III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16733)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las medidas tomadas por el Grupo RENFE en relación con las restricciones de movilidad de viajeros implantadas durante el ejercicio 2020.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 104023
cumplida la primera de las recomendaciones formuladas en el Informe n.º 1.057, indicándose para
las otras dos recomendaciones lo siguiente:
• La recomendación segunda, en la que se proponía que RO y las sociedades mercantiles en las
que se segregó su actividad implantaran un sistema de contabilidad analítica normalizado, se
consideró en proceso de ser cumplida, pues únicamente RV contaba en ese momento con un
modelo de contabilidad analítica y un manual de procedimientos, y RFM disponía de programa
informático o módulo analítico que permitía presentar los ingresos, los costes y los márgenes,
por líneas de negocio. Para el resto de entidades, se señalaba que RO tenía implantada una
contabilidad de gestión; RM tenía una contabilidad de gestión y estaba desarrollando la
contabilidad analítica; y RA era la que menos desarrollada tenía la contabilidad de gestión debido
a las características de la propia actividad que realiza y a que los servicios que presta se derivan
de un contrato.
• La recomendación tercera, que señalaba la conveniencia de que se aprobaran unas directrices
marco para las actuaciones de patrocinio y que estas se regularan por instrucciones internas
escritas, también se consideró en proceso de ser cumplida pues, aunque directrices e
instrucciones se habían aprobado con fecha 6 de abril de 2018, se encontraban en fase de
implementación.
De las comprobaciones efectuadas en el curso de la presente fiscalización se han obtenido los
siguientes resultados referidos al cumplimiento de las recomendaciones segunda y tercera:
• Respecto a la recomendación segunda, durante el año 2019 RM puso en funcionamiento su
módulo de contabilidad analítica y cuenta con un manual de gestión para la automatización de la
contabilidad analítica. En el caso de RO, como matriz de Grupo, su actividad es, en la mayoría
de los casos, de prestación de servicios a sus filiales. A finales de 2021 se ha formalizado una
Adenda al “Contrato de servicios de apoyo a la gestión” entre RO y las sociedades mercantiles
dependientes directamente, en la que de forma clara se definen los servicios a prestar y el ámbito
de aplicación y se han actualizado los criterios de imputación de gastos a las Sociedades del
Grupo por los servicios prestados. En el caso de RA, dado el escaso nivel de actividad
desarrollado y la naturaleza de su actividad (alquiler de bienes mediante contratos), se considera
que no es imprescindible que desarrolle un sistema de contabilidad analítica específico. El
Informe de la IGAE sobre los criterios de imputación de ingresos y gastos en la contabilidad
analítica de RV de 2020, aprobado en 2021, sigue incluyendo recomendaciones para la mejora
de sistema establecido, dentro de concepto de “mejora continua”. El manual de contabilidad
analítica en los últimos ejercicios se ha ido adaptando a diferentes cambios organizativos y se
ha ido mejorando la calidad de la información origen o producto de los procesos descritos en el
mismo.
• Respecto a la tercera de las recomendaciones, durante 2019 se firmaron seis convenios o
contratos de patrocinio o colaboración y durante 2020 otros tres, con un coste total de 347.240 y
63.845,68 euros, respectivamente. Se ha analizado la tramitación de dos de estos
procedimientos para verificar el proceso de aprobación, formalización y seguimiento y control del
contrato, habiéndose comprobado que los expedientes de patrocinio incluyen: el contrato
formalizado para el otorgamiento de las ayudas; la memoria de las actuaciones a realizar donde
se recogen las mismas, las razones de vinculación de la actuación patrocinada con la actividad
de RO y la forma en que se va a dar visibilidad y propaganda a la marca en las actuaciones
desarrolladas por el patrocinado; y un informe o memoria, realizado posteriormente a la actividad,
cve: BOE-A-2024-16733
Verificable en https://www.boe.es
En consecuencia, se considera que la segunda recomendación está cumplida sustancialmente
a la fecha de redacción de este Informe.
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 104023
cumplida la primera de las recomendaciones formuladas en el Informe n.º 1.057, indicándose para
las otras dos recomendaciones lo siguiente:
• La recomendación segunda, en la que se proponía que RO y las sociedades mercantiles en las
que se segregó su actividad implantaran un sistema de contabilidad analítica normalizado, se
consideró en proceso de ser cumplida, pues únicamente RV contaba en ese momento con un
modelo de contabilidad analítica y un manual de procedimientos, y RFM disponía de programa
informático o módulo analítico que permitía presentar los ingresos, los costes y los márgenes,
por líneas de negocio. Para el resto de entidades, se señalaba que RO tenía implantada una
contabilidad de gestión; RM tenía una contabilidad de gestión y estaba desarrollando la
contabilidad analítica; y RA era la que menos desarrollada tenía la contabilidad de gestión debido
a las características de la propia actividad que realiza y a que los servicios que presta se derivan
de un contrato.
• La recomendación tercera, que señalaba la conveniencia de que se aprobaran unas directrices
marco para las actuaciones de patrocinio y que estas se regularan por instrucciones internas
escritas, también se consideró en proceso de ser cumplida pues, aunque directrices e
instrucciones se habían aprobado con fecha 6 de abril de 2018, se encontraban en fase de
implementación.
De las comprobaciones efectuadas en el curso de la presente fiscalización se han obtenido los
siguientes resultados referidos al cumplimiento de las recomendaciones segunda y tercera:
• Respecto a la recomendación segunda, durante el año 2019 RM puso en funcionamiento su
módulo de contabilidad analítica y cuenta con un manual de gestión para la automatización de la
contabilidad analítica. En el caso de RO, como matriz de Grupo, su actividad es, en la mayoría
de los casos, de prestación de servicios a sus filiales. A finales de 2021 se ha formalizado una
Adenda al “Contrato de servicios de apoyo a la gestión” entre RO y las sociedades mercantiles
dependientes directamente, en la que de forma clara se definen los servicios a prestar y el ámbito
de aplicación y se han actualizado los criterios de imputación de gastos a las Sociedades del
Grupo por los servicios prestados. En el caso de RA, dado el escaso nivel de actividad
desarrollado y la naturaleza de su actividad (alquiler de bienes mediante contratos), se considera
que no es imprescindible que desarrolle un sistema de contabilidad analítica específico. El
Informe de la IGAE sobre los criterios de imputación de ingresos y gastos en la contabilidad
analítica de RV de 2020, aprobado en 2021, sigue incluyendo recomendaciones para la mejora
de sistema establecido, dentro de concepto de “mejora continua”. El manual de contabilidad
analítica en los últimos ejercicios se ha ido adaptando a diferentes cambios organizativos y se
ha ido mejorando la calidad de la información origen o producto de los procesos descritos en el
mismo.
• Respecto a la tercera de las recomendaciones, durante 2019 se firmaron seis convenios o
contratos de patrocinio o colaboración y durante 2020 otros tres, con un coste total de 347.240 y
63.845,68 euros, respectivamente. Se ha analizado la tramitación de dos de estos
procedimientos para verificar el proceso de aprobación, formalización y seguimiento y control del
contrato, habiéndose comprobado que los expedientes de patrocinio incluyen: el contrato
formalizado para el otorgamiento de las ayudas; la memoria de las actuaciones a realizar donde
se recogen las mismas, las razones de vinculación de la actuación patrocinada con la actividad
de RO y la forma en que se va a dar visibilidad y propaganda a la marca en las actuaciones
desarrolladas por el patrocinado; y un informe o memoria, realizado posteriormente a la actividad,
cve: BOE-A-2024-16733
Verificable en https://www.boe.es
En consecuencia, se considera que la segunda recomendación está cumplida sustancialmente
a la fecha de redacción de este Informe.