III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16732)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las medidas adoptadas por AENA ante la disminución de la actividad en la red de aeropuertos de titularidad estatal durante el ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 103879
asociados a esas instalaciones para adecuarlas a la nueva situación. No obstante, dado que los
aeropuertos de la red de AENA tienen la consideración de infraestructuras de interés general, tuvo que
mantener la actividad suficiente para garantizar el servicio a la aviación comercial, en la medida que fuese
necesario, así como otros tipos de aviación, como la carga aérea y otros servicios esenciales, como Policía,
Guardia Civil, salvamento marítimo, trasplante de órganos, etc.
A la vista de la situación de incertidumbre, en el mes de marzo de 2020, AENA adoptó una serie de medidas
destinadas a garantizar su liquidez y a proteger su situación financiera. En particular, elaboró un Plan de
Contención de Gastos cuyo principal objetivo era mantener la actividad imprescindible para proteger la
liquidez de la Sociedad, que se había visto muy afectada por la paralización de la movilidad nacional e
internacional. Este Plan, fue presentado al Consejo de Administración el 24 de marzo de 2020 e incluyó
medidas de ahorro en gastos operativos (OPEX) y en gastos de capital (CAPEX), consistentes,
principalmente en: la adaptación de horarios en los aeropuertos, el funcionamiento bajo demanda de
algunos aeropuertos, el cierre temporal de espacios y terminales, la adecuación de los servicios a las
necesidades, la suspensión temporal de la incorporación de nuevo personal, la renegociación de los
contratos de servicios y la paralización y aplazamiento de actividades no esenciales.
A partir de junio de 2020, como consecuencia de la flexibilización de las restricciones de movilidad, AENA
puso en marcha un Plan de Recuperación Operativa, que incluía la implantación de medidas operacionales
para recuperar la operatividad de los aeropuertos de manera segura, una vez eliminadas las restricciones a
la movilidad; entre otras, el refuerzo de la limpieza y desinfección de las instalaciones, el mantenimiento de
las distancias de seguridad, la adecuación de la señalización, el refuerzo de la comunicación a los
pasajeros, o la adquisición de los medios de protección. Las medidas de ahorro de OPEX estaban
orientadas a lograr una reducción de la salida mensual de caja por gastos operativos; con el mismo fin, se
acordó la suspensión temporal de la ejecución del programa de inversiones y el Consejo de Administración
suspendió el pago del dividendo a los accionistas.
Con la finalidad de asegurar la liquidez, AENA implantó un Plan de Fortalecimiento haciendo uso de líneas
de crédito disponibles y firmando nuevas líneas de financiación; renegoció préstamos con las entidades
financieras y obtuvo dispensas temporales de cumplimiento (waivers) de las ratios fijadas en los contratos
de financiación con el Banco Europeo de Inversiones (BEI), el Instituto de Crédito Oficial (ICO), FMS
Wertmanagement AÖR (FMS) y Unicaja, al menos, hasta junio de 2022.
En el ámbito de los ingresos del negocio regulado, AENA aprobó unos incentivos extraordinarios a las
compañías aéreas, con la finalidad de estimular la reanudación del tráfico en el contexto de la crisis del
COVID-19 y compartir el riesgo con las aerolíneas ante los bajos niveles de ocupación. Se definieron tres
periodos de aplicación de los incentivos: el primero, de julio a octubre de 2020 (originalmente desde julio
2020 a marzo 2021); el segundo, de noviembre de 2020 a marzo de 2021; y el tercero, de abril a octubre
2021. Acorde con el ámbito temporal de la fiscalización, en el apartado destinado al Negocio Regulado se
analizan los dos primeros periodos.
En cuanto a los ingresos de su actividad no regulada, AENA también adoptó medidas destinadas a negociar
y acordar modificaciones en los contratos comerciales, incluidas las rentas fijas y la renta mínima anual
garantizada (RMGA), concedió aplazamientos sin intereses para el pago de las tarifas de estacionamiento
de aeronaves y descuentos de hasta el 75 % en los activos inmobiliarios explotados por compañías aéreas,
agentes de handling, proveedores comerciales, etc.
AENA también adoptó medidas para evitar la propagación del COVID-19 y proteger la salud de los
trabajadores, proveedores y personal externo. Se redujo asistencia presencial del personal a sus puestos de
trabajo al mínimo e imprescindible, con redistribución de los turnos y se facilitó el trabajo no presencial a la
mayoría de la plantilla. Realizó las adaptaciones necesarias para aplicar las recomendaciones de las
autoridades sanitarias (distancia mínima de seguridad, desinfección de instalaciones, reducción de
concentraciones de personas, etc.). Estas recomendaciones se aplicaron en toda la red de aeropuertos, se
implementaron labores de desinfección de las instalaciones y se procuró garantizar la máxima seguridad de
los viajeros y del personal de cada aeropuerto que, por motivos de servicios mínimos y esenciales, siguieron
desempeñando su labor. Se mantuvo una estrecha colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
cve: BOE-A-2024-16732
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
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asociados a esas instalaciones para adecuarlas a la nueva situación. No obstante, dado que los
aeropuertos de la red de AENA tienen la consideración de infraestructuras de interés general, tuvo que
mantener la actividad suficiente para garantizar el servicio a la aviación comercial, en la medida que fuese
necesario, así como otros tipos de aviación, como la carga aérea y otros servicios esenciales, como Policía,
Guardia Civil, salvamento marítimo, trasplante de órganos, etc.
A la vista de la situación de incertidumbre, en el mes de marzo de 2020, AENA adoptó una serie de medidas
destinadas a garantizar su liquidez y a proteger su situación financiera. En particular, elaboró un Plan de
Contención de Gastos cuyo principal objetivo era mantener la actividad imprescindible para proteger la
liquidez de la Sociedad, que se había visto muy afectada por la paralización de la movilidad nacional e
internacional. Este Plan, fue presentado al Consejo de Administración el 24 de marzo de 2020 e incluyó
medidas de ahorro en gastos operativos (OPEX) y en gastos de capital (CAPEX), consistentes,
principalmente en: la adaptación de horarios en los aeropuertos, el funcionamiento bajo demanda de
algunos aeropuertos, el cierre temporal de espacios y terminales, la adecuación de los servicios a las
necesidades, la suspensión temporal de la incorporación de nuevo personal, la renegociación de los
contratos de servicios y la paralización y aplazamiento de actividades no esenciales.
A partir de junio de 2020, como consecuencia de la flexibilización de las restricciones de movilidad, AENA
puso en marcha un Plan de Recuperación Operativa, que incluía la implantación de medidas operacionales
para recuperar la operatividad de los aeropuertos de manera segura, una vez eliminadas las restricciones a
la movilidad; entre otras, el refuerzo de la limpieza y desinfección de las instalaciones, el mantenimiento de
las distancias de seguridad, la adecuación de la señalización, el refuerzo de la comunicación a los
pasajeros, o la adquisición de los medios de protección. Las medidas de ahorro de OPEX estaban
orientadas a lograr una reducción de la salida mensual de caja por gastos operativos; con el mismo fin, se
acordó la suspensión temporal de la ejecución del programa de inversiones y el Consejo de Administración
suspendió el pago del dividendo a los accionistas.
Con la finalidad de asegurar la liquidez, AENA implantó un Plan de Fortalecimiento haciendo uso de líneas
de crédito disponibles y firmando nuevas líneas de financiación; renegoció préstamos con las entidades
financieras y obtuvo dispensas temporales de cumplimiento (waivers) de las ratios fijadas en los contratos
de financiación con el Banco Europeo de Inversiones (BEI), el Instituto de Crédito Oficial (ICO), FMS
Wertmanagement AÖR (FMS) y Unicaja, al menos, hasta junio de 2022.
En el ámbito de los ingresos del negocio regulado, AENA aprobó unos incentivos extraordinarios a las
compañías aéreas, con la finalidad de estimular la reanudación del tráfico en el contexto de la crisis del
COVID-19 y compartir el riesgo con las aerolíneas ante los bajos niveles de ocupación. Se definieron tres
periodos de aplicación de los incentivos: el primero, de julio a octubre de 2020 (originalmente desde julio
2020 a marzo 2021); el segundo, de noviembre de 2020 a marzo de 2021; y el tercero, de abril a octubre
2021. Acorde con el ámbito temporal de la fiscalización, en el apartado destinado al Negocio Regulado se
analizan los dos primeros periodos.
En cuanto a los ingresos de su actividad no regulada, AENA también adoptó medidas destinadas a negociar
y acordar modificaciones en los contratos comerciales, incluidas las rentas fijas y la renta mínima anual
garantizada (RMGA), concedió aplazamientos sin intereses para el pago de las tarifas de estacionamiento
de aeronaves y descuentos de hasta el 75 % en los activos inmobiliarios explotados por compañías aéreas,
agentes de handling, proveedores comerciales, etc.
AENA también adoptó medidas para evitar la propagación del COVID-19 y proteger la salud de los
trabajadores, proveedores y personal externo. Se redujo asistencia presencial del personal a sus puestos de
trabajo al mínimo e imprescindible, con redistribución de los turnos y se facilitó el trabajo no presencial a la
mayoría de la plantilla. Realizó las adaptaciones necesarias para aplicar las recomendaciones de las
autoridades sanitarias (distancia mínima de seguridad, desinfección de instalaciones, reducción de
concentraciones de personas, etc.). Estas recomendaciones se aplicaron en toda la red de aeropuertos, se
implementaron labores de desinfección de las instalaciones y se procuró garantizar la máxima seguridad de
los viajeros y del personal de cada aeropuerto que, por motivos de servicios mínimos y esenciales, siguieron
desempeñando su labor. Se mantuvo una estrecha colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
cve: BOE-A-2024-16732
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