III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16739)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización operativa sobre la eficiencia en el uso de los inmuebles de la Seguridad Social, con especial referencia a la eficiencia energética.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 104868

contrato tiene idéntica redacción que la del expediente detallado en el punto anterior
(una evidente desproporción entre las necesidades objetivas, así como la evolución
creciente del uso de la administración electrónica). Con fecha 24 de noviembre de
2017, se resolvió el contrato de redacción de proyecto y dirección de obras, del que
derivó el pago de una indemnización al contratista por importe de 4.844,53 euros.
La desadscripción del inmueble fue efectuada por la TGSS el 23 diciembre de 2016, si
bien, fue anulada posteriormente para que el INSS procediera a la baja en contabilidad
de las partidas recogidas en la cuenta de Construcciones en curso.
En el año 2017, se iniciaron las actuaciones para proceder a la enajenación del
inmueble en pública subasta, existiendo una tasación de junio de ese año que lo valoró
en 140.868,50 euros. Por tanto, el referido solar, transcurridos 15 años desde su
adquisición, había perdido el 74,43 % de su valor. Por otra parte, el INSS ya ha
procedido a reconocer unas pérdidas por las inversiones efectuadas sobre el mismo,
que totalizan 654.953,16 euros y representan el 54,31 % sobre el importe total
contabilizado52 (en ese momento, el inmueble figuraba registrado por valor de
1.205.857,42 euros).
Los gastos de mantenimiento e impuestos soportados por el INSS en relación con este
inmueble ascienden a 56.234,82 euros.
Finalmente, de acuerdo con información proporcionada por el INSS, la desadscripción
del inmueble ha tenido lugar, nuevamente, en febrero de 2020.


29 007253: Se trata de un solar adquirido y adscrito al INSS en 2005 para la
construcción de la futura sede de la DP y otras dependencias de la Seguridad Social.
El importe de adquisición ascendió a 8.775.020,71 euros.
Posteriormente, por motivos de conveniencia y oportunidad, el INSS consideró no
conveniente la ejecución de las obras, por lo que con fecha de 16 de julio de 2019 se
acordó la resolución por mutuo acuerdo del contrato suscrito en 2007 para la redacción
del proyecto básico y de ejecución y dirección de las obras de construcción.
El solar fue inicialmente desadscrito por la TGSS con fecha 26 de diciembre de 2019, si
bien, la resolución fue anulada para que el INSS procediese a la baja contable de las
partidas recogidas en la cuenta Construcciones en curso, por importe de 3.355.736,71
euros, que representan el 27,66 % del importe total contabilizado54.
Asimismo, han existido gastos por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de, al menos,
58.526,69 euros (no constan datos anteriores a 2012).

Redacción proyecto: 140.000 euros (2006-2008); licencia de obras: 50.753,30 euros (2006-2007); demolición:
75.975,04 euros (2007); y otros: 388.224,82 euros.
53 Ver notas nº 41 y nº 45.
54 Estudio geotécnico: 23.900 euros (2006); redacción de proyecto: 2.677.012,40 euros (2007, 2008, 2013); licencia de
obras: 646.989,03 euros (2008-2010); otros: 7.835,28. No se incluye un importe de 1.549.068,77 euros que han sido
reintegrados en el año 2020 por el Ayuntamiento de Málaga correspondientes al Impuesto sobre Construcciones,
Instalaciones y Obras.

cve: BOE-A-2024-16739
Verificable en https://www.boe.es

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