III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16740)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre el impacto económico producido por la crisis derivada del COVID-19 en las entidades y organismos del ámbito de la Administración Socio-Laboral y de la Seguridad Social durante el ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 105096

exenciones en las cotizaciones sociales, el número de trabajadores por cuenta propia o autónomos
afiliados en 2020 al RETA, al RETM y al SETA, referidos al último día de cada mes del período
considerado. Los datos relativos a los trabajadores que perciben prestaciones económicas y los
relativos a los beneficiarios de exenciones y exoneraciones han sido facilitados por la TGSS.
Estos datos se recogen, separadamente para cada tipo de ayuda, en el anexo 3.2.
1.

Prestaciones económicas por cese de actividad

El gráfico siguiente muestra, para cada mes -desde marzo hasta diciembre- la ratio que representa
el grado de cobertura de las ayudas COVID-19 por cese de actividad para los trabajadores
autónomos afiliados al RETA, al RETM y al SETA:
GRÁFICO 2
GRADO DE COBERTURA DE LAS PRESTACIONES EXTRAORDINARIAS POR CESE DE
ACTIVIDAD ASOCIADAS AL COVID-19
50%

40%

45,39%

45,57%

45,36%

38,83%

30%

20%

10%

4,37%

4,51%

7,33%

9,80%

9,12%

3,97%
0%
Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos contenidos en el anexo 3.2.

Esta menor demanda de la POECATA podría deberse a que resulta poco ventajosa para el
trabajador, ya que el derecho a su percibo exige cumplir la mayoría de los requisitos establecidos
en el TRLGSS para la prestación por cese de actividad ordinaria, pero al tener que compatibilizarla
con el trabajo por cuenta propia, existe obligación de cotizar (si bien es cierto que el importe de las

33

En este período también estaba vigente la PETECATA, si bien su ámbito de aplicación fue muy reducido por lo que su
efecto sobre este gráfico resulta irrelevante.

cve: BOE-A-2024-16740
Verificable en https://www.boe.es

Como se observa, la mayor cobertura de este colectivo se produce con la PECATA, durante la
primera etapa de la pandemia, entre marzo y junio de 2020 (mes este último en el que finaliza su
vigencia), siendo el porcentaje medio de cobertura para esta prestación de un 45,23 %. En la
segunda etapa de esta crisis (entre julio y septiembre), el grado de cobertura, instrumentado en esta
fase a través de la POECATA33, desciende de manera considerable debido a la vuelta a la actividad
laboral favorecida por la concesión de las exenciones en la cotización vigentes en ese período y,
por tanto, a la existencia de una menor demanda de esta prestación. A partir de octubre,
coincidiendo con la vigencia del segundo estado de alarma y con la entrada en vigor de las ayudas
contenidas en el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, se incrementa ligeramente el
número de perceptores, pero siempre por debajo del 10 %.