III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16740)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre el impacto económico producido por la crisis derivada del COVID-19 en las entidades y organismos del ámbito de la Administración Socio-Laboral y de la Seguridad Social durante el ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105082
del Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto, de forma que, para salvaguardar estos derechos, la
disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, establece un nuevo
período de vigencia, con efectos retroactivos desde la fecha de declaración de la pandemia por la
OMS, hasta que las autoridades sanitarias supriman todas las medidas de prevención adoptadas
para hacer frente a esta crisis sanitaria. Esta última norma ha sido implícitamente derogada por la
Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, que en su disposición adicional cuarta contempla
la situación regulada por el Real Decreto-ley 28/2020, con la misma redacción.
Con posterioridad, el artículo 6 del Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, amplía la protección
de este colectivo por dicha contingencia, que accede así a las mismas prestaciones que el sistema
de la Seguridad Social otorga a las personas afectadas por una enfermedad profesional, en el
mismo ámbito temporal establecido por el mencionado Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de
septiembre. Ello supone, en el caso de los trabajadores que tienen las contingencias profesionales
protegidas por una MCSS, que estas entidades han de constituir los capitales coste de pensiones
correspondientes en la TGSS15 por las prestaciones económicas de invalidez, muerte y
supervivencia derivadas de contingencias profesionales asociadas al COVID-19. Solo se dispone
de los datos de seis MCSS, respecto a 15 siniestros acaecidos, cuyo detalle se muestra a
continuación16:
CUADRO 1
IMPACTO ECONÓMICO POR LA CONSTITUCIÓN DE CAPITALES COSTE DERIVADOS DE
ENFERMEDAD PROFESIONAL ASOCIADA AL COVID-19
(En euros)
Pendiente de
(
)
MCSS
Coste total
Pagado *
pago(**)
FREMAP
SOLIMAT
ASEPEYO
IBERMUTUA
FRATERNIDAD-MUPRESPA
EGARSAT
TOTAL
153.339,58
5.003.251,68
854.921,02
154.600,00
178.317,11
153.339,58
2.318.829,78
854.921,02
-
2.684.421,90
154.600,00
178.317,11
6.344.429,39
3.327.090,38
3.017.339,01
( )
* Importe ingresado en la TGSS.
**) Importe recogido en la Provisión para contingencias en tramitación.
Fuente: Elaboración propia a partir de la información suministrada por las MCSS que figuran recogidas en el
cuadro.
(
El sistema financiero en materia de pensiones causadas por incapacidad permanente o muerte derivadas de accidente
de trabajo o enfermedad profesional cuya responsabilidad corresponda asumir a las MCSS, se regula en el artículo 110.3
del TRLGSS y consiste en la capitalización del importe de dichas pensiones en la TGSS, hasta el límite de su respectiva
responsabilidad, constituyendo los capitales coste correspondientes. Por capital coste se entenderá el valor actual de
dichas prestaciones, y se determinará en función de las características de cada pensión y aplicando los criterios técnicosactuariales más apropiados, de forma que los importes que se obtengan garanticen la cobertura de las prestaciones con
el grado de aproximación más adecuado aplicando las tablas de mortalidad y la tasa de interés vigentes en cada momento.
16 En el trámite de alegaciones, Mutual Midat Cyclops y Mutualia informan de la existencia de costes no comunicados al
Tribunal de Cuentas durante los trabajos de fiscalización, devengados en 2020, asociados a capitales coste de pensiones
por las prestaciones de invalidez, muerte y supervivencia por contingencias profesionales asociadas al COVID-19, de los
profesionales que prestan sus servicios en centros sanitarios o sociosanitarios. Mutual Midat Cyclops indica que son dos
los expedientes tramitados por este concepto, por un importe conjunto de 433.513,79 euros, (401.319,90 euros pagados
en 2020 y 32.193,89 euros en 2021) y Mutualia informa que se trata de un expediente por 172.560,25 euros. La escasa
relevancia cuantitativa de los nuevos datos aportados por ambas MCSS en el trámite de alegaciones no afecta a las
conclusiones obtenidas por este Tribunal, motivo por el cual se han mantenido los datos incluidos en el presente Informe
en relación con el gasto asociado a estos capitales coste.
cve: BOE-A-2024-16740
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105082
del Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto, de forma que, para salvaguardar estos derechos, la
disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, establece un nuevo
período de vigencia, con efectos retroactivos desde la fecha de declaración de la pandemia por la
OMS, hasta que las autoridades sanitarias supriman todas las medidas de prevención adoptadas
para hacer frente a esta crisis sanitaria. Esta última norma ha sido implícitamente derogada por la
Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, que en su disposición adicional cuarta contempla
la situación regulada por el Real Decreto-ley 28/2020, con la misma redacción.
Con posterioridad, el artículo 6 del Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, amplía la protección
de este colectivo por dicha contingencia, que accede así a las mismas prestaciones que el sistema
de la Seguridad Social otorga a las personas afectadas por una enfermedad profesional, en el
mismo ámbito temporal establecido por el mencionado Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de
septiembre. Ello supone, en el caso de los trabajadores que tienen las contingencias profesionales
protegidas por una MCSS, que estas entidades han de constituir los capitales coste de pensiones
correspondientes en la TGSS15 por las prestaciones económicas de invalidez, muerte y
supervivencia derivadas de contingencias profesionales asociadas al COVID-19. Solo se dispone
de los datos de seis MCSS, respecto a 15 siniestros acaecidos, cuyo detalle se muestra a
continuación16:
CUADRO 1
IMPACTO ECONÓMICO POR LA CONSTITUCIÓN DE CAPITALES COSTE DERIVADOS DE
ENFERMEDAD PROFESIONAL ASOCIADA AL COVID-19
(En euros)
Pendiente de
(
)
MCSS
Coste total
Pagado *
pago(**)
FREMAP
SOLIMAT
ASEPEYO
IBERMUTUA
FRATERNIDAD-MUPRESPA
EGARSAT
TOTAL
153.339,58
5.003.251,68
854.921,02
154.600,00
178.317,11
153.339,58
2.318.829,78
854.921,02
-
2.684.421,90
154.600,00
178.317,11
6.344.429,39
3.327.090,38
3.017.339,01
( )
* Importe ingresado en la TGSS.
**) Importe recogido en la Provisión para contingencias en tramitación.
Fuente: Elaboración propia a partir de la información suministrada por las MCSS que figuran recogidas en el
cuadro.
(
El sistema financiero en materia de pensiones causadas por incapacidad permanente o muerte derivadas de accidente
de trabajo o enfermedad profesional cuya responsabilidad corresponda asumir a las MCSS, se regula en el artículo 110.3
del TRLGSS y consiste en la capitalización del importe de dichas pensiones en la TGSS, hasta el límite de su respectiva
responsabilidad, constituyendo los capitales coste correspondientes. Por capital coste se entenderá el valor actual de
dichas prestaciones, y se determinará en función de las características de cada pensión y aplicando los criterios técnicosactuariales más apropiados, de forma que los importes que se obtengan garanticen la cobertura de las prestaciones con
el grado de aproximación más adecuado aplicando las tablas de mortalidad y la tasa de interés vigentes en cada momento.
16 En el trámite de alegaciones, Mutual Midat Cyclops y Mutualia informan de la existencia de costes no comunicados al
Tribunal de Cuentas durante los trabajos de fiscalización, devengados en 2020, asociados a capitales coste de pensiones
por las prestaciones de invalidez, muerte y supervivencia por contingencias profesionales asociadas al COVID-19, de los
profesionales que prestan sus servicios en centros sanitarios o sociosanitarios. Mutual Midat Cyclops indica que son dos
los expedientes tramitados por este concepto, por un importe conjunto de 433.513,79 euros, (401.319,90 euros pagados
en 2020 y 32.193,89 euros en 2021) y Mutualia informa que se trata de un expediente por 172.560,25 euros. La escasa
relevancia cuantitativa de los nuevos datos aportados por ambas MCSS en el trámite de alegaciones no afecta a las
conclusiones obtenidas por este Tribunal, motivo por el cual se han mantenido los datos incluidos en el presente Informe
en relación con el gasto asociado a estos capitales coste.
cve: BOE-A-2024-16740
Verificable en https://www.boe.es
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