III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16734)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las Subvenciones relacionadas con el COVID-19 convocadas por las comunidades autónomas y ciudades autónomas sin órgano de control externo propio, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 104099
El Acuerdo del Pleno de la Asamblea de fecha 21 de mayo de 2020 relativo a la aprobación del
Plan de medidas de apoyo económico destinado a las empresas y familias melillenses en relación
con el impacto producido por el COVID-19 establece que las líneas de actuación de carácter
subvencional recogidas en el plan formarán parte del PES, lo que resulta de conformidad con lo
dispuesto en las disposiciones normativas del PES vigente.
El Plan contiene tres líneas de actuación: el Plan Soporte, el Plan Sostiene y el Plan Reinicia que
encuentran su reflejo inicialmente en tres convocatorias33. Sin embargo, no incorporan los costes
previstos y la financiación específica -requisitos exigidos en el artículo 8 de la LGS- y tampoco se
ajustan a las previsiones del artículo 12 del RGS que exige incorporar el régimen de seguimiento y
evaluación continua, a pesar de que la obligación de su inclusión había sido recogida en el PES.
Posteriormente, estas tres líneas se complementaron con otras dos convocatorias34 para atender
a colectivos que no pudieron acogerse a ellas que, sin embargo, no se incorporaron al PES
mediante la correspondiente modificación. Tampoco se incorporó la 12ª línea de actuación del
Acuerdo correspondiente que recoge la ayuda al arrendamiento de vivienda habitual durante los
meses de mayo a diciembre de 2020 y que complementa la convocatoria por importe de 100 miles
de euros ya existente a la fecha de la aprobación del Plan.
En conjunto, no fueron incorporadas al PES 38 de las 43 subvenciones convocadas por importe
de 6.562 miles de euros -a pesar de haberse tramitado una modificación del Plan en septiembre
de 2020-. De estas subvenciones no se han realizado informes o memorias y tampoco de las que
sí se habían incluido en el Plan.
La ausencia de PES actualizados junto con la falta de elaboración de informes de seguimiento
evidencia la falta de planificación estratégica y la determinación de objetivos medibles e
indicadores en relación con las convocatorias que traen su causa en el COVID-19.
El PES 2020-2022 aparece publicado en el Portal de Transparencia, al igual que la modificación
efectuada, de conformidad con la LTBG así como con el Decreto de 14 de julio de 2016, por el
que se aprueba el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad
Autónoma de Melilla. Sin embargo, no se ha publicado en el portal el Acuerdo del Pleno de la
Asamblea de 21 de mayo de 2020.
II.2. CONTROL INTERNO
II.2.1. Control de la Intervención General
Por lo que se refiere al marco general fijado en las correspondientes leyes de hacienda, solo el
Decreto-Ley de Extremadura 3/2020, de 25 de marzo, por el que se aprueban medidas urgentes y
extraordinarias en el ámbito administrativo para responder al impacto de la crisis ocasionada por
33
Números de la BDNS 532982, 532976 y 515496.
34
Números de la BDNS 535280 y 535281.
cve: BOE-A-2024-16734
Verificable en https://www.boe.es
El control interno del conjunto de la actividad financiera de las Comunidades y Ciudades
Autónomas y de los actos con contenido económico que la integran se realiza por las
Intervenciones Generales, con la finalidad de procurar el mejor cumplimiento de los principios de
legalidad, economía, eficiencia y eficacia. Este control se ejerce mediante la función interventora y
el control financiero.
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 104099
El Acuerdo del Pleno de la Asamblea de fecha 21 de mayo de 2020 relativo a la aprobación del
Plan de medidas de apoyo económico destinado a las empresas y familias melillenses en relación
con el impacto producido por el COVID-19 establece que las líneas de actuación de carácter
subvencional recogidas en el plan formarán parte del PES, lo que resulta de conformidad con lo
dispuesto en las disposiciones normativas del PES vigente.
El Plan contiene tres líneas de actuación: el Plan Soporte, el Plan Sostiene y el Plan Reinicia que
encuentran su reflejo inicialmente en tres convocatorias33. Sin embargo, no incorporan los costes
previstos y la financiación específica -requisitos exigidos en el artículo 8 de la LGS- y tampoco se
ajustan a las previsiones del artículo 12 del RGS que exige incorporar el régimen de seguimiento y
evaluación continua, a pesar de que la obligación de su inclusión había sido recogida en el PES.
Posteriormente, estas tres líneas se complementaron con otras dos convocatorias34 para atender
a colectivos que no pudieron acogerse a ellas que, sin embargo, no se incorporaron al PES
mediante la correspondiente modificación. Tampoco se incorporó la 12ª línea de actuación del
Acuerdo correspondiente que recoge la ayuda al arrendamiento de vivienda habitual durante los
meses de mayo a diciembre de 2020 y que complementa la convocatoria por importe de 100 miles
de euros ya existente a la fecha de la aprobación del Plan.
En conjunto, no fueron incorporadas al PES 38 de las 43 subvenciones convocadas por importe
de 6.562 miles de euros -a pesar de haberse tramitado una modificación del Plan en septiembre
de 2020-. De estas subvenciones no se han realizado informes o memorias y tampoco de las que
sí se habían incluido en el Plan.
La ausencia de PES actualizados junto con la falta de elaboración de informes de seguimiento
evidencia la falta de planificación estratégica y la determinación de objetivos medibles e
indicadores en relación con las convocatorias que traen su causa en el COVID-19.
El PES 2020-2022 aparece publicado en el Portal de Transparencia, al igual que la modificación
efectuada, de conformidad con la LTBG así como con el Decreto de 14 de julio de 2016, por el
que se aprueba el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad
Autónoma de Melilla. Sin embargo, no se ha publicado en el portal el Acuerdo del Pleno de la
Asamblea de 21 de mayo de 2020.
II.2. CONTROL INTERNO
II.2.1. Control de la Intervención General
Por lo que se refiere al marco general fijado en las correspondientes leyes de hacienda, solo el
Decreto-Ley de Extremadura 3/2020, de 25 de marzo, por el que se aprueban medidas urgentes y
extraordinarias en el ámbito administrativo para responder al impacto de la crisis ocasionada por
33
Números de la BDNS 532982, 532976 y 515496.
34
Números de la BDNS 535280 y 535281.
cve: BOE-A-2024-16734
Verificable en https://www.boe.es
El control interno del conjunto de la actividad financiera de las Comunidades y Ciudades
Autónomas y de los actos con contenido económico que la integran se realiza por las
Intervenciones Generales, con la finalidad de procurar el mejor cumplimiento de los principios de
legalidad, economía, eficiencia y eficacia. Este control se ejerce mediante la función interventora y
el control financiero.