III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16739)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización operativa sobre la eficiencia en el uso de los inmuebles de la Seguridad Social, con especial referencia a la eficiencia energética.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024



Sec. III. Pág. 104836

Específicamente en relación con los inmuebles, la enajenación, gravamen y demás actos
de disposición, bajo la dirección, vigilancia y tutela del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social (actualmente Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones) y previo
informe de la Entidad a la que estén adscritos (artículo 14.1).

Por último, el artículo 3 del Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regula la
estructura y competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social, atribuye a la Dirección
General de la TGSS las “competencias de dirección, gestión e inspección de las actividades de la
misma para el cumplimiento de sus fines”. Por su parte, el artículo 7 dispone que, en el ámbito
provincial, “son órganos de la Tesorería General de la Seguridad Social sus respectivas
Direcciones Provinciales”, correspondiendo al Director Provincial la representación del organismo
y quien debe velar por “el cumplimiento de sus fines, asumiendo las competencias de dirección,
ejecución, control e inspección de sus actividades en el ámbito provincial”.
I.6.2. El Inventario General de Bienes y Derechos de la Seguridad Social
El artículo 5 del RDPSS atribuye a la TGSS la competencia para la “formación, actualización y
contabilización del Inventario General de Bienes y Derechos de la Seguridad Social, respecto de
aquellos que constituyen el patrimonio de la misma, cualquiera que sea la forma de adquisición y
la Entidad a la que figuren adscritos, a excepción de los bienes muebles adquiridos por la Entidad
o Servicio Común que haya de utilizarlos y los derechos de créditos derivados de operaciones
corrientes de las mismas”. En relación con estos últimos, el propio artículo 5, en su apartado 2,
dispone que “El inventario de los bienes muebles, necesarios para el desenvolvimiento de los
servicios, ornato y decoración de las respectivas dependencias se formará, actualizará y
contabilizará por la Entidad Gestora, Servicio Común o Mutua de Accidentes de Trabajo y
Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social que los posea, use o disfrute”.
Por su parte, el artículo 2 de la Orden de 10 de septiembre de 2001 sobre actualización de los
inventarios de bienes y derechos de la Seguridad Social, dispone que “Será actualizado por la
Tesorería General de la Seguridad Social el registro administrativo de los elementos patrimoniales
figurados o que deban figurar en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Seguridad
Social, cualquiera que sea la forma de adquisición y la Administración o entidad a la que figuren
transferidos, adscritos o cedidos (…)”, y el artículo 4 refleja los datos y características que debe
registrar el inventario, distinguiendo las siguientes categorías de datos: administrativos, físicos,
otros datos jurídicos, económicos y urbanísticos9.
Las competencias para la gestión de los inmuebles y los derechos sobre los mismos y la
actualización de los datos del mencionado inventario recaen, con carácter general, en las
Direcciones Provinciales (DDPP) de la TGSS. Por su parte, la Dirección General es responsable,
fundamentalmente, de las labores de supervisión, asesoramiento, coordinación y
homogeneización en la actuación de las citadas DDPP.

9

En el anexo número 2 se reproduce literalmente el artículo 4 de la Orden de 10 de septiembre de 2001 sobre
actualización de los inventarios de bienes y derechos de la Seguridad Social, donde se relaciona la información que
debe figurar en cada categoría de datos en el inventario.

cve: BOE-A-2024-16739
Verificable en https://www.boe.es

Para la gestión del inventario de bienes inmuebles y de los derechos sobre los mismos, la TGSS
utiliza una aplicación informática denominada IGBISS que contiene el registro actualizado de la