III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16730)
Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la aplicación por las autoridades portuarias de las medidas de reactivación económica en el sector del transporte durante el ejercicio 2020 y su incidencia sobre la planificación estratégica del sistema portuario estatal.
62 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 103757

II.4 SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES
Como se ha señalado en el apartado I.2. de este Informe, el Pleno del Tribunal de Cuentas aprobó
el 26 de octubre de 2017, el “Informe de Fiscalización de la gestión de la ocupación y
aprovechamiento del dominio público del Sistema Portuario Estatal, ejercicios 2014 y 2015”, nº
1.233, en el que se incluían dos recomendaciones2, la segunda y tercera, orientadas a la mejora
de la planificación estratégica de las infraestructuras portuarias de las AAPP a realizar a través de
PPE, como responsable de la coordinación del SPE:
-

Recomendación segunda: “A fin de evitar la sobrecapacidad elevada de los puertos del
conjunto del sistema portuario de titularidad estatal, la Administración General del Estado a
través del Ente Público Puertos del Estado, debería establecer unos mecanismos de
planificación y de control de las nuevas infraestructuras propuestas por cada una de las
Autoridades Portuarias en los que se realizasen unos estudios realistas de la demanda real y,
además, se tuvieran en cuenta las necesidades del conjunto del sistema portuario con un
análisis de las perspectivas consideradas no solo individualmente para cada Autoridad
Portuaria sino incluyendo también en el análisis las de los puertos cercanos.”

-

Recomendación tercera: “Dado que el parámetro que mide la superficie concesionable del
dominio público portuario de las Autoridades Portuarias no representa fielmente la realidad
física de la superficie apta para otorgar en concesiones y que el cálculo realizado por cada una
de las Autoridades Portuarias no es homogéneo, sería conveniente que el Ente Público
Puertos del Estado, como responsable de la coordinación del sistema portuario estatal,
elaborase unos parámetros útiles de medición de la capacidad portuaria. Esto contribuiría,
además, a una más eficiente planificación estratégica de las necesidades de las
infraestructuras portuarias.”

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión de 27 de
diciembre de 2017, a la vista del Informe, acordó “asumir el contenido del citado Informe, así como
sus conclusiones y sus recomendaciones” e instar al Gobierno a cumplir la recomendación
tercera, reproduciendo literalmente su contenido y a “cumplir el principio de transparencia por
parte de las Autoridades Portuarias”.
Resultados referidos al seguimiento de la Recomendación segunda del Informe nº 1.233
En relación con la primera de las recomendaciones objeto de seguimiento, el siguiente cuadro
refleja la evolución en los últimos cinco años de la inversión portuaria clasificada según los
objetivos pretendidos con ella: infraestructura y capacidad portuaria; actividades logísticas,
equipamiento e instalaciones; puerto ciudad y medioambiente; instalaciones marítimas;
señalización marítima y seguridad; y otras.

La recomendación primera de este Informe ha sido objeto de seguimiento en el Informe nº 1.410, aprobado por el
Pleno del Tribunal de Cuentas el 22 de diciembre de 2020.

cve: BOE-A-2024-16730
Verificable en https://www.boe.es

2