III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16741)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre la gestión y control de la prestación extraordinaria por cese de actividad de los trabajadores autónomos afectados por la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105218
Asimismo, el SEPE abona esta prestación, si bien de forma muy residual, a los trabajadores
afiliados al RETA que no han procedido a formalizar su cobertura de la acción protectora por
contingencias profesionales, incapacidad temporal y cese de actividad con una mutua, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 83.1.b) del TRLGSS, a pesar de que desde el 1 de junio de 201928, la
prestación por cese de actividad debería gestionarse de forma exclusiva por las mutuas, ya que
todos los trabajadores cuya gestión correspondía al SEPE deberían haber optado por una mutua en
los términos indicados en el RDL 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las
pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.
Sin embargo, a la fecha de finalización de los trabajos de campo un reducido número de
trabajadores autónomos no habían procedido aún a ejercer dicha opción, abonando su prestación
el SEPE, impidiendo una adecuada cuantificación de los gastos abonados en concepto de PECATA
a los trabajadores del mar, como se expone posteriormente.
1) Procedimiento
En el siguiente gráfico se recoge el procedimiento de gestión de la PECATA en el ISM:
GRÁFICO N.º 4
PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE LA PRESTACIÓN.
ISM
Solicitud interesado
• Estar afiliados y en alta
• Actividad suspendida o acreditar
reducción de facturación
11
• Hallarse al corriente del pago de las
cuotas a la Seguridad Social
• No percibir prestación incompatible
Resolución definitiva
Comunicación al SEPE
Pago de la prestación a través del circuito
financiero de la TGSS
Comunicación a la TGSS
Exoneración de cotizaciones sociales
Fuente: Elaboración propia.
Como se recoge en el gráfico anterior, desde la implantación de esta prestación, el ISM emitió una
resolución definitiva verificando, con carácter previo a su concesión, el cumplimiento de todos los
requisitos exigidos legalmente.
28
Posteriormente, la Disposición adicional décima del RDL 15/2020, de 21 abril, fija como fecha límite el 1 de noviembre
de 2020.
cve: BOE-A-2024-16741
Verificable en https://www.boe.es
Las solicitudes se efectuaron a través del registro o buzones electrónicos habilitados al efecto. Los
solicitantes debían acompañar toda la documentación acreditativa del cumplimiento de los
requisitos exigidos y, de forma particular, los autónomos que motivasen su solicitud en el supuesto
Núm. 194
Lunes 12 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105218
Asimismo, el SEPE abona esta prestación, si bien de forma muy residual, a los trabajadores
afiliados al RETA que no han procedido a formalizar su cobertura de la acción protectora por
contingencias profesionales, incapacidad temporal y cese de actividad con una mutua, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 83.1.b) del TRLGSS, a pesar de que desde el 1 de junio de 201928, la
prestación por cese de actividad debería gestionarse de forma exclusiva por las mutuas, ya que
todos los trabajadores cuya gestión correspondía al SEPE deberían haber optado por una mutua en
los términos indicados en el RDL 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las
pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.
Sin embargo, a la fecha de finalización de los trabajos de campo un reducido número de
trabajadores autónomos no habían procedido aún a ejercer dicha opción, abonando su prestación
el SEPE, impidiendo una adecuada cuantificación de los gastos abonados en concepto de PECATA
a los trabajadores del mar, como se expone posteriormente.
1) Procedimiento
En el siguiente gráfico se recoge el procedimiento de gestión de la PECATA en el ISM:
GRÁFICO N.º 4
PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE LA PRESTACIÓN.
ISM
Solicitud interesado
• Estar afiliados y en alta
• Actividad suspendida o acreditar
reducción de facturación
11
• Hallarse al corriente del pago de las
cuotas a la Seguridad Social
• No percibir prestación incompatible
Resolución definitiva
Comunicación al SEPE
Pago de la prestación a través del circuito
financiero de la TGSS
Comunicación a la TGSS
Exoneración de cotizaciones sociales
Fuente: Elaboración propia.
Como se recoge en el gráfico anterior, desde la implantación de esta prestación, el ISM emitió una
resolución definitiva verificando, con carácter previo a su concesión, el cumplimiento de todos los
requisitos exigidos legalmente.
28
Posteriormente, la Disposición adicional décima del RDL 15/2020, de 21 abril, fija como fecha límite el 1 de noviembre
de 2020.
cve: BOE-A-2024-16741
Verificable en https://www.boe.es
Las solicitudes se efectuaron a través del registro o buzones electrónicos habilitados al efecto. Los
solicitantes debían acompañar toda la documentación acreditativa del cumplimiento de los
requisitos exigidos y, de forma particular, los autónomos que motivasen su solicitud en el supuesto