III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16733)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las medidas tomadas por el Grupo RENFE en relación con las restricciones de movilidad de viajeros implantadas durante el ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 104019
Posteriormente, a partir del 25 de mayo de 2020, se inició la reincorporación al trabajo presencial
en aquellos ámbitos territoriales que se encontraban en la fase I o superiores de la desescalada, lo
que se llevó a cabo paulatinamente, combinando modalidades de trabajo a distancia y presencial.
El “Plan de reincorporación a despachos y oficinas” se presentó en el Consejo de Administración
de RO de esa misma fecha y no atendió exclusivamente a las fases de la desescalada programada
por el Gobierno, sino que consideró también otros aspectos que habían ido surgiendo durante la
evolución de la pandemia, tales como el fomento del teletrabajo, las situaciones de vulnerabilidad y
la conciliación familiar por el cierre de colegios o la flexibilidad de los turnos de entrada y salida para
evitar concentraciones.
La adaptación del Grupo Renfe a las nuevas circunstancias sociolaborales derivadas del COVID19, así como el cumplimiento del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a
distancia, tácitamente sustituido por la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, supuso la
inclusión del teletrabajo entre las nuevas iniciativas de la actualización del PE del Grupo al que ya
se ha hecho referencia en el epígrafe II.1.4. De hecho, la modalidad de teletrabajo se ha implantado
formalmente a partir del 1 de diciembre de 2021 en todo el Grupo, siempre que las características
del puesto y las funciones de cada trabajador lo permitan.
II.3.- GESTIÓN DEL ENDEUDAMIENTO Y LA TESORERÍA
Una de las preocupaciones de los responsables de la gestión del Grupo Renfe desde el inicio de la
pandemia fue la de mantener recursos financieros suficientes para poder seguir desarrollando su
actividad ante un escenario en el que se preveía una reducción significativa de los ingresos sin una
variación sustancial de los gastos ordinarios.
Las Leyes de PGE establecen el límite máximo de crecimiento de la deuda con entidades de crédito
que RO puede tener en cada ejercicio presupuestario. Así, el artículo 47 de la Ley 6/2018, de 3 de
julio, de PGE para el año 2018, prorrogada en los dos ejercicios siguientes y, por tanto, aplicable
en 2020, autorizó a RO a un incremento neto máximo de 250 millones de euros de las deudas a
corto y largo plazo con entidades de crédito, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.
Posteriormente, el Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica
para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transportes y vivienda20, incrementó
el límite de la autorización de endeudamiento de RO para 2020 hasta 1.000 millones.
La deuda con entidades de crédito a 31 de diciembre de 2020 del Grupo Renfe ascendía a 5.021
millones de euros, de los que 11,7 millones eran deudas por intereses. El incremento en la cifra de
endeudamiento entre 2019 y 2020 fue de 831,6 millones con el siguiente detalle:
CUADRO N.º 16: Endeudamiento de RO a 31 de diciembre de 2019 y 2020
(en miles de euros)
2019
2020
3.480.621
3.898.169
417.548
708.692
1.122.714
414.022
Suma
4.189.313
5.020.883
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de la contabilidad.
831.570
Deudas a l/p con entidades de crédito
Deudas a c/p con entidades de crédito
20
Convalidado por Resolución de 22 de julio de 2020, del Congreso de los Diputados.
Diferencia
cve: BOE-A-2024-16733
Verificable en https://www.boe.es
Epígrafe
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 104019
Posteriormente, a partir del 25 de mayo de 2020, se inició la reincorporación al trabajo presencial
en aquellos ámbitos territoriales que se encontraban en la fase I o superiores de la desescalada, lo
que se llevó a cabo paulatinamente, combinando modalidades de trabajo a distancia y presencial.
El “Plan de reincorporación a despachos y oficinas” se presentó en el Consejo de Administración
de RO de esa misma fecha y no atendió exclusivamente a las fases de la desescalada programada
por el Gobierno, sino que consideró también otros aspectos que habían ido surgiendo durante la
evolución de la pandemia, tales como el fomento del teletrabajo, las situaciones de vulnerabilidad y
la conciliación familiar por el cierre de colegios o la flexibilidad de los turnos de entrada y salida para
evitar concentraciones.
La adaptación del Grupo Renfe a las nuevas circunstancias sociolaborales derivadas del COVID19, así como el cumplimiento del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a
distancia, tácitamente sustituido por la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, supuso la
inclusión del teletrabajo entre las nuevas iniciativas de la actualización del PE del Grupo al que ya
se ha hecho referencia en el epígrafe II.1.4. De hecho, la modalidad de teletrabajo se ha implantado
formalmente a partir del 1 de diciembre de 2021 en todo el Grupo, siempre que las características
del puesto y las funciones de cada trabajador lo permitan.
II.3.- GESTIÓN DEL ENDEUDAMIENTO Y LA TESORERÍA
Una de las preocupaciones de los responsables de la gestión del Grupo Renfe desde el inicio de la
pandemia fue la de mantener recursos financieros suficientes para poder seguir desarrollando su
actividad ante un escenario en el que se preveía una reducción significativa de los ingresos sin una
variación sustancial de los gastos ordinarios.
Las Leyes de PGE establecen el límite máximo de crecimiento de la deuda con entidades de crédito
que RO puede tener en cada ejercicio presupuestario. Así, el artículo 47 de la Ley 6/2018, de 3 de
julio, de PGE para el año 2018, prorrogada en los dos ejercicios siguientes y, por tanto, aplicable
en 2020, autorizó a RO a un incremento neto máximo de 250 millones de euros de las deudas a
corto y largo plazo con entidades de crédito, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.
Posteriormente, el Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica
para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transportes y vivienda20, incrementó
el límite de la autorización de endeudamiento de RO para 2020 hasta 1.000 millones.
La deuda con entidades de crédito a 31 de diciembre de 2020 del Grupo Renfe ascendía a 5.021
millones de euros, de los que 11,7 millones eran deudas por intereses. El incremento en la cifra de
endeudamiento entre 2019 y 2020 fue de 831,6 millones con el siguiente detalle:
CUADRO N.º 16: Endeudamiento de RO a 31 de diciembre de 2019 y 2020
(en miles de euros)
2019
2020
3.480.621
3.898.169
417.548
708.692
1.122.714
414.022
Suma
4.189.313
5.020.883
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de la contabilidad.
831.570
Deudas a l/p con entidades de crédito
Deudas a c/p con entidades de crédito
20
Convalidado por Resolución de 22 de julio de 2020, del Congreso de los Diputados.
Diferencia
cve: BOE-A-2024-16733
Verificable en https://www.boe.es
Epígrafe