III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16736)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del otorgamiento de avales del Estado por medio de las líneas ICO para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 104265

de firma de la operación de financiación" por ser operaciones posteriores al 17 de marzo de 2020
(requisito de la Línea Liquidez) y muchas de ellas son anteriores al 29 de julio de 2020 (que es la
fecha a partir de la cual se iniciaron las operaciones de la Línea Inversión).
2.117. Los análisis de los expedientes de la muestra a la que se ha hecho referencia también
permitieron detectar otras discrepancias entre los datos de las operaciones aprobadas por COPER
y los incorporados a Banc@ico que no se pueden detectar analizando, únicamente, los certificados
de COPER. En siete de las operaciones de la muestra (por unos importes totales de 149 millones
de euros de crédito y 102 millones de aval) existían discrepancias en los plazos y/o en el TAE entre
los expedientes de COPER y los datos de Banc@ico.
2.118. Por último, el análisis de los sistemas de control y seguimiento de las operaciones
autorizadas por COPER permite señalar alguna deficiencia de control interno, ya que las bases de
datos proporcionadas por el ICO para el control y seguimiento de las operaciones de COPER eran
hojas de cálculo que no incluían todas las operaciones que realmente fueron autorizadas. El cotejo
de la base de datos proporcionada, con los certificados aprobados por COPER en 2020, puso de
manifiesto que había operaciones aprobadas por COPER que no se habían incluido en tales bases
de datos14.
2.119. El Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, modificó el artículo 29 del Real Decreto-ley
8/2020, en el que se establecieron los avales ICO COVID-19, para disponer que estos avales
también se pudiesen destinar a garantizar pagarés incorporados al MARF, que era una posibilidad
que no se había previsto inicialmente al establecer estos avales. El ACM de 5 de mayo de 2020
aprobó las condiciones aplicables y los requisitos a cumplir para avalar las emisiones de pagarés
incorporados al MARF, hasta un importe de 4.000 millones de euros. Adicionalmente, el ACM de 24
de noviembre de 2020 habilitó un nuevo tramo destinado a avalar las emisiones de pagarés
incorporados al MARF emitidos por empresas en fase de convenio, y otro tramo con el fin de permitir
el acceso a la citada línea de avales a los pagarés de empresas que antes de 23 de abril de 2020
contasen con un programa de pagarés incorporado en el MARF que no estuviera renovado a tal
fecha y que, por tanto, no pudieron acogerse al tramo previsto al efecto en el ACM de 5 de mayo
de 2020.

2.121. El manual de procedimiento interno aprobado por ICO preveía un control automatizado y
validaciones automáticas a realizar por Banc@ico para el control de la gestión de estos avales y
para evitar la superación de los límites marcados por la normativa de ayudas de Estado y de los
límites de emisión fijados en los distintos ACM. Sin embargo, este control de la gestión de los avales
MARF a través de Banc@ico no llegó a implantarse durante el periodo fiscalizado. En 2020 el control
y seguimiento de las operaciones de avales MARF se hizo mediante hojas de cálculo, sin utilizar
14

El ICO señala en sus alegaciones que ha procedido a subsanar y regularizar aquellas operaciones en las que no
coincidían los datos de la propuesta elevada a COPER, con los datos contenidos en los documentos que soportan la
operación y con los comunicados por las entidades financieras a través de Banc@ico.

cve: BOE-A-2024-16736
Verificable en https://www.boe.es

2.120. Para la concesión de estos avales MARF el ICO firmó un contrato bajo el Programa de Avales
Pagarés MARF ICO COVID-19 (contrato marco) con cada una de las empresas que fueran a realizar
emisiones de pagarés, con la entidad Bolsas y Mercados Españoles Renta Fija SAU (encargada de
comprobar los requisitos de las emisiones y remitir la información al ICO) y con la entidad colocadora
y el agente de pagos correspondiente, que participen en las emisiones. El ICO aprobó 45 entidades
elegibles para acceder al aval del Estado en sus emisiones de pagarés MARF en el periodo
fiscalizado y, a 31 de diciembre de 2020, dieciséis de ellas habían suscrito los contratos marco. No
obstante, en el periodo fiscalizado fueron finalmente solo quince las empresas que realizaron
emisiones de pagarés avalados (68 en total) por un importe de 597.200.000 euros de nominal (el
importe del aval ascendió a 410.565.417 euros).