago
Convocatorias derivadas de planes nacionales
Se han analizado 166 de los 3.484 expedientes de beneficiarios de las ayudas al arrendamiento
de la vivienda habitual y 125 de los 186 correspondientes a las ayudas al sector del vino sin que
se hayan detectado irregularidades.
Además, en relación con las ayudas al arrendamiento de vivienda habitual se ha realizado un
análisis específico para determinar si la financiación recibida por los beneficiarios procedente de
distintas administraciones resultaba superior al importe a abonar por el alquiler de la vivienda.
cve: BOE-A-2024-16734
Verificable en https://www.boe.es
El apartado 4 del artículo 10 del RD-L 11/2020 establece una cuantía para la ayuda de los
alquileres de vivienda habitual de hasta 900 euros al mes y de hasta el 100 % de la renta
arrendaticia o, en su caso, de hasta el 100 % del principal e intereses del préstamo con el que se
haya satisfecho el pago del alquiler de la vivienda habitual, si bien serían las Comunidades y las
Ciudades Autónomas las que determinaran la cuantía exacta. El siguiente cuadro muestra, por
cada una de ellas, el número de beneficiarios del programa en el ejercicio 2020, los importes
medios de las subvenciones, las cuantías máximas establecidas en las respectivas convocatorias
y el porcentaje que representa la ayuda concedida respecto a dicho máximo.
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 104114
subvenciones analizadas se establecieron planes que previeran dicha verificación y, en todo caso,
si se realizaron las comprobaciones posteriores previstas en las BBRR o en las convocatorias.
Por último, se han analizado algunas cuestiones asociadas a la eficacia de las subvenciones en el
cumplimiento de los fines perseguidos. En concreto, y teniendo en cuenta la naturaleza
excepcional de las convocatorias analizadas, que se materializó en el empleo de la concesión
directa como procedimiento más habitual, se ha analizado el grado de ejecución de las
convocatorias durante 2020 así como los plazos transcurridos desde la publicación de las BBRR
hasta el pago de las subvenciones.
II.4.1. Concesión, justificación y pago de las ayudas
Teniendo en cuenta que algunas de las 78 convocatorias de la muestra tenían un plazo de
presentación de solicitudes que incluía meses de 2021, el análisis de la documentación formal
relativa a la concesión, justificación y pago se ha realizado sobre las 72 tramitadas en 2020. De
cada una de ellas se ha seleccionado una muestra de expedientes a los efectos de verificar tanto
la documentación presentada junto con las solicitudes como la emitida por los distintos órganos
responsables de la verificación, concesión y pago de la subvención.
Verificación formal de la documentación relativa a la concesión, justificación y pago
Convocatorias derivadas de planes nacionales
Se han analizado 166 de los 3.484 expedientes de beneficiarios de las ayudas al arrendamiento
de la vivienda habitual y 125 de los 186 correspondientes a las ayudas al sector del vino sin que
se hayan detectado irregularidades.
Además, en relación con las ayudas al arrendamiento de vivienda habitual se ha realizado un
análisis específico para determinar si la financiación recibida por los beneficiarios procedente de
distintas administraciones resultaba superior al importe a abonar por el alquiler de la vivienda.
cve: BOE-A-2024-16734
Verificable en https://www.boe.es
El apartado 4 del artículo 10 del RD-L 11/2020 establece una cuantía para la ayuda de los
alquileres de vivienda habitual de hasta 900 euros al mes y de hasta el 100 % de la renta
arrendaticia o, en su caso, de hasta el 100 % del principal e intereses del préstamo con el que se
haya satisfecho el pago del alquiler de la vivienda habitual, si bien serían las Comunidades y las
Ciudades Autónomas las que determinaran la cuantía exacta. El siguiente cuadro muestra, por
cada una de ellas, el número de beneficiarios del programa en el ejercicio 2020, los importes
medios de las subvenciones, las cuantías máximas establecidas en las respectivas convocatorias
y el porcentaje que representa la ayuda concedida respecto a dicho máximo.