III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16741)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre la gestión y control de la prestación extraordinaria por cese de actividad de los trabajadores autónomos afectados por la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 105243

• Asimismo, se ha verificado la adecuación de los periodos considerados para el cálculo de las
exoneraciones, mediante el análisis conjunto de la información —certificada por la TGSS—
recogida en los ficheros FSL y FGA.
Con carácter previo a la exposición de los resultados obtenidos en dichas comprobaciones es
necesario poner de manifiesto diversas inconsistencias advertidas por este Tribunal en el
procedimiento de determinación de estas exoneraciones que condicionan, en parte, dichos
resultados. Entre estas inconsistencias destacan las siguientes:
• De acuerdo con el criterio emitido por la DGOSS55 en respuesta a una solicitud de aclaración
formulada por la TGSS “sobre la obligación o no de cotizar” por parte de los beneficiarios de la
PECATA que pasan a una situación de IT, estos no pueden percibir de forma simultánea ambas
prestaciones, pero sí pueden compatibilizar la percepción de la prestación por IT con la
exoneración de sus cotizaciones sociales durante dicho periodo.
Sin embargo, este Tribunal ha advertido diferencias entre las MCSSs en relación con la efectiva
exoneración de cuotas en favor de los beneficiarios de la PECATA que pasan a una situación de
IT ya que, con carácter general, las MCSSs no han comunicado ninguna interrupción temporal
de los intervalos de vigencia de los Regímenes extraordinarios de cese de actividad de sus
beneficiarios que pasan a situación de IT. Por el contrario, algunas MCSSs sí han considerado
que la situación de IT interrumpe la vigencia de la situación en alta en los Regímenes
extraordinarios de cese de actividad.
Debido a que el cálculo de las exoneraciones se efectúa por los periodos en que los
beneficiarios se encuentran simultáneamente en alta en los Regímenes extraordinarios de cese
de actividad (Régimen 531/831) y en el RETA o RETM (Régimen 521/825) cuando las MCSSs
no interrumpieron el alta en los Regímenes extraordinarios de cese de actividad se continuaron
practicando las exoneraciones a favor de los beneficiarios durante el tiempo en que
permanecieron en situación de IT.
Por el contrario, la interrupción de la vigencia en alta en los Regímenes extraordinarios de cese
de actividad practicada por algunas MCSSs tuvo como consecuencia inmediata el
reconocimiento indebido de obligaciones de pago de las cotizaciones a los beneficiarios de
PECATA que pasaron a situación de IT, por el tiempo que permanecieron en dicha situación.
El importe de las cotizaciones asumidas indebidamente por los beneficiarios de la PECATA que
pasaron a situación de IT fue, al menos, de 883.931,61 euros, correspondiente a 3.415
beneficiarios.
Este Tribunal considera que esta falta de uniformidad en la comunicación de los intervalos de
vigencia de la PECATA y sus consecuencias podrían haberse evitado mediante el

Mediante oficio de 2 de septiembre de 2021, en el que dicho centro directivo concluye que “Durante las situaciones a
que se refiere la consulta, no existe obligación de cotizar por parte del trabajador autónomo, recayendo esta obligación en
el órgano gestor de la prestación por cese de actividad, que se hará cargo de las cotizaciones a la Seguridad Social, en
los términos previstos en el artículo 329.1.b) del TRLGSS hasta el agotamiento del período de duración de la prestación al
que el trabajador autónomo tuviere derecho”.

cve: BOE-A-2024-16741
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