III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16734)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las Subvenciones relacionadas con el COVID-19 convocadas por las comunidades autónomas y ciudades autónomas sin órgano de control externo propio, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 104080

En relación con la convocatoria específica de subvenciones con motivo del COVID-19
El artículo 22 de la LGS (precepto de carácter básico) establece que el procedimiento ordinario de
concesión es la concurrencia competitiva, si bien se admite la concesión directa en determinados
supuestos derivados del interés público, social, económico o humanitario, u otros debidamente
justificadas.
En todas las CCAA analizadas, excepto en La Rioja, se aprobaron normas especiales para la
gestión de las subvenciones relacionadas con el COVID-19.
Comunidad Autónoma de Cantabria
En relación con las subvenciones convocadas por SODERCAN, la Comunidad Autónoma de
Cantabria aprobó la Ley 3/2020, de 28 de mayo, de agilización de las ayudas a tramitar por esta
sociedad para atender a las situaciones económicas derivadas de la pandemia causada por el
COVID-19. Esta Ley atribuyó a la Consejería de Innovación, Industria, Transporte y Comercio la
competencia para ejercer las funciones de comprobación del cumplimiento de los requisitos y
obligaciones de los beneficiarios y las vinculadas al apoyo en la instrucción y tramitación de las
ayudas otorgadas por la sociedad durante un periodo de seis meses. Posteriormente, se aprobó la
Ley 9/2020, de 2 de diciembre, de Agilización de la Tramitación de Ayudas de SODERCAN, cuyo
contenido venía a ser idéntico a la anterior pero extendiéndose el apoyo de la consejería ya a
todas las ayudas y subvenciones convocadas por SODERCAN, no únicamente a las vinculadas
con el COVID-19.
La misma previsión de apoyo se estableció en la Ley 10/2020, de 22 de diciembre, de Agilización
en las Ayudas a Tramitar por la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S.L.
(SRECD) destinadas a paliar los efectos de la pandemia causada por el COVID-19. En este caso,
la Consejería a la que se le asignaron las competencias era la de Universidades, Igualdad, Cultura
y Deporte.
En 2021 se dictaron sendas leyes que ampliaron la vigencia de las anteriores y estaban referidas
específicamente a las subvenciones convocadas con motivo del COVID-19, Ley 5/2021, de 9 de
junio, que afectaba a las ayudas concedidas por SODERCAN y la Ley 6/2021, de 21 de junio, en
relación con las convocadas por SRECD.
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha



Se declararon ampliables los créditos que fueran necesarios para atender los gastos
derivados de la adopción de actos o medidas derivadas de la situación de emergencia
sanitaria provocada por el COVID-19.



Se autorizó a incrementar la cuantía total máxima o estimada de las convocatorias de
subvenciones sin sujeción a las reglas del artículo 23.1 del Reglamento de desarrollo
del TRLH de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por el Decreto
21/2008, de 5 de febrero. Esta medida se amplió hasta el 31 de diciembre de 2021,
mediante la modificación introducida por el Decreto 62/2020.

cve: BOE-A-2024-16734
Verificable en https://www.boe.es

El artículo 8 del Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias
de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por el
COVID-19, recogió medidas especiales sobre la gestión de las convocatorias de subvenciones
aplicables durante el primer estado de alarma: