III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16741)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre la gestión y control de la prestación extraordinaria por cese de actividad de los trabajadores autónomos afectados por la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105245
exoneraciones practicadas por la TGSS derivan de la concesión de una prestación favorable por
parte de los mencionados órganos gestores.
Sin embargo, se han apreciado deficiencias y numerosas incoherencias entre dichas fuentes de
información derivadas tanto de insuficiencias de control interno de la TGSS (beneficiarios con
exenciones asociadas a entidades en las que no están asegurados y beneficiarios con exenciones
en dos entidades distintas58, entre otras), como de la falta de calidad de la información de las bases
de datos de las MCSSs, en las que se han observado errores y omisiones de información que han
limitado su tratamiento cohesionado.
Cabe anticipar que muchas de estas incoherencias podrían haberse detectado y solventado por las
MCSSs, al menos parcialmente, mediante la revisión de las situaciones de PECATA que tienen
vinculadas en la TGSS, y que este servicio común les comunica trimestralmente. A la vista de los
resultados obtenidos por este Tribunal a fecha de diciembre de 2022, esta comprobación no estaría
llevándose a cabo, con carácter general, a pesar de las instrucciones dadas por la TGSS a la
DGOSS al respecto, en su mencionado escrito de 8 de marzo de 2021.
A continuación, se exponen los principales resultados obtenidos en estos cruces de información:
1) Exoneraciones practicadas a beneficiarios que no se encontraban de alta en el régimen
correspondiente o no se encontraban al corriente de pago de las cuotas a la Seguridad Social
Se ha verificado la existencia de, al menos, 35.681 beneficiarios a los que la TGSS les practicó
exoneraciones asociadas a una PECATA, aun cuando no reunían alguno de los requisitos legales
para causar el derecho a percibir la prestación (v.gr.: encontrarse de alta o al corriente en el pago
de sus cuotas a la Seguridad Social), cuyo importe conjunto, a fecha de diciembre de 2022,
asciende, al menos a 33.782.750,86 euros, con el siguiente detalle por incidencia:
CUADRO N.º 8
EXONERACIONES PRACTICADAS INDEBIDAMENTE POR FALTA DE REQUISITOS LEGALES
PARA CAUSAR DERECHO A LA PRESTACIÓN
(En euros)
Incidencia
N.º beneficiarios (*)
Importe exonerado
No encontrarse de alta en la fecha de la
declaración del estado de alarma
No encontrarse al corriente en el pago de las
cuotas ni al inicio ni al final de la prestación
No encontrarse al corriente en el pago de las
cuotas al final de la prestación
146
94.106,14
25.186
23.647.542,27
10.349
10.041.102,45
Total
35.681
33.782.750,86
58
Se trata en su mayor parte de beneficiarios que se dieron de baja una vez concedida la prestación por la entidad con la
que tenían cubiertas las contingencias profesionales y que, antes de finalizar el periodo de devengo de esta, se dieron de
alta en una entidad aseguradora distinta.
cve: BOE-A-2024-16741
Verificable en https://www.boe.es
Fuente: Elaboración propia a partir de las bases de datos facilitadas por las MCSSs y la TGSS.
(*) El número de beneficiarios considerado a los efectos de la determinación de los importes indebidamente
exonerados no coincide exactamente con el estimado en relación con los cobros indebidos de prestaciones
(Subepígrafes II.2.3.1 y II.2.3.2), entre otras razones, porque puede haber beneficiarios que hayan
reintegrado la prestación sin haberse anulado la exoneración y al revés.
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105245
exoneraciones practicadas por la TGSS derivan de la concesión de una prestación favorable por
parte de los mencionados órganos gestores.
Sin embargo, se han apreciado deficiencias y numerosas incoherencias entre dichas fuentes de
información derivadas tanto de insuficiencias de control interno de la TGSS (beneficiarios con
exenciones asociadas a entidades en las que no están asegurados y beneficiarios con exenciones
en dos entidades distintas58, entre otras), como de la falta de calidad de la información de las bases
de datos de las MCSSs, en las que se han observado errores y omisiones de información que han
limitado su tratamiento cohesionado.
Cabe anticipar que muchas de estas incoherencias podrían haberse detectado y solventado por las
MCSSs, al menos parcialmente, mediante la revisión de las situaciones de PECATA que tienen
vinculadas en la TGSS, y que este servicio común les comunica trimestralmente. A la vista de los
resultados obtenidos por este Tribunal a fecha de diciembre de 2022, esta comprobación no estaría
llevándose a cabo, con carácter general, a pesar de las instrucciones dadas por la TGSS a la
DGOSS al respecto, en su mencionado escrito de 8 de marzo de 2021.
A continuación, se exponen los principales resultados obtenidos en estos cruces de información:
1) Exoneraciones practicadas a beneficiarios que no se encontraban de alta en el régimen
correspondiente o no se encontraban al corriente de pago de las cuotas a la Seguridad Social
Se ha verificado la existencia de, al menos, 35.681 beneficiarios a los que la TGSS les practicó
exoneraciones asociadas a una PECATA, aun cuando no reunían alguno de los requisitos legales
para causar el derecho a percibir la prestación (v.gr.: encontrarse de alta o al corriente en el pago
de sus cuotas a la Seguridad Social), cuyo importe conjunto, a fecha de diciembre de 2022,
asciende, al menos a 33.782.750,86 euros, con el siguiente detalle por incidencia:
CUADRO N.º 8
EXONERACIONES PRACTICADAS INDEBIDAMENTE POR FALTA DE REQUISITOS LEGALES
PARA CAUSAR DERECHO A LA PRESTACIÓN
(En euros)
Incidencia
N.º beneficiarios (*)
Importe exonerado
No encontrarse de alta en la fecha de la
declaración del estado de alarma
No encontrarse al corriente en el pago de las
cuotas ni al inicio ni al final de la prestación
No encontrarse al corriente en el pago de las
cuotas al final de la prestación
146
94.106,14
25.186
23.647.542,27
10.349
10.041.102,45
Total
35.681
33.782.750,86
58
Se trata en su mayor parte de beneficiarios que se dieron de baja una vez concedida la prestación por la entidad con la
que tenían cubiertas las contingencias profesionales y que, antes de finalizar el periodo de devengo de esta, se dieron de
alta en una entidad aseguradora distinta.
cve: BOE-A-2024-16741
Verificable en https://www.boe.es
Fuente: Elaboración propia a partir de las bases de datos facilitadas por las MCSSs y la TGSS.
(*) El número de beneficiarios considerado a los efectos de la determinación de los importes indebidamente
exonerados no coincide exactamente con el estimado en relación con los cobros indebidos de prestaciones
(Subepígrafes II.2.3.1 y II.2.3.2), entre otras razones, porque puede haber beneficiarios que hayan
reintegrado la prestación sin haberse anulado la exoneración y al revés.