III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16741)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre la gestión y control de la prestación extraordinaria por cese de actividad de los trabajadores autónomos afectados por la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
133 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 105241

De la información remitida por la Intervención Delegada se desprende que ni las MCSSs ni el SEPE
han podido efectuar comprobaciones individualizadas sobre las exoneraciones practicadas a cada
beneficiario de esta prestación, a pesar de que, del tratamiento de estas exoneraciones, en el
proceso de recaudación, se vayan a generar ingresos a favor de estos órganos.
Por ello, este Tribunal considera que no existe un control adecuado sobre los importes imputados
por las mutuas y el SEPE en concepto de exoneración de cuotas y, en consecuencia, de los
ingresos derivados de las mismas, a pesar de que, en el caso de las mutuas, su principal fuente de
financiación procede de las cuotas a la Seguridad Social de sus asociados.
Considerando que los meses de devengo de la PECATA estuvieron comprendidos entre el mes de
marzo de 2020 (desde el día 14) y el mes de junio de dicho año54, de acuerdo con los trabajos
efectuados por este Tribunal, en el siguiente cuadro se recogen las diferencias obtenidas entre el
importe de las exoneraciones practicadas por la TGSS resultantes del FSL (ver cuadro n.º 6) y las
contabilizadas por los distintos órganos gestores:
CUADRO N.º 7
DIFERENCIA FSL/CONTABILIDAD EN EXONERACIONES PRACTICADAS
(En euros)
Entidad aseguradora
MCSSs
ISM
INSS
Sin entidad
Total

FSL (1)

Contabilidad (2) (*)

Diferencia (1-2)

1.493.100.799,56

1.493.399.496,19

(298.696,63)

2.337.217,82

2.333.296,75

333.571,88

384.885,48

70.735,63

-

1.495.842.324,89

1.496.117.678,42

3.921,07
(51.313,60)
70.735,63

(275.353,52)

Fuente: Base de datos del FSL de la TGSS y estados contables de las mutuas.
(*)
Se han descontado para la comparación las cantidades que en la información contable se incluyeron
como exoneraciones de cuotas por IT superior a 60 días.

Como se muestra en este cuadro, de los trabajos realizados por este Tribunal, tendentes a
cuantificar, de forma aproximada, el importe de las exoneraciones de cuotas contabilizadas
derivadas exclusivamente de la PECATA se desprende que el importe neto finalmente contabilizado
por los distintos órganos gestores de esta prestación (1.496.117.678,42 euros) supera en
275.353,53 euros al importe obtenido del FSL (1.495.842.324,89 euros).
Este Tribunal no ha podido conciliar estas diferencias, ya que la información soporte (archivos
Excel) de las operaciones contables, como ya se ha señalado, se presenta agregada por
direcciones provinciales y conceptos económicos de recaudación —sin posibilidad de obtener
información nominativa por perceptores— mientras que la información facilitada por la TGSS
extraída del FSL se presenta a nivel de perceptor.

54

En este mes ya comienza la vigencia de la prestación extraordinaria por cese de actividad de trabajadores de
temporada regulada en el artículo 10 del RDL 24/2020, de 26 de junio, si bien su cuantía en dicho mes es de escasa
relevancia.

cve: BOE-A-2024-16741
Verificable en https://www.boe.es

No obstante, parte de estas diferencias pueden deberse al desfase temporal existente entre la
información elaborada por la Intervención Delegada a efectos contables (la última de ellas
comunicada a las MCSSs en abril de 2022) y la fecha de extracción de la información recogida en
la base de datos facilitada por la TGSS en el marco de la presente fiscalización (diciembre de
2022). También puede ser debida a los registros correspondientes a los beneficiarios que figuran
sin código de adhesión a una mutua o entidad gestora.