III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16734)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las Subvenciones relacionadas con el COVID-19 convocadas por las comunidades autónomas y ciudades autónomas sin órgano de control externo propio, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 104113

CUADRO 15. CONVOCATORIAS REGISTRADAS EN LA BDNS DESPUÉS DEL INICIO DEL
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
(miles de euros)
Fecha de inicio de
plazo para
presentación de
solicitudes

Fecha de
incorporación
en la BDNS

9.000

29/05/2020

02/06/2020

SODERCAN

275

23/11/2020

24/11/2020

Cantabria

SODERCAN

6.100

31/12/2020

11/01/2021

554435

Cantabria

Consejería de Empleo y
Políticas Sociales

1.600

09/05/2020

23/03/2021

527944

Extremadura

DG de Empresa

2.197

13/05/2020

13/10/2020

513028

Extremadura48

SEXPE

10.000

12/05/2020

29/06/2020

544747

La Rioja

Consejería de
Sostenibilidad y Transición
Ecológica

81

31/12/2020

15/01/2021

Nº BDNS

Administración

Consejería/Organismo

508636

Cantabria

SODERCAN

535302

Cantabria

543814

Importe

Fuente: Elaboración propia a partir de la información publicada en la BDNS y la aportada por las Comunidades.

II.4. ENTREGA DE LAS AYUDAS
Convocada una subvención, comienza la fase de presentación y revisión de solicitudes de manera
que en caso de que cumplan los requisitos exigidos se les concede una cantidad concreta para su
posterior pago, debiendo justificarse el empleo de los fondos percibidos mediante la revisión de
las justificaciones presentadas al ente concedente. Ahora bien, es posible que el orden descrito se
vea alterado por las circunstancias previstas en las BBRR o en la convocatoria. Así, en la muestra
analizada se han identificado subvenciones en las que la no existía convocatoria previa al
publicarse directamente la concesión directa de la ayuda, otras en las que la justificación era
previa a la concesión y otras en las que los pagos solo se produjeron previa justificación.

Además, se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos de publicidad exigidos en la
normativa de aplicación.
Por otra parte, el artículo 32 de la LGS, de carácter básico, prevé que los órganos gestores o
entidades colaboradoras comprueben no solo la adecuada justificación de las subvenciones, sino
también la realización de las actividades y el cumplimiento de las finalidades. Esta previsión se
concreta en la obligación del artículo 85 del RGS de elaborar anualmente un plan de actuación
para comprobar la realización de las actividades subvencionadas. Sin embargo, esta previsión no
se recoge de manera general en la normativa autonómica. Por ello, se ha verificado si para las

cve: BOE-A-2024-16734
Verificable en https://www.boe.es

Los resultados se presentan siguiendo la estructura del epígrafe II.4.1, de manera que se incluyen
agregados los relativos a las convocatorias derivadas del programa de arrendamiento de vivienda
habitual con motivo del COVID-19 incluido en el Plan Nacional de Vivienda 2018-2021, para
después exponer los resultados del análisis de las convocatorias de cada Comunidad y Ciudad
Autónoma.