III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2024-16744)
Resolución de 1 de agosto de 2024, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con la Fundación para la Transformación de La Rioja, para el establecimiento y funcionamiento del Observatorio Global del Español.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 194

Lunes 12 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 105366

financiar los gastos generales de esta sede (suministros, comunicaciones, limpieza,
seguridad, etc.).
− Contribuir a la dotación al Observatorio de medios financieros, con cargo a sus
presupuestos, para la realización de estudios e informes técnicos de diagnóstico de la
situación del español en el mundo.
− Organizar y celebrar sus actividades públicas presenciales de forma prioritaria en
el territorio de La Rioja, para lo que la sede representativa del OGE ha de servir como
enlace y coordinación.
− Dar visibilidad a la sede representativa del OGE en toda la documentación y
elementos de comunicación física y digital.
− Coordinar el Observatorio Global del Español con la red de centros del Instituto
Cervantes en el exterior, para facilitar la difusión de su actividad y el buen éxito de sus
proyectos de investigación.
− Crear y mantener, a su cargo, la página web del Observatorio en la que se dará
visibilidad a todos los estamentos que lo constituyen.
Cuarta.

Financiación.

El Instituto Cervantes financiará los gastos derivados de los compromisos que asume
en el presente convenio en 2024 a través de sus propios medios materiales y humanos
hasta un máximo de quinientos cinco mil cuatrocientos treinta y seis euros (505.436
euros), impuestos y retenciones incluidos, con cargo a los capítulos uno, dos y seis de su
presupuesto de gastos de 2024, en los que cuenta con crédito suficiente.
Para el resto de anualidades en que esté vigente el presente convenio, el Instituto
Cervantes financiará los gastos derivados de sus correspondientes compromisos hasta
un máximo de un millón ciento cuarenta y siete mil cuatrocientos cincuenta euros
(1.147.450 euros), impuestos y retenciones incluidos, a través de sus propios medios
materiales y humanos, y con cargo a los capítulos uno, dos y seis de sus respectivos
presupuestos de gastos, de acuerdo con la supeditación a disponibilidades
presupuestarias prevista en la presente cláusula.
La Fundación para la Transformación de La Rioja, con la aportación de la Comunidad
Autónoma de La Rioja, financiará los gastos derivados de los compromisos que asume
en el presente convenio con un máximo de un millón doscientos mil euros (1.200.000,00
euros), dotados en su presupuesto para los cuatro años de vigencia del convenio, para lo
que cuenta con crédito suficiente.
Para los años posteriores en que pudiera estar vigente el presente convenio, los
gastos que asuman las partes estarán supeditados, en todo caso, a sus disponibilidades
presupuestarias para cada ejercicio.

Las partes se comprometen a no copiar, reproducir ni ceder información o material
facilitado por la otra parte, así como a no permitir a ninguna otra persona física o jurídica,
la copia o reproducción o divulgación, sea total, parcial, o de cualquier forma, de la
información o materiales facilitados en cualquier momento, sin la autorización previa de
la otra parte, manifestada expresamente y por escrito.
Las partes igualmente se comprometen, en lo necesario, a cumplir lo establecido en
el Reglamento UE/679/2016, de 27 de abril, General de Protección de Datos, en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y demás legislación concordante y aplicable en esta materia.
Cada una de las partes será responsable del tratamiento de los datos personales que
efectúe en cumplimiento de las obligaciones dimanantes del presente convenio.

cve: BOE-A-2024-16744
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Confidencialidad y protección de datos.